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TRIBUNA / Pero es que se cree alguien lo del urbanismo

Saturio Hernández de Marco incide en este artículo de opinión en las decisiones que se han dado en el Ayuntamiento de Soria en materia de urbanismo en los últimos tiempos, desde el Cerro de los Moros a la quinta planta de Los Pajaritos II, mientras los ciudadanos parece que todo esto les preocupa poco.

TRIBUNA / Pero es que se cree alguien lo del urbanismo

Han pasado todos los acontecimientos, queda San Saturio, pero no se ha hecho nada, no se va a hacer nada, salvo dejar edificar en el Cerro, dejar un mamotreto de 8 plantas y porque no se les ha ocurrido que podían ser 24, pronto llegara, legalizar lo ilegalizable, la quinta planta, no contestar acciones públicas de urbanismo, no enseñar nada, y no contesta nada, no sea que el Pueblo se preocupe, más allá de que “qué bien me han ampliado la acera de mi calle”.

Pues al pueblo no le preocupa, ni el embudo, ni el salvaje adoquinado, ni los diez o quince o diecisiete pisos-viviendas o similares de la quinta planta qué se va a hacer, más bien, poco.

Nadie ha indicado el por qué no ha existido por el Pleno del Ayuntamiento acuerdo de no cumplimiento por los promotores, nadie ha dado plazo de cumplimiento del acuerdo de instrumentos de planeamiento y de desarrollo, nadie ha computado el plazo concedido a los promotores, en definitiva, como nadie ha dado plazo, los promotores pueden estar entretenidos en las cosas, porque saben que no les afecta nada, pero nada, en sus derechos; qué cosas.

Y hasta cuándo durara la situación, como dice F. García, como “no se van a hacer daño Alcalde y propiedad”, indefinido el tiempo.

Y Soria sigue sin estar caducada y eso con la incisiva Tribuna de Leonor del Río, el Mirón 3-9-23, con el título “El pim pam pum sanjuanero y el sueño del Alcalde” , porque los poderes públicos pasarán, igual que los comentaristas, luego, pasará lo que pase para bien y para mal, pero, vamos, no habrá indemnización, ni permuta, ni permutita-,  y sí 8 o 16 plantas en lo que dice L. del Río, o la autorización de construcción en el Cerro, o cosas similares, y eso sin sueño del Alcalde, (y de la oposición captores de dietas sólo por ir no decir nada, no sea que …), porque nadie la va a defender y menos los futuros miembros, que no tienen, ni tendrán mayorías para eso-, sin indemnización, ni permutita porque a nadie se le han impedido ejercer sus derechos, que van a hacer si alguno distinto al actual consigue mayoría, hacer una “permutita”, porque los promotores “algo, desde el 2006 dicen” que tienen.

Ni siquiera se ha leído las alegaciones de quienes se han preocupado de estudiar el asunto, y han puesto de relieve que las dos modificaciones están presentados por peticionarios distintos, con conceptos materiales diferentes que no pueden ser tratados como una inexistente variación, porque eso es algo sustancial, y de reinicio de procedimiento.

Eso siendo importante, no lo es de todo, porque lo transcendente es que en la segunda presentación han suprimido los terrenos de Adif, variando y considerablemente las obligaciones de urbanización.

Y, aun así, la urbanización publicada por los privados asciende a unos 19 millones de euros. Y antes no se sabe cuánto.

Lo que tiene que gastar-invertir el Ayuntamiento es un recóndito dato inescrutable a la luz, por ahora; pero con lo que tiene que hacer, de acuerdo a la Ley autonómica no baja de diez millones: curioso.

Y por eso no procede permuta, “ni permutita”, ni nada, pues a nada tienen derecho los promotores e igual que los ejecutores de una quinta planta sin base, pero que quiere demoler de palabra el Ayuntamiento, pero han terminado de ejecutar -encofrando-, pero el Ayuntamiento no lo va a hacer: qué cosas.

Y eso está determinado por el expediente, en decisión no firme de Alcaldía, que ha evolucionado y del expediente nada se sabe, de él nada se ha informado, o eso parece.

 Y, eso, a pesar o junto a las suaves respuestas del Alcalde, titular de la mejor parsimonia, que repite, y con …, en la entrevista de Soria Noticias de 14.5.2023. 

Y eso que “algunos prohombres o promujeres de relevancia” quieran solo construir en el Cerro, 300 viviendas, algo que se señaló por un arquitecto hace unos años.

Y eso se dice sin conocer o sin decir cuánto tendría que invertir el Ayuntamiento en sistemas generales para viabilizar la ejecución, si fuera viable.

