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Moción del PP para mejorar la participación de los vecinos en el Ayuntamiento

El grupo popular en el Ayuntamiento de Soria presentará mañana jueves una moción, en el pleno ordinario, para mejorar la participación de los vecinos en la vida local. Le adelantamos el contenido de la moción.

MOCIÓN:

El art. 69 de la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local prevé expresamente que las Corporaciones locales facilitarán la participación de los vecinos en la vida local. Con esta previsión, el legislador se limita a dar carta de naturaleza, en el ámbito del poder municipal, al principio que subyace en la declaración de España como un Estado Democrático de Derecho, contenida en el art. 1 de nuestra Constitución, entendido el mismo como la regulación y aplicación de medios que garanticen y fomenten la efectiva aportación de los administrados en la fase de toma de decisiones por parte de los poderes públicos. No se trata tanto de acercar el poder a los ciudadanos, como de transformar a estos en factores activos de su ejercicio, con el objetivo de que se convierta en práctica normalizada la incorporación de sistemas de participación que resulten efectivos y reales.

La participación de los ciudadanos en el gobierno local de Soria se encuentra actualmente articulado por medio del Reglamento Orgánico y de Participación Ciudadana, aprobado por el Pleno del Consistorio en diciembre de 1995, así como en los sucesivos Reglamentos Orgánicos reguladores de diversos Consejos Sectoriales; asimismo, existen diversas menciones a la participación en algunas de las Ordenanzas municipales que se han aprobado en las últimas dos décadas. Sin embargo, se han puesto de manifiesto algunas insuficiencias regulatorias que derivan, entre otras de las siguientes circunstancias:

1ª) El reglamento vigente tiene más de veinte años, durante los cuales se han producido cambios muy significativos en el contexto social y político.

2ª) Se han producido importantes reformas legislativas, tal como la derivada de la Ley 57/2003, de 16 de diciembre de Medidas para la Modernización del Gobierno Local, que han incidido en la necesidad de incorporar medios más efectivos para fomentar la participación ciudadana.

Estimamos, por tales razones, que se hace precisa una actitud nueva en torno a la “participación” en el ámbito del Ayuntamiento de Soria, que cumpla, al menos con los siguientes requerimientos:

-Que se asuma el compromiso de celebrar las sesiones de los Consejos Sectoriales actualmente existentes en el seno del Ayuntamiento de Soria con la periodicidad que venga marcada en sus respectivos reglamentos orgánicos y que se adopten las medidas precisas para dotar a tales órganos de la relevancia que precisan para el ejercicio de sus funciones.

-Que se elabore una nueva Ordenanza de Participación Ciudadana, debidamente adoptada a la normativa y la terminología vigentes, en la que se propone introducir las siguientes novedades:

  • Que se reconozca y regule expresamente el derecho de petición, consagrado en el art. 29 de la Constitución.
  • Que se reconozca y regule el derecho a la Iniciativa Popular, mediante la presentación, en los términos que se reglamenten, de propuestas de acuerdos o de actuaciones o de proyectos de reglamentos en materia de competencia municipal.
  • Que se cree un Registro de Entidades Ciudadanas que facilite al Ayuntamiento el conocimiento de aquellos entes asociativos o fundaciones que estén concernidos y comprometidos con la defensa y promoción de intereses generales o sectoriales vinculados con el municipio, a la vez que se tenga una referencia de las entidades a las que dirigirse para instar a su participación en la formación de decisiones, en función del interés afectado en cada caso. Estas Entidades, conforme a lo previsto en el art 72 de la Ley de Bases del Régimen Local podrán ser declaradas de utilidad público, bajo el procedimiento y con los efectos que se establezcan en la propia Ordenanza.
  • Que se articule la participación ciudadana en la elaboración del proyecto de Presupuestos, mediante la creación de un órgano mixto, con participación ciudadana y con facultades de propuesta, de deliberación sobre las propuestas presentadas por la ciudadanía o por las Entidades Ciudadanas y de valoración de la ejecución presupuestaria, sin perjuicio de las competencias propias de los órganos municipales, según la legislación local.  
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