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TRIBUNA / Los escritos sobre el Cerro de los Moros

Saturio Hernández de Marco, abogado y secretario de Primera Categoría de Administración Local, clarifica el expediente urbanístico del Cerro de los Moros y la posición que debería adoptar el Ayuntamiento y, hasta la fecha, no adopta. Nadie puede hurtar al Ayuntamiento el pronunciamiento sobre la aprobación inicial, resalta.

TRIBUNA / Los escritos sobre el Cerro de los Moros

Se ha escrito mucho sobre el Cerro de los Moros, a mí me dicen, parece ser, como uno de los tres tenores, yo creo que si lo somos, somos realmente cuatro, porque todos hemos hechos escrito sobre la no edificabilidad, pero es claro que no ha tenido ningún efecto, esperando que no sea porque alguno o alguna se haya pasado a las asociaciones esas de variopinto pelaje.

Asociaciones que si no tienen pelaje, mostrarán su realidad y efectividad con las alegaciones y variaciones que quieran o pretendan introducir en el inicio del expediente de la aprobación inicial de “nuestras ya queridas y sólo 1.300-1.361, más o menos, viviendas que se dicen en 31 bloques”, y si se atreven a incardinar en esa modificación puntual la desaparición de la edificabilidad sin tino y sin efectividad del convenio gaseoso sin burbujas del 2004, o del 2006, o de esas fechas.

Convenio que no da derechos edificatorios de tipo o naturaleza alguna, por no presentar los instrumentos de planeamiento de detalle.

Y eso con la Ley autonómica.

Y eso de las viviendas que prevé el plan, y a la que no tienen derecho los promotores que ahora proponen una modificación adaptativa a sus exclusivos intereses, y muy privados, es un debate sin contenido jurídico.

Y eso de las viviendas que prevé el plan, y a la que no tienen derecho los promotores que ahora proponen una modificación adaptativa a sus exclusivos intereses, y muy privados, es un debate sin contenido jurídico.

Y sin contenido jurídico, pues si lo tuviera, los promotores no habrían promovido una modificación que varia lo escrito en esos oscuros años de ese gobierno que firmó eso, pues ahora 13, 14 o 15 años después que dicen de construir, sin poner una sola obligación en el terreno, cambian los parámetros de edificación y por tanto lo firmado.

Las circunstancias sobrevenidas, y creadas por el tiempo y por la propia sociedad civil, hace que los motivos lleven a la desaparición de algo que ni tiene contenido jurídico, ni económico, ni un euro, ni un metro.

Es por ello que, eso, es así, pues si los promotores consideraran que lo de esos oscuros años existe o subsiste, lo que habrían hecho es ejecutarlo.

Pues no lo ejecutan, porque tienen que gastarse dinero en la urbanización, y en reunir el cien por cien de los propietarios, hacer una Junta, hacer un procedimiento y, luego, repartir la edificabilidad; y claro a lo mejor piensan que todo es de ellos; si es de esa forma, muy craso error, pero … .

Y si consideramos que 31 bloques, por seis plantas son 186 plantas, y pensamos que en cada planta hay cinco viviendas, dan 930 viviendas, y hasta 1300 viviendas faltan 400 viviendas por ejecutar.

Y como dicen que son 1.300 viviendas, no las 1.361, faltan prever 10 bloques más.

Es decir, en vez de 31 bloques, son 43 bloques, que hacen -han de hacer- a seis alturas o plantas, son 258 plantas, que por 5 viviendas por planta, llegan a ejecutar 1.290 viviendas.

Casi cuadrado.

Pero se olvidan, o nos olvidamos los que comentamos estas “historias”, que si la sociedad confía en los denominados poderes públicos van -digo van o quizá vamos- listos y muy equivocados.

Y eso no es ni siquiera la cuadratura del círculo, porque si en la modificación sólo prevén 31 bloques de 6 alturas, 186 plantas, a 5 viviendas por 5 viviendas por planta, llegan a 930 viviendas.

Esperemos que no se nos diga que la elucubración es falsa porque en cada planta de los 31 bloques va a haber 7 viviendas, lo que da 1302 viviendas.

Quien lea esto va a decir, y lleva razón, que son demasiados números; esperemos que no se nos diga por algún o alguna arquitecto/a que hay métodos al respecto para cumplir con sólo 31 bloques la ejecución de las 1.360 viviendas; métodos que no dicen; y no lo dicen porque no existen, afirmación tajante, cierto.

Eso de creer a estas alturas en lo razonable, en la actuación ponderada de los poderes públicos es impreciso, ineficaz y va contra la realidad de los hechos; eso es creer en que las asociaciones esas de todo tipo de vestimenta van a ponerse a trabajar para lleva al final del trayecto a que no se edifique y no se pague un euro, pues los promotores no tienen derecho a nada, algo ya señalado únicamente por mí desde el principio en que me llamó la atención esta materia.

Porque se escribe y escribe en plan de “tragedia”, de “juerga”, de “entretenimiento” o de hacer creer que les preocupa algo y buscan firmitas o informitos de la nada, cuando lo que hay que decir y eso es la realidad del paraje, que si eso es edificable algún día, los promotores que no tienen derecho ni a un gramito de nada, quizá a 4 euros en expropiación, tienen que abonar y pagar la urbanización, previa constitución de Junta de compensación y de todos los demás trámites que he señalado en anterior comentario.

Eso de pagar la urbanización, impensable, no que lo piense yo, que lo pienso, sino ellos mismos por algunas cuestiones que se dice en la capital del reino sobre esa provincia vaciada y cada vez con menos habitantes.

Se dice la sorpresa del Ayuntamiento por la petición de los propietarios y que no han aceptado nada del Ayuntamiento, y habría que conocer si se les ha notificado en forma fehaciente los informes técnicos para adecuar la modificación.

Nadie ha dicho nada y parece y padece el asunto ser huérfano de notificar a los denominados promotores algo que les obstaculice su teoría de que van a construir.

Y nadie en realidad puede pensar que la urbanización y los costes los va a sufragar la Administración; como idea podía señalarse que las subvenciones a asociaciones de pelaje dispar, se dediquen a esa urbanización. Eso no parece intuitivamente posible.

Alguien parece que eso de que los promotores promuevan la publicidad privada, boletín oficial y periódico, les sirve de algo; porque eso no quita el derecho.

Qué derecho, pues que nadie puede hurtar al Ayuntamiento de Soria el pronunciamiento sobre la aprobación inicial, con las incorporaciones de los informes técnicos pertinentes, pues ese acuerdo ha de ser adoptado por mayoría absoluta, y se ha de seguir el procedimiento reglado y preciso de la Ley, pues si no es todo lo que se haga nulo de pleno derecho.

Siempre se nos puede decir, vale, “muy bien”, pero si alguien lo recurre, ya que si no hay recurso es todo firme, las viviendas construidas, la urbanización no cumplida, y ya han sobrepasado los tiempos y los promotores se diluyen como el gaseoso convenio del 2004.

Fdo.: Saturio Hernández de Marco, abogado y secretario de Primera Categoría de Administración Local.

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