A lo mejor, ni lo saben, curioso.

Y cuánto tendrían que invertir los privados en el nuevo diseño; nuevo diseño de la unidad que no se va a desarrollar en ningún momento, porque se tiene que aprobar en ocasiones con mayoría, que la tiene de modo incontestable. Y luego la permutita, como si fuera los mayoritarios; pero vamos como están de acuerdo, y todos, pues nada, sin problemas.

Y el de los 12-o-14, o incluso de futuro más, titular de la Navaja de Ockham y con parsimonia seguirá con sus ideas y pergeñamiento.

El Ayuntamiento camina directamente hacia la permuta, y así las declaraciones del prócer almirante de mano de hierro, señalando, Soria Noticias 14.5.2022, que, por el convenio del 2006, se mantiene el derecho, y si se vetara habría otra reclamación de mayor cuantía, dicha afirmación sin base, agregada a las dos que ya existen. Todo ello se desconoce y tampoco el momento en que se encuentran.

Esa afirmación de nuestro suave y almirante de mano de hierro, afirmaciones no incompatibles, Alcalde en las contestaciones no es cierta la contestación, ni cierto el hecho de una sentencia favorable a los promotores, y ¿si el Ayuntamiento obtuviera una sentencia favorable?, qué cosas se me ocurren.

Bueno sería que ubicarán en un link la reclamación y la contestación municipal; pero vamos que eso de la Ley 19/13 no es de este mundo y menos de este excelso Ayuntamiento, que hace tantas cosas que tiene que recordarlo L. del Río en la Tribuna citada del Mirón del 3-09-2023; vamos que no hacen nada, todo se pergeña.

Y por cierto cuántas decisiones pueden dar lugar a recurso y se adoptan, por un Ayuntamiento con todo el inicial derecho.

A ver si ponen en un link las demandas, por conocimiento y por la Ley 19/13, por cierto, obligación jurídica sin coerción hacia el Ayuntamiento.

La propia noticia dice, para el Pleno de 3-3, pero podría extenderse a cualquier otra cosa, que el Ayuntamiento ha ampliado, en el Cerro, el plazo, tres o seis meses, para decidir sobre la aprobación provisional. Y según para qué se ha ampliado, no se sabe, no se puede hacer y queda a la decisión de los promotores.

Se dice también que la legislación no es clara, y no indica nada en este supuesto.

Y se señala, y eso es importante, muy importante, que los servicios técnicos y jurídicos no hayan informado sobre que se puede denegar la aprobación.

Pero tampoco, así se dice, que se puede aprobar provisionalmente, algo que no es posible, pues si no se aprueba,  no se deniega, y se hace nada más que lo del plazo, y éste no es para subsanar posibles defectos, corren, siguen corriendo los plazos, siempre que el procedimiento esté completo; y eso se duda. Los datos aparentan con detalle que no está completo,  “pero … “.

Los 138 folios de las alegaciones acreditan el no cumplimiento de los informes necesarios, cuya no presencia hace al procedimiento nulo de pleno derecho, como la ordenanza del IBI y sentencia del Tribunal Superior, a la que ya se ha hecho mención en anterior Tribuna.

El Alcalde, el Ayuntamiento parece señalar que se suspende el plazo, o se amplia el plazo pues, con varias finalidades, una de ellas es la de reducir edificabilidad.

El ¿Cerro de los Engaños” de Fernando García, el Mirón del 20.3.23, señala que pase lo que pase, ni promotor(es), ni Ayuntamiento, se van a hacer daño.

Premonitorias y de futuro aseveraciones.

Y no se ha pensado, o no se ha articulado la vía de que, con lo que hay de legislación, no se puede reducir la edificabilidad y para eso, reducir la edificabilidad, será siempre con el acuerdo expreso de los promotores, del cien por cien del sector: seguramente algo fácil para el Sr. Alcalde, claro titular de la Navaja de Ockham, como pergeñador de las soluciones de su interés público para renovar el día de mañana su ya amplia mayoría, pues otros, como no trabajan no la van a tener ni en ocho elecciones.

Y quien ha dicho eso de las 300 viviendas o similares, como los miembros que se dicen de esas asociaciones que salen o se constituyen cinco con tres personas las mismas, no hay más, no se da cuenta o no sabe, o no se ha fijado que eso requiere una modificación de Plan General con todo su procedimiento y a aprobar por la Junta: llegara eso algún momento dentro de cinco años.

Sin denegar la aprobación provisional, no se puede, y sólo de forma motivada, empezar desde el principio una modificación del Plan General que vete la edificabilidad en la Unidad.

