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Covaleda aprueba reglamento de teletrabajo para sus empleados municipales

El Ayuntamiento de Covaleda ha aprobado definitivamente la aprobación del reglamento de teletrabajo para sus empleados municipales.

El Boletín Oficial de la provincia ha publicado este viernes la aprobación definitiva de este reglamento, tras no presentarse reclamaciones durante el plazo de exposición al público.

https://bop.dipsoria.es/index.php/mod.documentos/mem.descargar/fichero.documentos_231_ba928cff%232E%23pdf

Este reglamento tiene por objeto regular el régimen de teletrabajo aplicable a los puestos de trabajo del Ayuntamiento de Covaleda que, por sus características, puedan desempeñarse parcialmente de forma no presencial, garantizando la eficiencia del servicio público y el cumplimiento de las obligaciones laborales

Este reglamento se aplicará exclusivamente a los puestos de trabajo que no implican atención directa al público y cuyas funciones pueden desarrollarse mediante el uso de tecnologías de la información y comunicación desde fuera de las dependencias municipales.

El personal laboral ha quedado excluido de esta modalidad.

Se considera compatible con el teletrabajo el puesto de trabajo de aquellos funcionarios que desempeña tareas de gestión administrativa interna, sin atención presencial a la ciudadanía.

Los puestos de trabajo que impliquen atención directa al público o funciones que requieran presencia física continuada en las instalaciones municipales se consideran no compatibles con el teletrabajo.

 Por lo tanto, se han declarado compatibles con el teletrabajo la secretaría-intervención y el técnico de administración general.

Cada persona podrá teletrabajar dos días a la semana, siempre que se garantice la presencia física suficiente para atender a la ciudadanía y mantener el funcionamiento ordinario del Ayuntamiento.

Se entiende por teletrabajo la modalidad de prestación de servicios mediante el uso de tecnologías de la información y comunicación desde el domicilio u otro lugar autorizado, fuera de las dependencias municipales.

El teletrabajo tendrá carácter indefinido, siempre que se mantengan las condiciones técnicas y funcionales que lo permiten

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