Las administraciones deben pagar permiso parental anterior a julio de 2025
La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF) ha conseguido una nueva sentencia que reconoce el pago del salario durante el permiso parental de hasta ocho semanas, solicitado con anterioridad al 31 de julio de 2025.
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La beneficiada es una funcionaria del Ayuntamiento de Valladolid; y la resolución firme 27/2026 de 22 de enero la ha dictado la Plaza nº 2 de la Sección de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Instancia de Valladolid.
“Es un derecho al que ningún trabajador o trabajadora tiene que renunciar”, ha afirmado en un comunicado la presidenta provincial de CSIF, María José San Román, añadiendo que “nuestro sindicato es un referente en esta exigencia”.
Aunque la norma del permiso parental de hasta ocho semanas para el cuidado de hijos menores de ocho años, conforme al Real Decreto-ley 5/2023, no especificaba expresamente su carácter retribuido, diversas resoluciones judiciales comenzaron a interpretar que, a la luz de la Directiva (UE) 2019/1158 sobre conciliación de la vida familiar y profesional, el nuevo permiso parental debía pagarse. Luego, como consecuencia de las demandas, el 31 de julio de 2025 (Real Decreto-ley 9/2025), el Gobierno aprobó una nueva normativa que declaró expresamente el permiso como no retribuido.
En este contexto, el departamento jurídico de CSIF ha defendido con éxito que la modificación posterior no puede aplicarse con efectos retroactivos.
Esta sentencia de enero de Valladolid confirma esta interpretación, al reconocerse el derecho de la demandante a percibir las retribuciones correspondientes a los días disfrutados por el permiso parental, antes de la entrada en vigor de la reforma que suprimió expresamente la retribución.
Esta resolución se suma a una serie de pronunciamientos en distintos juzgados de España, que han fallado a favor del pago en términos similares.
CSIF ha destacado que esta línea jurisprudencial refuerza la seguridad jurídica y protege los derechos adquiridos de los empleados públicos, especialmente en materia de conciliación, donde la perspectiva de género resulta determinante.
No sólo el Ayuntamiento de Valladolid ha sido condenado a pagar, a instancia de CSIF, por el permiso parental.
La Consejería de Educación de la Junta, en sentencia nº159/2025, de 30 de Junio de 2025 del Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº1 de Valladolid, fue condenada por no retribuir el permiso parental.
Esta sentencia, que dio también la razón a CSIF, fue la primera que se ganó en Castilla y León, siguiendo la estela de la primera sentencia a nivel nacional que ganó CSIF en Barcelona.
A la vista de estas resoluciones, CSIF ha instado a las administraciones públicas a que eviten obligar a los trabajadores a acudir a la vía judicial y procedan de oficio al abono de las cantidades correspondientes a los permisos parentales disfrutados antes del 31 de julio de 2025 y que no fueron retribuidos.
El sindicato ha insistido en que continuar litigando supone un coste innecesario para las arcas públicas, y genera una situación de desigualdad entre empleados que ya han obtenido sentencias favorables y aquellos que aún no han reclamado.