Eso no genera derechos a indemnizar, como en anteriores Tribunas se ha señalado, sobre todo con una sentencia del Supremo del 2006, ponente Margarita Robles.

Soria Noticias, 3.3.2023, indica que el Ayuntamiento “(se) amplía el plazo para decidir …”, y la noticia señala que según el Ayuntamiento en el día de hoy “no concurren los requisitos ni para denegar, ni para aprobar”.

Y eso no es, no parece posible porque si eso fuera o pudiera ser de esa forma, es que el Ayuntamiento, siendo su obligación, no la ha cumplido, y es su obligación de requerir y de subsanar lo que se estimara incorrecto o que pudiera faltar al particular, que si no lo aporta genera el archivo del expediente y su caducidad, evidentemente recurrible.

Pero claro no lo hace, y así evita tener que adoptar acuerdo de tipo o naturaleza alguna

Y así años y años.

Pero igual que esos alegantes que en esos folios de lo presentado no han tenido en cuenta lo que hay o puede haber en el expediente, y entre ellos, los documentos que han de existir, son, entre otros, por ejemplo, el informe de la arquitecta municipal, al que se hace mención por la portavoz de Podemos en un pleno sobre el estado del Municipio. Y del que nadie ha dicho nada y los alegantes, los de los más o menos 138 folios, deberían de haber pedido la publicación del mismo, en un link de la página WEB del Ayuntamiento.

Y menos dicen, todavía menos comentan los que haciendo tribunas nos quieren edulcorar el análisis de denominadas propuestas, como si los demás no supiéramos leer y entender; quizá eso ocurre porque los melifluos de todo tipo, incluso técnicos, no son relevantes, por mucho, que, luego, hagan preguntas como si dijeran algo.

Y según lo que se lea en el acta, ya traducido todo en acuerdo, ya veremos como eso es lo de la ampliación para decidir y eso depende también de los promotores.

No es comprensible la Tribuna del Mirón escrita de 4.3.23, que deja en el interrogante a quién beneficia ese aspecto, el de suspender o lo que sea cuando en una mera referencia a lo que hay, tendría que derivar su conclusión, sin necesidad de más esfuerzo o con un mínimo esfuerzo comparativo.

Se ha publicado recientemente un comentario sobre un procedimiento que se ha derivado, o parece derivarse de que un poder público no le ha contestado a una o varias preguntas, de unas “preguntitas”, en una reunión de plural contenido y no sólo de un aspecto, pues, a lo mejor, se cree que los titulares de los poderes públicos están para contestar: vano e ilusorio e ineficaz pensamiento, y, además, incierto.

Es por ello, que creo, que ha llegado el momento de ponerse serio, si es posible, en la realidad de los hechos.

Qué se prefiere, que en una reunión se conteste, y siempre de modo incompleto, y sin repreguntar, a una “supuesta” enjundiosa -es un decir- pregunta, pero no se resuelva nada, pues el procedimiento exige acuerdos de órgano colegiado, o se forme una conciencia crítica de la sociedad, de la realidad social del tiempo en que se vive, y eso se vaya consiguiendo con escritos cada vez más críticos con el actuar de los poderes públicos y los mismos se vayan publicando en todos los lugares o periódicos que se pueda.

Suficientes periódicos en papel y digitales, y los hay en Soria y en otras provincias, todos ellos de muy alto contenido positivo, para recibir, Tribunas, Comentarios y opiniones, que tienen sus visos de oportunidad y efectividad, lenta o parsimoniosa, y eso es lo que afecta a la sociedad.

Frente a esa situación, el plantear preguntas, que no se contestan, lo único que generan, y para nada, es que quien pregunta se sienta, para nada, molesto, como si eso fuera algo, y le importara a algunas asociaciones y a todos aquellos que son partidarios de construir en el Cerro de los Moros, y no se atreven a decirlo, no sea que entre sus correligionarios les digan que están perdiendo su crítica de las cosas.

El 2017 se publica la monografía “nuevo régimen jurídico de la regeneración urbana”, (E. Thomson Reuters), siendo autor Jorge Hervás Más, pues los análisis, dice el autor, se han de hacer sin “idolatrar”, ni pensar en marcos legales que solventen algo, que nunca lo son, pues tampoco hay planeamientos urbanísticos especialmente rígidos, o que no se tenga que hacer o decir algo por generación obligada a imperativa, y como dice Jane Jacobs “no hay ninguna lógica que pueda ser impuesta en la ciudad, la gente hace, y es a ella, no a los edificios, a los que hay adaptar nuestros planes”.

