Sábado, 23 Noviembre 2024
Buscar
Cubierto
12.9 °C
El tiempo HOY

Soria

TRIBUNA/ A vueltas con el Cerro de los Moros

Ricardo Mínguez Izaguirre. doctor ingeniero de Caminos y Urbanista, dirige esta carta abierta al alcalde de Soria, en espera de su respuesta, tras asistir al pleno municipal en el que se abordó el expediente del Cerro de los Moros. Reclama un informe jurídico externo independiente sobre la situación actual de los eventuales derechos indemnizatorios y convocar de inmediato el Consejo de Medio Ambiente y Urbanismo.

TRIBUNA/ A vueltas con el Cerro de los Moros. Un avances y varias dudas

Ilmo. Sr: Asistí al último Pleno del Ayuntamiento que preside y, sinceramente, creo que debemos felicitarnos los sorianos por el avance que supone la propuesta que presentó para la ordenación del Sector del Cerro de los Moros, al que algunos comienzan a llamar de los Morros a raíz de ciertas intervenciones. Pero creo que digo bien: avance. Porque es, así lo expuso, una primera propuesta sujeta a negociación con el promotor, y en la que faltarían por encajar varias piezas fundamentales: la edificabilidad (o el número de viviendas) a mantener en la zona, la tipología de edificación acorde con el entorno, la propia urbanización, los equipamientos que allí deberán ubicarse, el posiblemente necesario traslado o permuta de edificabilidad; en fin, la concreción del proyecto que garantice la permanente protección del paisaje con la mínima carga para el patrimonio municipal. Lo ha reiterado Julio Llamazares: “una parte de nuestra identidad”.

 Falta, asimismo, conocer las armas legales de que dispone el Ayuntamiento para mejor negociar (o imponer, llegado el caso) una solución de ese jaez y, por supuesto, la disposición del promotor para aceptarla. En este punto es crucial tener un claro conocimiento de la vigencia o no de los pretendidos derechos de este último, ya que en  caso afirmativo la propiedad del suelo plantearía, lógicamente, exigencias adicionales, a título de compensación, por los cambios de su proyecto. Y es aquí donde la intervención del Secretario del Ayuntamiento, con más opiniones propias de café que argumentos jurídicos a los que debiera haberse limitado, me plantea la primera duda.

 Toda la intervención del Sr. Secretario pareció orientada a justificar la vigencia de los derechos urbanísticos del promotor, a desaconsejar como inviables actuaciones municipales que no los reconocieran, y a advertir de las desastrosas consecuencias económicas que para el Ayuntamiento tendría el adoptar una postura diferente. Estoy seguro de que los asesores jurídicos del promotor no lo habrían hecho mejor. Y a esta música, lamento decirlo, Sr. Alcalde, se han acompasado sus declaraciones y las de su concejal de Urbanismo.

 En el Pleno, frente a la petición de un informe externo que pudiera ahondar en la búsqueda de   apoyos jurídicos sobre la vigencia o no de aquellos supuestos derechos, sorprendentemente, en vez de aplaudir la aportación de posibles argumentos que fortalecieran la posición del Ayuntamiento -objetivo indudable de sus afanes-, el Secretario arremetió de forma inexplicable contra cualquier posibilidad, no ya de cuestionar sus opiniones, sino de aportar otras profesionalmente cualificadas que reforzaran su encendida defensa de los intereses municipales. ¡Cómo se iban a poner en duda sus opiniones! Y como apoyo dialéctico para tan inaudita postura utilizó como escudo al resto de los funcionarios municipales, como si todos fueran los autores de su personal informe. ¡Nunca se había puesto en duda la profesionalidad de los funcionarios técnicos y jurídicos! En fin, que la petición -incluso la oferta- de un informe externo que complementara los argumentos contenidos en el suyo constituía un insulto al conjunto de los funcionarios  municipales. Particularmente estoy seguro de que todos los técnicos municipales estarían encantados con recibir aportaciones fundadas de otros profesionales para desarrollar la mejor solución con que lograr los objetivos del Ayuntamiento. ¿Tan inseguro de sus argumentos está el Sr. Secretario municipal?

