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León, provincia más afectada en Castilla y Lelón por EHE en bovinos

Según los últimos datos publicados por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, basados en las últimas notificaciones registradas de enfermedades de los animales de declaración obligatoria en España, León, con 133 casos de EHE, es la provincia de Castilla y León con más bovinos afectados en 2024.

Doce municipios con declaración de la enfermedad, con 1.825 animales sensibles a la misma, mantienen en vilo a los ganaderos de la tercera (1ª. Salamanca y 2ª. Ávila) provincia con más censo de vacuno de toda Castilla y León.

Castilla y León es la segunda Comunidad española en producción de carne y leche de vacuno, lo que supone que esta actividad ganadera es un sector estratégico, y de gran riqueza, desde todos los puntos de vista, ya sea un enfoque económico, social o medioambiental.

La enfermedad hemorrágica epizoótica (EHE) nunca había sido detectada en España, ni en la UE, hasta el pasado 10 de noviembre de 2022, cuando las autoridades italianas comunicaron la detección del virus en explotaciones de ganado bovino en la isla de Cerdeña y unos días más tarde en Sicilia.

El 18 de noviembre de 2022 se detectaron los primeros casos por el serotipo 8 en el sur de España. Hasta ese momento se tenía constancia de su existencia y circulación en América del Norte, Australia, Asia y África.

Actualmente la enfermedad se extiende por la España peninsular, Portugal, Sudeste de Francia, Cerdeña y Sicilia. La transmisión a través de mosquitos y la ausencia de vacuna hasta hace muy poco tiempo ha hecho que la diseminación en nuestro país haya sido muy rápida. Hasta el momento las islas Canarias y Baleares se consideran libres.

Se trata de una enfermedad vírica infecciosa no contagiosa que se transmite por mosquitos del género Culicoides y afecta a rumiantes domésticos y salvajes.

En el ganado vacuno, aunque suele cursar con una clínica moderada y autolimitante, en algunos casos puede originar cuadros más graves, con fiebre, lesiones de la mucosa bucal, cojeras, inflamación del rodete coronario, inflamación de la lengua, diarrea hemorrágica, abortos, etc., pudiendo llegar a provocar secuelas y, en menor medida, la muerte de los animales. El ganado ovino es susceptible a la infección, pero poco a la enfermedad clínica, y el caprino es muy poco susceptible a la infección.

También puede afectar a animales silvestres como los ciervos, gamos y corzos.

El agente causal es un virus perteneciente a la familia Reoviridae, género Orbivirus, y tiene muchas características morfológicas y estructurales en común con el virus de la lengua azul.

Es una enfermedad de declaración obligatoria de acuerdo con lo establecido en el Reglamento de Ejecución (UE) 2020/2002 de la Comisión, de 7 de diciembre de 2020, por el que se establecen normas de desarrollo del Reglamento (UE) 2016/429 del Parlamento Europeo y del Consejo relativas a la notificación a la Unión y al envío de informes a la Unión sobre enfermedades de la lista; así como en el Real Decreto 779/2023, de 20 de junio, por el que se establece la lista de las enfermedades de los animales de declaración obligatoria y se regula su notificación.

Por tanto, es obligatorio comunicar inmediatamente a los Servicios Veterinarios Oficiales cualquier sospecha, recomendándose adoptar medidas de desinsectación en animales e instalaciones como sistema de prevención.

Los ganaderos pueden adoptar algunas prácticas de manejo para minimizar los riesgos de la enfermedad en el ganado vacuno:

  • Supervisión diaria de los animales, especialmente en los sistemas de producción extensivos.
  • Atención temprana de los animales afectados, asegurando su estancia en lugar sombreado y confortable, disponibilidad diaria de agua y alimentación para evitar que pierdan su condición corporal.
  • Tratamiento veterinario lo antes posible desde el inicio de los síntomas, siguiendo las indicaciones y prescripciones individualizadas realizadas por el veterinario clínico para cada ejemplar.
  • Mantener al rebaño en buen estado sanitario general.
  • Realizar actuaciones de lucha vectorial que podrá incluir desde la protección de los animales frente a los vectores, desinsectación de instalaciones y medios de transporte hasta el control de las zonas de cría de los vectores.

Desde primeros de julio se dispone de la primera vacuna autorizada temporalmente por el procedimiento de emergencia frente al serotipo 8 del virus, que es el que nos está afectando en España. Se trata de una vacuna inactivada, que cumple con las condiciones de seguridad y eficacia exigidas.

Con una primera fase de producción de dos millones de dosis, es de aplicación voluntaria por el ganadero, aunque siempre tiene que estar prescrita previamente por el veterinario de la explotación.

Esta vacuna puede suponer una herramienta para evitar las pérdidas directas y facilitará el movimiento de animales susceptibles, ya que se espera que en el último trimestre de este año se modifique la legislación facilitando el movimiento de los animales que hayan sido vacunados. L

a ficha técnica de “HEPIZOVAC, suspensión inyectable” indica que es de administración subcutánea, no precisa tiempo de espera y se deberán aplicar dos dosis con un intervalo de 3 semanas, estableciéndose la inmunidad 21 días después y se recomienda una revacunación anual. 

Desde los Servicios Veterinarios Oficiales se está realizando la vigilancia de esta enfermedad de dos formas:

  • Una vigilancia activa que se basa en la realización de un muestreo en explotaciones centinelas serológicamente negativos al inicio del periodo de actividad vectorial que nos permita demostrar la ausencia de circulación viral durante el periodo de actividad vectorial. Teniendo en cuenta el periodo estacionalmente libre que en nuestra comunidad se inició el 1 de diciembre de 2023 y finalizó en abril de 2024.
  • Una vigilancia pasiva que se inicia con la notificación por parte de los ganaderos y veterinarios de explotación de sospecha de casos clínicos a los Servicios Veterinarios Oficiales. Estos realizarán visita a la explotación y si se observan síntomas compatibles con EHE se procede a la toma de muestra de sangre, a la realización de una encuesta epidemiológica y a su grabación en las aplicaciones informáticas correspondientes. Las muestras se envían al Laboratorio Regional de Sanidad Animal (LRSA), donde se llevará a cabo la detección del virus por la técnica de RT-PCR. Hay que tener en cuenta que un único animal positivo a la técnica de PCR dará la consideración de EXPLOTACIÓN POSITIVA.

Desde los Servicios Veterinarios Oficiales se está actuando con la máxima diligencia posible desde el momento que se recibe una notificación, dándole la prioridad que se merece, y acudiendo a la explotación para realizar las actuaciones antes indicadas.

Se realizan seguimientos semanales de las explotaciones positivas para actualizar los datos de animales enfermos o muertos. Debemos tener en cuenta que la España peninsular es zona restringida de EHE y es una traba comercial para los movimientos intracomunitarios de las especies sensibles a la enfermedad.

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