Los alegantes en sus alegaciones “idolatran” sin concretar el paisaje, la zona, el paraje, pero el defecto es que no concretan porque esa zona, la del Cerro de los Moros, ha de ser protegible, ha de ser BIC, pues los planes se han de adaptar a la gente, la realidad social que es viva en la ciudad y en su formación en el tiempo.

En este sentido, entiendo, es desde donde se debe tratar eso del Cerro, o las peticiones de monumentos o espacios o parajes  BIC o denominaciones normativamente similares, pero siempre desde la no desaparición del contenido económico y rentable de la Ciudad para vivir en ella,  porque se puede criticar y es muy criticable lo hecho en el Cerro de los Moros, en la Fuentona, en las declaraciones BIC y entre otros supuestos muy variopintos, pero eso que puede ir en esa dirección, no debe llevar a unas consideraciones negativas si no te hacen caso.

Es lo mismo que ocurre con programas y subvenciones a porrillo para el emprendimiento, la despoblación, la huida de sitios poco habitados y cada vez más despoblados y descuidados, que por muchos planes que haya el despoblamiento es intenso y sucesivo e imparable.

Es por ello que en vez de tanta “preguntita que de enjundiosa no tiene nada”, se ha de estar en el hecho de exponer opiniones y/o Tribunas.

De relieve hay que citar a Sergio García en Soria Noticias por su carta de 28.2.2022, sobre “Fondos Next Generation: Íbamos a cambiar España y estamos cambiando bombillas”, que con fluidez expresiva y con intensa agudeza crítica y, entiendo que duramente, lo que se está haciendo con los fondos.

Qué: sustituimos el comentario, la opinión, por preguntitas o similares y encima se dice, o se diga que ha dedicado no sé cuánto tiempo, como si estuviera cumpliendo una obligación, que le tienen que reconocer. Y que no le va a reconocer nadie, pues no tiene derecho a ello, ni siquiera un poquito.

Evidentemente parece que no: vale más el comentario. Y el comentario no tenemos ni obligación de hacerlo, ni obligación de que nos lean, ni obligación de que los demás lo atiendan, pues no tenemos derecho más que a realizar el comentario, utilicemos el tiempo que sea; pues lo hacemos porque queremos, no estamos cumpliendo un deber divino, ni nadie nos obliga a ello, pensar otra cosa es caer en la estulticia como necedad de la nada efectiva.

Así el buen comentario en Heraldo de Soria  del día 4.3.2023, de Félix Villalba cuando pone de manifiesto la actuación positiva de la mercantil La Hoguera, que desde 1986 está en San Pedro Manrique y ha conseguido que la población pasara desde 950 habitantes a 449, y en el 2022 tenga San Pedro 643 vecinos

Y es por eso que somos partidarios de opiniones, escritos, Tribunas y de hacer y no de preguntitas que no llegan más que a los que están ahí, pocos, las asociaciones de todo pelaje dirían que multitud, pues estos comentarios son mero postureo, como las preguntas.

El art. 34.2.a) de la Ley autonómica dice: “El planeamiento general tendrá como objetivo fomentar el crecimiento compacto de los núcleos de población existentes; a tal efecto: a) El crecimiento urbano se orientará a completar las tramas urbanas existentes, con prioridad a los procesos de extensión discontinua o exterior a los núcleos.”.

Y tanto decir de “sitio sacro”, “sitio cantado”, no se han preocupado los que no quieren que se edifique, sólo con la boca pequeña, pues las declaraciones dicen que quieren “edificio más bajos” lo de bajitos es libre, pero no se ha estimado una defensa del “paisaje” como medio de urbanismo racional, y así ya desde la Ley 42/2007, podrían haber articulado una motivación para la defensa, pero nada de eso y como diría Mouriño y ¿por qué?, habría que responder curiosidades de la vida.

Y además eso podría haber sido base de petición de BIC, y eso veta, sin indemnización cualquier desarrollo; ya lo hemos señalado en anteriores Tribunas.

Y siguiendo la orientación de la Convención Europea del Paisaje, el planeamiento urbanístico permite el reconocimiento de los recursos paisajísticos en todo el territorio.

Su proximidad al ciudadano, así como la consideración de los recursos paisajísticos desde una perspectiva eminentemente formal favorece la participación ciudadana en la valoración de los paisajes y en el establecimiento de objetivos de calidad paisajística.

Recíprocamente, el paisaje puede propiciar un incremento de la participación social en el proceso de redacción del plan.

