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TRIBUNA / “El señor que casi mató a mi madre”

Pilar de la Viña, presidenta de Antigona, incide en este artículo de opinión en la violencia vicaria, la que ejercen los padres contra sus propios hijos con el único ánimo de dañar más a su pareja, y las recomendaciones y medidas que tiene la Administracion para combatirla y no siempre utiliza.

TRIBUNA / “El señor que casi mató a mi madre”

En estos términos se refiere A., con 11 años de edad, a su padre biológico. El pánico de esa niña hacia quien más le debiera querer y proteger, a ella misma y a su madre, pareja del hombre, queda patente en esa frase. Y así lo ha entendido la jueza Isabel Jiménez, titular del Juzgado de Primera Instancia, quien ha detectado indicios de violencia vicaria y, consciente del riesgo, asume ejemplarmente la tarea de protección institucional de las hijas e hijos de padres violentos.

La denominada “violencia vicaria”, concepto acuñado por la experta en violencia de género y reconocida psicóloga forense Sonia Vaccaro, es aquella que ejercen los padres maltratadores contra los hijos e hijas de sus parejas con objeto de “hacerles daño donde más les duele” … en palabras de ellos mismos. Un tipo de violencia de género en la que la conciencia y el deseo de hacer daño no se disimula: así en el caso de Irune Costumero, entre otros, y, el más conocido por su repercusión internacional, el de Ángeles Carreño, que mereció la condena de la CEDAW (Comité para la Eliminación de las Discriminaciones contra la Mujer, en sus siglas en inglés).

El caso de su hija Andrea, asesinada por su expareja en una de las visitas con las que madre e hija estaban obligadas a cumplir, fue, en 2014, paradigmático: la madre había presentado casi cincuenta denuncias solicitando que el padre no tuviera visitas no vigiladas con la hija. La administración judicial correspondiente las ignoró todas. El padre la asesinó. Más de quince años de pleitos contra el Estado fue la única herramienta que le quedó a Ángeles Carreño en su lucha contra la injusticia y su dolor infinito. Al final, el Tribunal Supremo reconoció el fallo en la protección de la menor. Triste, imposible, pero único consuelo.

En este año 2024, hasta el presente mes de marzo, se han contabilizado siete niños y niñas asesinados por sus padres. Diferentes edades de las criaturas, pero todos y todas menores de edad; misma casuística, separaciones o divorcios con presencia de la violencia de género; mismo origen, el odio hacia las madres de sus propios hijos y el afán de venganza de los maltratadores, y, tristemente, mismo fallo: la ausencia de la tarea de tutela y protección obligadas por el estado hacia niños y niñas; mismo origen: minusvaloración del riesgo, presencia de sesgos machistas en los administradores y administradoras de Justicia (“los niños necesitan a sus padres”), ignorancia de las recomendaciones de expertas en violencia de género que muestran claros síntomas de estrés postraumático en los niños. Hijos e hijas a quienes no se escucha, cuya palabra no se tiene en cuenta en los juzgados. También, recordemos, a pesar de la obligación de hacerlo.

La jueza Isabel Giménez, por el contrario, sí lo tiene en cuenta. Aplica la recomendación número 35 del CEDAW que establece la obligación de los estados de adoptar todas las medidas necesarias para eliminar la discriminación contra la mujer practicada por cualquier persona, organización o empresa. A partir de la cual, "los Estados partes serán considerados responsables en caso de que no adopten todas las medidas apropiadas para prevenir, investigar, enjuiciar, castigar y ofrecer reparación y poner los medios para garantizar la no repetición de la violencia por razón de género contra la mujer".

Esperamos que así sea en adelante.

Fdo: Pilar de la Viña, presidenta de Antigona

 

 

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