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TRIBUNA / El bien cultural y su protección

Saturio Hernández de Marco, abogado y secretario de primera categoría de Administración Local, incide en este artículo de opinión sobre la protección del bien cultural y la existencia de parajes y bienes que no necesitan de protección administrativa, por su propia naturaleza.

TRIBUNA / El bien cultural y su protección 

A.- Aspectos de detalle:

Es frecuente en todos los lugares de España la existencia de bienes y parajes de natural belleza que no han necesitado la protección administrativa, pero que la van teniendo según avanza la utilización de los terrenos, si estos son privados, y se quiere edificar o la gestión del patrimonio cultural lleva a una amplitud de más lugares con esa naturaleza.

Conforme a la sentencia del T.Supremo de 29.1.2002, pont. Sanz Bayón, señala en lo que aquí interesa  el art. 21.3 de la Ley de Patrimonio Histórico Español de 25 Jun. 1985 -- L.P.H.E. es una  norma en que se aprecia claramente que la finalidad de la declaración de esos Conjuntos Históricos es el de mantenerlos en su estado actual, de tal modo que se conserve así con la mayor fidelidad posible la estructura urbana y arquitectónica existente en el conjunto, manteniéndose las características de su entorno ambiental, y por ello, precisamente, constituye una excepción a esa regla general de mantenimiento de los edificios en su estado originario, la posibilidad de sustituir tales inmuebles, aún cuando fuese parcial esa sustitución, comprendiendo solo la sustitución de algún elemento del edificio, y desde luego, siempre que tal sustitución contribuya a la conservación general del carácter del conjunto, y con el mantenimiento a rajatabla de las alineaciones preexistentes. El referido precepto, en definitiva, persigue como finalidad primaria la conservación de los inmuebles existentes en el área territorial comprendida en la declaración de Conjunto Histórico, conservando así el sabor urbanístico tradicional de esa zona, y solo autorizando la edificación sustitutoria o parte de ella, cuando precisamente no se pierda ese entramado cultural-urbanístico-ambiental.

En esta línea, el bien cultural en las leyes de patrimonio de las distintas comunidades se tiene que declarar por el órgano competente.

Y el problema se encuentra en el hecho de si en ese tiempo, se puede por el planeamiento configurar una edificabilidad, normalmente viviendas unifamiliares.

El Plan del Municipio puede haber previsto un cierto número de viviendas en la zona, bien directamente, bien por la existencia y acuerdo por convenio, con anterioridad a su presunta declaración o al inicio del expediente.

Con varios ejemplos podemos delimitar la cuestión, pero desde la idea que es una simple manifestación de supuestos igual de deslumbrantes que los que ahora indicamos :

1.- HAYEDO DE 0TZARRETA

El Hayedo de Otzarreta es un lugar mágico y que parece irreal debido a la belleza que atesora. Si se tiene la suerte de visitarlo en otoño o primavera en días de niebla te dejará boquiabierto, quizás no encuentres un hayedo tan coqueto y bonito en todo el mundo.. Al hayedo de Otzarreta se puede llegar en coche hasta el mismo parking pero nosotros te hemos propuesto una ruta de 4 kilómetros que parte del parking del alto de Barazar en Vizcaya. La ruta es muy sencilla de realizar y está especialmente recomendada para realizar en familia con niños. Se deja el coche en el alto de Barazar y nos seguimo a través de la estrecha carretera que nos lleva dentro del parque natural. El camino no tiene pérdida y en apenas 1 hora llegaremos a este coqueto hayedo de apenas 100 ejemplares de hayas trasmochas. Un paseo entre estas hayas centenarias una mañana de niebla es una experiencia mágica en la que los colores y olores del Bosque de Otzarreta te envolverán sin duda.

Aunque esta maravilla no tuviera protección, y sin saber si en la zona hay propiedad privada, nadie en un razonable juicio de la realidad social admitiría, que por no tener protección, se pueda edificar.

