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Discriminación reiterada a trabajadora municipal

Rebeca González, trabajadora del Ayuntamiento de Soria, ha denunciado discriminación laboral por negarle la excedencia siendo interina. Tiene ya tres sentencias a su favor, pero la corporación sigue recurriendo.

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El arduo periplo de la trabajadora de instalaciones deportivas se remonta a enero de 2017, cuando fue requerida por el propio Ayuntamiento para ocupar un puesto vacante de educadora familiar en la misma institución, ya que formaba parte de una bolsa de empleo a la que accedió en condiciones de igualdad, mérito y capacidad, con el resto de personal.

Cuando la trabajadora solicitó una excedencia por interés particular para poder ocupar el puesto ofrecido, este derecho le fue denegado.

Algo que no resultaría del todo sorprendente para la trabajadora afectada si no fuera porque pocos meses antes, le habían sido concedido a otras dos trabajadoras con igual tipo de contrato.

Las razones aducidas por el Ayuntamiento es que el contrato de interinidad no da derecho al disfrute de una excedencia voluntaria.

"En 2016, si, en 2017, no. Primera situación de trato desigual entre trabajadoras de la misma institución", ha censurado González.

El propio Ayuntamiento instó a la trabajadora a solucionar la controversia en los juzgados, ya que el criterio que las técnicas municipales y del propio departamento de Personal era contrario a reconocer el derecho de excedencia a trabajadores con contrato de interinidad. 

Varios meses después -ya entrado el año 2018- tras los cuales el necesario puesto de educadora familiar quedó sin cubrir, el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León fallaba favorablemente a la trabajadora y sentenciaba que, basándose en la Directiva Europea 99/70, a fin de garantizar una igualdad de trato de los trabajadores, consagrando el principio de no discriminación, por cuanto no podrá tratarse a los trabajadores  con un contrato de duración determinada  de una manera menos favorable que a los trabajadores fijos por el mero hecho de la duración de su contrato. 

O en otras palabras: que esta situación de temporalidad o duración del contrato no es causa objetiva o razonable para denegar el derecho a la excedencia que se solicita…

Tras esta sentencia, el Ayuntamiento, "aquel que cada primero de mayo recorre las calles de Soria abanderando la lucha por los derechos laborales de su ciudadanía", y sus técnicas municipales, tras obtener fumata blanca, decidieron que este derecho ha de recurrirse al Tribunal Supremo, máximo órgano jurisdiccional en España.

En julio de 2020, el Alto Tribunal volvió a pronunciarse a favor de la trabajadora, imponiendo las costas del juicio -1.500 euros- al erario público.

Los servicios de defensa jurídica del caso desde sus inicios fueron encargados a un despacho de abogados local (también a cargo del contribuyente soriano).

"Al menos se había conseguido reconocer un derecho laboral para todos los empleados públicos de España, eso sí, no son los cauces esperables para un Ayuntamiento “socialista”", ha apuntado la trabajadora.

Lucha 

Una vez sentenciado que el derecho de excedencia es un derecho legítimo en trabajadores y trabajadoras con contratos de interinidad o de duración determinada, era esperable que finalizara aquí la lucha de la trabajadora, pero nada más lejos de la realidad.

En el Ayuntamiento de Soria, comenzaron a sucederse una cascada de solicitudes de excedencias voluntarias para trabajadoras con contratos temporales de larga duración –todas concedidas, como es de ley-, pero ninguna de ellas fue concedida a la trabajadora.

Ni las técnicas municipales ni la propia concejalía de Personal han considerado que la trabajadora tenga derecho a que se le vuelva a ofrecer el puesto de trabajo que no pudo ocupar en el 2017.

Ambas (técnica y concejala), curiosamente ligadas a su profesión por sendos contratos de interinidad, vuelven a instar a la trabajadora a que solucione en el juzgado la controversia de si deben ofrecerle el puesto nuevamente o no.

Mientras tanto, pasan los años, la bolsa sigue su curso y la trabajadora ha desaparecido como por arte de magia de la misma.

Vuelta a empezar…

El 2 de diciembre, el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Soria, volvió a fallar favorablemente a la trabajadora.

En esta ocasión, y ya son tres las sentencias favorables,  el fallo obliga al Ayuntamiento de Soria a ofrecer el puesto que no pudo ocupar y además a indemnizar a la misma por los daños ocasionados durante estos años.

"Ahora sí, por fin parece que todos los flecos sueltos, se unen… Pues no, nuevamente el Ayuntamiento entiende que la trabajadora no es merecedora de tales derechos, y nuevamente vuelve a recurrir. Esta vez, la contratación de la defensa jurídica ni siquiera recae en profesionales de la provincia, esta vez, el despacho agraciado se encuentra en Zaragoza", ha lamentado.

Las conclusiones que de estos años pueden extraerse son variopintas, según la trabajadora afectada.

Ninguna de las situaciones que la trabajadora ha llevado a los tribunales eran nuevas en el Ayuntamiento, es decir, ninguna de las cuestiones se solicitaba por primera vez.

Ni la excedencia, ni la petición de responsabilidad patrimonial por parte de la administración, ni la rectificación de una contratación por entenderse que ésta correspondía a otra persona que había sido erróneamente relegada a un puesto inferior de la bolsa.

¿Podrá este equipo de gobierno y sus técnicas municipales ofrecer una explicación razonable a la situación?, se pregunta en voz alta.

¿De verdad es loable que desde la política y desde la Función Pública se obstaculice y discrimine tan agresivamente a una trabajadora?, vuelve a preguntarse.

Paren el tren y bájense porque la ciudadanía no les puso ahí con esos fines, ha aconsejado.

 

 

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