 Pero volviendo a mis dudas, Sr. Alcalde: ¿Cómo es que el Sr. Secretario, y usted con él, ven muy adecuado contratar un informe externo para una reclamación de 2,8 millones de euros y lo consideran inadmisible para la tan insistentemente aireada reclamación/indemnización de 44 millones? ¿No tiene curiosidad por conocer la base jurídica de opiniones ya expresadas en los medios-y en el Pleno- que difieran de las del Sr. Secretario? Sorprende que rechacen efusivamente incluso un informe jurídico externo ofrecido, sin coste alguno para el Ayuntamiento, por un partido político poco sospechoso de ser contrario a los intereses del Ayuntamiento o de tener oscuros intereses próximos a los del promotor. A mí, particularmente, me sorprende la inmediata descalificación visceral de un informe del que desconoce su contenido y su autoría ¿Qué teme el Sr. Secretario? Recordando a Machado, ¿no estará actualizando sus tremendas palabras sobre la “Castilla miserable” que  “desprecia cuanto ignora”? ¿Es esta su idea de la participación ciudadana, Sr. Alcalde?

 Por lo demás, si me lo permite, y a la vista de la  intervención en el Pleno del Sr. Secretario, quisiera trasladarle algunas dudas sobre la idoneidad (tan próxima a la infalibilidad) de considerar su informe como único y suficiente. En el año 2004, cuando el ilustre funcionario municipal firmó junto a la entonces Alcaldesa el Convenio origen del actual embrollo, las funciones del Secretario municipal las regulaba el RD 1174/87 de 18 de septiembre. Como bien se hizo constar en el Convenio, el Sr. Secretario acompañó a la alcaldesa en la firma del mismo en cumplimiento de sus obligaciones legales; por la misma razón, se supone que aportaría a la Sra. Alcaldesa su preceptivo asesoramiento legal (Artº.3º del RD) y que cumpliría, lo que no ha trascendido, con su obligación legal (Artº.4º del RD) de “emitir informe o formular, en su caso, los reparos procedentes” por tratarse de un documento que daría lugar al “reconocimiento de derechos y obligaciones de contenido económico o que pudieran tener repercusión financiera o patrimonial” para el Ayuntamiento. ¿Existe ese informe? Porque sus repercusiones, ahora tan evidentes, eran entonces harto previsibles.

 Quizás si el mismo entusiasmo que ahora pone el Sr. Secretario en advertir, sin datos objetivos,  de las “devastadoras” consecuencias que tendría para el Ayuntamiento dudar de los derechos del promotor, lo hubiera puesto  entonces en advertir de las nefastas consecuencias previsibles del proyectado Convenio, quizás, quizás, no estaríamos inmersos en esta vergonzante situación para el patrimonio cultural de los sorianos. Y si, como parece, no existe tal informe, ¿es el Secretario, con la pasividad que entonces mostró, el más indicado para informar ahora- de manera incontestable- sobre las consecuencias de aquel Convenio? ¿Es su informe la herramienta más adecuada para establecer, sin un imparcial contraste de criterios, las bases de la política municipal en tema tan trascendente para Soria? ¿Cuál es la razón para que usted, máxima autoridad institucional, asuma como infalibles las opiniones de este funcionario? Es difícil de entender, Sr. Alcalde; es arduo entender su actitud y la de su concejal de Urbanismo.

 Usted reclamó luz y taquígrafos; permítame que sea yo ahora quien los reivindique. Como primera providencia, pienso que debería hacerse público el informe al que,  de forma incompleta, se refirió en su intervención el Sr. Secretario, y que, por ende, no es el preceptivo del que luego le hablo, sino que fue redactado, según trascendió en el Pleno, para contestar a una proposición del  Grupo Municipal de Podemos. Por la misma razón debiera hacerse público asímismo, si existiera, el referido informe del Sr. Secretario sobre el Convenio de 2004.