El hecho de que los planes urbanísticos se encuentren legalmente obligados a pasar el trámite de Evaluación de Impacto Ambiental, establece un control administrativo superior que permite valorar el tratamiento recibido por los recursos paisajísticos municipales en las determinaciones del plan, evitando de esta forma la aparición de impactos paisajísticos. Y eso cuando se hacen esos procesos de Evaluación con la rigidez que establece la Ley.

Recíprocamente, la inclusión de la dimensión paisajística en el planeamiento urbanístico puede contribuir significativamente a: Propiciar la conservación, el acceso y disfrute de los recursos paisajísticos. Reforzar la imagen simbólica y visual de los municipios. Configurar un modelo territorial sostenible. Incrementar la calidad de vida ciudadana.

Es más aparente, y menos trabajoso, hablar de plazos o de trabajos 100 folios, (lo que nos manda el Señor, qué trabajos,  sin tener en cuenta lo mucho que según ellos trabajan).

Y poco derecho hay sin haber fijado, y seguramente por imposibilidad material y falta de transparencia, -de la que incumbe al Ayuntamiento-, el día del último anuncio de iniciativa privada; y los alegantes poco han dicho; porque, vamos a ver, cuál es la fecha del último anuncio, el del Tablón o … .

Y, en todo caso, si da igual, pues eso de que el Ayuntamiento tiene que adoptar acuerdo el 7 de marzo o antes, debate superado por el acuerdo de 3.3.23, se olvida de todo el procedimiento, porque qué ocurre si el Ayuntamiento adopta acuerdo el 7 de julio del año …, pues mientras los promotores no hayan remitido el expediente, aun, presuntamente, incompleto, el acuerdo sobre aprobación provisional, que no cierra el procedimiento, puede exigir subsanaciones, que son obligadas para los promotores, si son motivadas, y si el acuerdo sobre aprobación provisional denegará la misma, ese acuerdo tiene que ser notificado, con pies de recurso y el particular tendría derecho a recurso contencioso, y eso sin perjuicio con el derecho de mandar todo a la Comunidad Autónoma para aprobar definitivamente.

Lo que en ese caso, fuera a realizar la Comunidad, es variable e imprevisible; normalmente, quizá, lo devolvería al Ayuntamiento para que éste se pronuncie: si no lo hace, volvería a la Comunidad: más incertidumbre.

Es por ello, que dejémonos de monsergas y estulticias, hay que preguntarse si esos adalides de “las asociaciones de medio ambiente” van a seguir impugnando la edificabilidad si se ejecutasen las viviendas y van a intentar que les den la razón, o se van a cansar y … .

Esto es lo mismo que, lo que hoy, ya, ocurre con la famosa quinta planta de los Pajaritos II.

Famosa quinta planta de los Pajaritos II, que está en trámite de alegación el expediente, ya acabado, pero con resolución no firme -inicialmente-.

Pero qué es lo que pasa con los que hayan hecho o formalizado contratos de señal sobre la quinta planta, cuando los promotores supieron desde el primer momento que no podían ni encofrarla, pero lo hicieron.

Y si no, dígasenos, pero eso sí, si se quiere, si el Ayuntamiento en algún momento les dio escrito de poder hacerse la ejecución en cinco plantas, que sería contradictorio con el acuerdo de Junta de Gobierno de 27-5-22; dígasenos si han avalado las cantidades que les hayan podido entregar los que pueden haber pretendido ser compradores, o lo pretendan, y eso es una competencia de vigilancia en materia de consumo del Ayuntamiento, y, después, y en su caso, de la Comunidad Autónoma.

Y esa exigencia subsiste, aunque el día de mañana se regularizase esa zona, porque eso cuánto tiempo tardará, por lo menos no el poco tiempo que dice  o se dice desde el Ayuntamiento, si se dijera algo. Y más tiempo durará la cuestión para deshacer el error administrativo que indica o puede indicar la empresa, caso de que llegue a indicar algo.

Y si pide sobre  el edificio de Pajaritos licencia al Ayuntamiento de primera ocupación en cuatro plantas, construidas cinco, como ocurre, el Ayuntamiento tiene un problema, (bueno es una suposición mía, ya que el Ayuntamiento no tiene problemas, no contesta nada, salvo pleito, y eso a tres años vista), no debería de dar licencia, porque eso es precario y temporal, que a lo mejor algún día se aclara, vamos cuando el edificio de del Río llegue a las 16 alturas y como en Soria todo puede ocurrir, pues a lo mejor, y por eso es que nos vamos a creer un urbanismo en contra la realidad social, con barbaridades contadas y salvajes adoquinados, y aceras ampliadas sin fin.

Fdo.: Saturio Hernández de Marco

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