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El Gobierno aprueba Proyecto de Ley Orgánica de Enjuiciamiento Criminal

El Consejo de Ministros ha aprobado remitir al Congreso de los Diputados, para que inicie su tramitación parlamentaria, el Proyecto de Ley Orgánica para la Ampliación y Fortalecimiento de las Carreras Judicial y Fiscal, que ha generado polémica en diferentes sectores por el paso de la instrucción de las causas penales, de los jueces de instrucción a los fiscales, que dependen del Gobierno.

El texto supone la primera gran revisión estructural de la Ley Orgánica del Poder Judicial en los últimos 40 años.

El ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, que presentó el anteproyecto el pasado 21 de enero, ha destacado que la norma "mejora sustancialmente la carrera judicial" y es una "reforma valiente" que va a atraer talento y a incrementar el número de jueces, fiscales y magistrados.

Además, a su juicio, aporta más garantías, más certezas y más transparencia en los procesos de promoción de los miembros de la carrera judicial.

El titular de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes ha calificado la iniciativa como un "paso decisivo" en el refuerzo de la autonomía y de la eficacia del Ministerio Fiscal y ha destacado que el texto recoge todas las recomendaciones formuladas por el Grupo de Estados contra la Corrupción del Consejo de Europa (GRECO) y otras instituciones.

Una vez que el nuevo Estatuto recabe los informes preceptivos, se unirá al proyecto de Ley Orgánica de Enjuiciamiento Criminal que el Consejo de Ministros aprobará el próximo verano para que se tramite en las Cortes Generales como una sola norma.

Bolaños ha explicado que esa ley orgánica incorporará, como una disposición adicional, la reforma de la Fiscalía "para garantizar que van absolutamente en paralelo", ya que una de las claves de la norma consiste en que serán los fiscales quienes instruyan las causas penales.

El ministro ha recordado que España es el único país del entorno europeo donde la instrucción de las causas penales todavía corresponde a los jueces de instrucción.

Tras el cambio, el Ministerio Fiscal liderará las instrucciones, y un juez de garantías velará por el respeto de los derechos de los investigados.

Bolaños ha añadido que, de hecho, los fiscales europeos ya instruyen en España todos los asuntos que tienen que ver con intereses financieros de la Unión Europea o con delitos relacionados con la UE.

El nuevo papel instructor de los fiscales lleva aparejadas otras medidas: la designación del fiscal competente para la instrucción de cada caso corresponderá al fiscal jefe; la Policía Judicial dependerá del Ministerio Fiscal en sus funciones de investigación del delito, y el Ministerio Fiscal podrá imponer sanciones a quienes no colaboren con las investigaciones judiciales.

Además, como ocurre en la actualidad con jueces y magistrados, se detallarán las causas de abstención y recusación de los fiscales, que no podrán instruir un proceso si tienen amistad íntima o enemistad manifiesta con alguna de las personas investigadas.

Refuerzo de la autonomía

Para profundizar en la autonomía del Ministerio Fiscal, la reforma, en primer lugar, desvincula la duración del mandato del fiscal general del Estado de la del Gobierno.

El fiscal general será nombrado por cinco años y, cuando cambie el Ejecutivo, continuará con su labor hasta que transcurra ese plazo. Además, será un mandato no renovable, salvo si el primer mandato ha durado menos de un año.

El fiscal general podrá causar baja antes de que finalice su mandato si dimite de manera voluntaria o si se da alguna causa de incompatibilidad o de incapacidad.

El ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes ha resaltado que un nuevo Gobierno no podrá cesar al fiscal general por "pérdida de confianza" y que la causa de incumplimiento grave o reiterado para cesarlo deberá contar con el informe previo del Consejo General del Poder Judicial.

Además, con el fin de imposibilitar las injerencias en las decisiones de la Fiscalía, el nuevo Estatuto prohíbe expresamente que el Gobierno central o las comunidades autónomas solicitan al Ministerio Fiscal cualquier actuación relativa a un procedimiento penal concreto.

Igualmente, se suprime la posibilidad de que el fiscal general sea llamado a comparecer ante el Consejo de Ministros.

La reforma establece que las comunicaciones entre el Gobierno y el fiscal general serán por escrito, exclusivamente por vía del ministro de Justicia y públicas y estarán regidas por el interés general.

Una vez convalidada por las Cortes, la Ley Orgánica de Enjuiciamiento Criminal entrará en vigor el 1 de enero de 2028.

Por lo tanto, no afectará a ningún procedimiento iniciado antes de esa fecha.

El ministro ha aclarado que la norma será aplicada por el fiscal general del Estado propuesto por el Gobierno que salga de las urnas en 2027, en ningún caso por el actual, que finaliza su segundo mandato en 2027.

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