 Con la actual legislación (RD 128/2018 de 16 de marzo) que deroga y sustituye a la mencionada de 1987, es preceptivo el informe del Secretario sobre la actual propuesta MP-27 (presentada en diciembre de 2019) de modificación del PGOU (Artº.3º). ¿Ha emitido ya ese informe específico el Sr. Secretario? Y, a la vista de lo anterior, ¿no sería conveniente para la adopción de decisiones por la Corporación contar con otra opinión profesional independiente? Fíjese bien, Sr. Alcalde, no estoy poniendo en duda la honestidad del funcionario, sino llamando su atención sobre la absoluta confianza que para un tema tan complicado como él mismo declara, está otorgando a sus personales opiniones. Porque le recuerdo que, en contra de lo que usted dijo en el Pleno, los informes del Secretario no son vinculantes para el gobierno que  preside.

 Por último, Sr. Alcalde, se aprobó en el Pleno la convocatoria del Consejo Sectorial de Medio Ambiente y Urbanismo como muchos habíamos solicitado. Pero, ay, no se fijó plazo ni fecha para su celebración, y usted insistió en que se haría para informar del posible acuerdo que se alcance con el promotor (el Sr. Concejal de Urbanismo declaró igualmente a la prensa que se convocaría para presentar su propuesta). Algunos pensamos que “consejo” viene de “aconsejar”, que la función de ese Consejo es la que se define en sus propios fundamentos: recoger las propuestas de los diferentes colectivos ciudadanos, debatir los proyectos urbanísticos y adecuar a ello la política municipal. Es decir, para plantear y debatir las cuestiones que puedan ayudar a mejor formar la postura del Ayuntamiento. Y esta es mi otra duda: El Consejo ¿se convocará para dar participación constructiva a esos colectivos ciudadanos con el fin de mejor proteger los intereses del Ayuntamiento, o solamente tendrá una finalidad informativa, sin posibilidad de desarrollar esa participación ciudadana? Porque si falta esa confianza en la participación a la que tanto recurren en sus discursos, tampoco podrá reclamar a la ciudadanía aquello mismo que se le niega.

 Por tanto, Sr. Alcalde, mucho le agradecería aclarase las anteriores dudas y me permita terminar con dos ruegos: en primer lugar, que ordene la petición oficial de un informe jurídico externo independiente sobre la situación actual de los eventuales derechos indemnizatorios de los propietarios del suelo si el Ayuntamiento decidiera, por propia iniciativa, modificar la ordenación urbanística -el planeamiento- del Sector Cerro de los Moros del Plan General de Ordenación Urbana. Le aportaría, sin duda, al contrastarlo con el que emita el Secretario del Ayuntamiento, mayor conocimiento de la fuerza legal con que cuenta en la resolución del expediente de la MP-27 y en sus negociaciones con el promotor, así como seguridad y firmeza en la precaución que debe guiar sus decisiones…y sus públicas intervenciones.

 Y en segundo lugar, que se convoque de inmediato el Consejo de Medio Ambiente y Urbanismo, fijándose una fecha para el mismo, con la finalidad de recoger y debatir las aportaciones técnicas y jurídicas de los colectivos ciudadanos participantes antes de decidir la definitiva propuesta  municipal para resolver el problema que tenemos usted y todos los sorianos preocupados por el futuro de la ciudad.

Todo ello con mis sinceros deseos de optimizar la propuesta de ordenación que presentó en el Pleno del pasado día 18 y hacerla viable con el mínimo coste para el Ayuntamiento.

Fdo: Ricardo Mínguez Izaguirre. doctor ingeniero de Caminos. Urbanista.

Comparte esta noticia

Últimas fotogalerías

Sección: fotos

Subsección:

Id propio: 47659

Id del padre: 1

Vista: article

Ancho página: 0

Es página fotos: 0

Clase de página: noticia