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TRIBUNA / El festín del I.B.I.

El autor del artículo, Alberto Ridruejo Alonso, critica la presión fiscal, cada vez más alta, que el Ayuntamiento de Soria impone a los inmuebles urbanos de ciudadanos y empresas.

TRIBUNA / El festín del I.B.I.

¡Ya lo han hecho otra vez! En el Ayuntamiento de Soria el rodillo socialista ha subido de nuevo el tipo impositivo del I.B.I. y en el año que estrenamos, 2024, nos tocará pagarle aún más por este impuesto local.

En la sesión del Pleno del día 22 de diciembre pasado el arco de triunfo de los ediles de la mayoría sirvió de cauce para que fluyeran por debajo todas las alegaciones presentadas contra el propósito que tenían de aumentar todavía más la tributación patrimonial.

Pero aún hay algo más y posiblemente más reprochable: El Ayuntamiento de Soria continúa sin cumplir debidamente las dos sentencias firmes del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León que declararon NULA la Ordenanza Fiscal n.º 24, la del I.B.I. en lo relativo al tipo de este impuesto que ahora han incrementado todavía más.

Y por si fuera poco, está la, en mi opinión, deficiente tramitación del presunto expediente administrativo de la subida del I.B.I. donde el Ayuntamiento ha tropezado en la misma piedra que en el año 2021: No haber publicado físicamente los Anuncios de las modificaciones de la ordenanzas fiscales en el Tablón Oficial de Edictos de la Casa Consistorial. Y eso que este fallo le costó perder los dos litigios a los que se refieren las sentencias cuyo cumplimiento estaría intentando eludir.

¿Adonde nos llevan estos comentarios? Pues a concluir que si el acuerdo municipal de 23 de diciembre de 2021 de elevar del 0,56% al 0,574% el tipo del I.B.I. en la ordenanza fiscal n.º 24 se declaró NULO por la Justicia en dichas sentencias ya firmes y en 2022 el propio ayuntamiento, por unanimidad, se había jactado públicamente de no subir el I.B.I., el único tipo legal de I.B.I., al declararse firme la primera de dichas sentencias era lógicamente, desde el día 11 de octubre de 2023, el 0,56% y no el 0,0574%.

Subirlo aún más, hasta el 0,594%, como han hecho y hacerlo encima cuando ya conocían la firmeza del fallo judicial resulta algo más que un despropósito.

Con la particularidad de que fijar en el 0,594% el tipo para el año 2024 supone realmente incrementarlo en un 6,2% y no en el 3,5% que se arguyó. No vale por tanto la excusa de la inflación presunta ni la argumentación empleada.

Si le añadimos que la Ley condena con NULIDAD los intentos de eludir el cumplimiento de las sentencias firmes, podemos defender que todas las actuaciones municipales posteriores al 11 de octubre de 2023 que no hayan cumplido estas sentencias, entre las que están los cobros indebidos de I.B.I. posteriores a esa fecha y la subida del tipo por encima incluso del tipo anulado son también NULAS, sin perjuicio además de los defectos incurridos en la tramitación.

De manera que hay argumentos suficientes para defender que el día 19 de octubre de 2023 el tipo del I.B.I. que el Ayuntamiento debió respetar era el 0,56%, en ningún caso el 0,574%. Y que en 2024 el tipo aprobado del 0,594% es totalmente incorrecto.

Como el I.B.I. es para los ayuntamientos, especialmente el de Soria, un filón inagotable de creciente rendimiento, explotarlo al máximo como lo viene haciendo la mayoría que lo gobierna, lo convierte en un auténtico festín.

Sobre todo si lo comparamos con los tipos impositivos de I.B.I. que tienen ya establecidos para 2024 otras ciudades con las que mantenemos relaciones muy estrechas, como pueden ser Madrid, que tiene un tipo impositivo del 0,442% (15,2 puntos de diferencia, un 34,38% más barato) o Zaragoza donde impera el 0,40% (19,4 puntos menos o un 48,5% menos).

La diferencia es considerable, lo que respalda el calificativo de “festín” para el resultado de la decisión adoptada por la mayoría gobernante en Soria.

Festín del I.B.I. en la ciudad de Soria que, al considerar como se ha aprobado y cual estimamos que debiera ser el tipo legalmente vigente para 2024, o sea el 0,56% como mucho, tal vez debiéramos reconsiderar su denominación y etiquetar estos comentarios como EL BOTÍN DEL I.B.I.

¿Y tanta codicia para qué? ¿Para aumentar el gasto municipal en las retribuciones de los miembros de la Corporación, sus dietas y gastos de viajes o los del personal eventual o de confianza? ¿Para financiar performances? ¿Para celebrar sucesivamente cualquier clase de festejos? ¿Para adquisiciones de dudosa o ignorada finalidad? ¿Para seguir adoquinando la ciudad? ¿Para hacerla cada vez más incómoda, más intransitable? ¿Para incrementar la propaganda?

¿Tan angustiosa o imperiosa es la necesidad recaudatoria que inhibe la prudencia y la moderación fomentando la voracidad fiscal sobre los patrimonios de los ciudadanos y de las empresas?

Alguien, con más humildad y menos arrogancia (y prepotencia) que la exhibida hasta ahora en este asunto, debería reflexionar y reconsiderar en serio la política que viene siguiendo desde hace tiempo esta mayoría municipal sobre el patrimonio ajeno. Porque todo tiene límites.

Fdo: Alberto Ridruejo Alonso

           

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