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El Gobierno paga prestación por cese a 2.076 autónomos

Un total de 2.076 trabajadores sorianos por cuenta propia de los 7.800 dados de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) antes de comenzar la crisis provocada por la Covid-19 perciben hoy la prestación extraordinaria por el cese de la actividad.

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En España, la cifra de trabajadores autónomos beneficiados se eleva a 1.138.014, lo que supone otra inyección de 641,2 millones de euros. En Castilla y León son 58.030 los beneficiarios.

Esta prestación, que conlleva la exoneración de cuotas a la Seguridad Social de forma temporal, fue aprobada en el Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, tras la declaración del estado de alarma.

El pasado 17 de abril, ya se realizó el ingreso de la primera mensualidad a 919.173 autónomos de todo el país, lo que supuso una inyección de 670,9 millones de euros, correspondiente al periodo entre el 14 de marzo y esa fecha.

Ahora, esos autónomos han percibido media mensualidad. Además, se han incorporado 235.574 nuevas prestaciones.

Tiene acceso a esta prestación cualquier trabajador por cuenta propia inscrito en el régimen correspondiente que se vea afectado por el cierre de negocios debido a la declaración del estado de alarma o cuya facturación caiga en el mes un 75% respecto a la media mensual del semestre anterior.

En el caso de algunos colectivos como el régimen agrario, del mar – con unas actividades muy estacionales- o de la cultura y el espectáculo, el periodo de cálculo se adapta a las peculiaridades de esos sectores.

Los autónomos beneficiarios de la prestación que puedan abrir su negocio al inicio de la desescalada seguirán percibiéndola hasta el último día del mes en el que finalice el estado de alarma. La ayuda busca proteger la falta de ingresos de los autónomos en esta situación excepcional y contribuir a la supervivencia de su negocio.

En Soria, 2.182 trabajadores por cuenta propia han solicitado esta prestación extraordinaria a las mutuas colaboradoras de la Seguridad Social.

Se han resuelto favorablemente 2.076.

La prestación tiene una cuantía del 70 por ciento de la base reguladora, es decir, un mínimo de 661 euros en el caso de los que cotizan por la base mínima.

Para solicitarla no se exige el periodo mínimo de cotización exigido para otras prestaciones. Sólo es necesario estar en alta como autónomo en el régimen correspondiente y hallarse al corriente de pago de las cotizaciones sociales.

Además, es compatible con cualquier otra prestación de la Seguridad Social que el solicitante viniera percibiendo, como por ejemplo, orfandad o viudedad, y fuera compatible con el desempeño de la actividad que desarrollaba.

Con el objetivo de facilitar la tramitación de esta prestación a los autónomos que aún no estuvieran adscritos a ninguna mutua, la semana pasada el Consejo de Ministros aprobó un real decreto ley por el que se permite que lo puedan hacer para solicitarla.

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