2.- La Laguna Negra

Lo cierto es que su imagen, con ese lecho líquido que, sin embargo, sugiere la ilusión de un cuerpo sólido, se presta a la fabulación. Por algo el propio Antonio Machado ambientó en este lugar su romance La Tierra de Alvargonzález. Un escalofriante relato sobre la codicia, la pasión familiar y los ecos fantasmagóricos salpicados de sangre. 

Por todo ello, esta laguna escondida en el norte de la provincia y encajada a casi 2.000 metros de altura en plena sierra de los Picos de Urbión, está considerada uno de los escenarios más misteriosos de la geografía española. Pero también uno de los rincones más sobrecogedores en cualquier época del año. Incluso ahora, en invierno, cuando la dureza de las caminatas compensa con la bella imagen del campo cubierto por un manto de nieve y el paisaje rebosante de hielos y carámbanos.

La Laguna Negra es un recuerdo del periodo glaciar del Cuaternario que forma parte del Parque Natural de la Laguna Negra y los Circos Glaciares del Urbión, emplazado a unos 50 kilómetros de la capital, a caballo de los municipios sorianos de Vinuesa y Covaleda.

Para la subida, aunque es un trayecto diminuto, habrá que ejercitar las piernas. Porque no se puede acceder con el vehículo hasta arriba del todo. Hay que dejarlo estacionado en el aparcamiento del Paso de la Serrá y subir caminando el resto del camino, aproximadamente dos kilómetros. Los meses de verano, bien es verdad, ponen en funcionamiento un autobús para perezosos.

Antes de la subida, conviene visitar la Casa de Parque, situada a tres kilómetros de Vinuesa, en la carretera de acceso a la Laguna Negra. Es allí donde habrá que planificar la ruta con precisión, sopesando las inclemencias del clima. Que para eso este centro cuenta con medios muy avanzados (como un vuelo virtual en tres dimensiones), así como con una exposición dedicada a los valores naturales.

Visitar este lugar es descubrir un entorno mágico dibujado con bosques de hayas, álamos y chopos, y en el que habitan zorros y comadrejas, corzos y jabalíes. En el cielo sobrevuelan rapaces como el águila real, el águila culebrera o el halcón peregrino, al lado de especies tan raras como el piquituerto o el carbonero palustre. 

Una vez en la laguna, arazada por infinitos pinares y cerrada por farallones de granito, conviene bordearla por una pasarela de madera que sigue su perímetro con varios miradores. Es el momento de apreciar todo su misterio y empacharse de su naturaleza.

Para los caminantes el ascenso a la Laguna Negra no es el único camino posible, puesto que existe toda una red de senderos, entre los que destaca el GR-86. La excursión más común es la que lleva desde este punto hasta el Pico de Urbión, en unos 12 kilómetros. Otras ruta es la que conduce hasta Laguna Helada, Laguna Larga y Risco Zurraquín; o la que recorre Llanos de la Sierra, Muela de Urbión y Peñas Claras.

Con estos ejemplos y con la síntesis de su ubicación y acceso, que demuestran por eso su propia naturaleza y buceando en Internet, se pueden encontrar muchos más, ha de preguntarse si estos parajes necesitan una declaración administrativa, o su protección es por su propia naturaleza; no se puede desvirtuar su estructura natural por una existente declaración, siempre de efectos limitados.

Esto se comprueba en lo negativo en la Monjía en Fuentetoba cuyo inicio de expediente, incoación de BIC fue en el 1995, y todavía no ha terminado el expediente; por eso ¿se podría edificar allí, siguiendo claro es el procedimiento de la pertinente ley del suelo?.

O se podría edificar en una zona en que se promueve su declaración de Bien Cultural, en la que el Plan desde hace veinte años ha señalado que se podrían hacer viviendas; pero nadie ha movido un papel, y menos han presentado instrumentos de desarrollo y costes de urbanización, algo esencial en todas las leyes autonómicas.

O puede utilizarse el bien de modo general, aunque no esté expropiado.

Dilema de contestación debatible y contradictoria, pero nuestra opinión es que en ese tipo de bienes no se podría hacer nada.

Fdo.: Saturio Hernández de Marco, abogado y secretario de primera categoría de Administración Local

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