Ratificada inhabilitación de alcalde de Medinaceli
El Tribunal de Justicia de Castilla y León ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por el alcalde de Medinaceli, Felipe Utrilla, y ha ratificado la inhabilitación de nueve años decretada por la Audiencia provincial por un delito de prevaricación, por contratar de forma recurrente con empresas cuyo titular era el propio alcalde y su teniente de alcalde.
"No se trata de una contratación puntual lo se pudo de manifiesto en el pleno de octubre de 2012, en la que se acordó de manera redundante, porque ya lo establecía la ley, que no sé podía contratar con empresas de las que fueran titulares los concejales, sino que se hizo caso omiso a tal obligación legal, ratificada a nivel municipal con un acto de la administración, y durante todo el tiempo que va desde aquel momento hasta la interposición de la querella en 2016, tanto el alcalde como el teniente alcalde estuvieron contratando con empresas de su titularidad con el Ayuntamiento", señala la sentencia del TSJ-CyL, facilitada este miércoles por su gabiente de comunicación.
El Grupo Socialista de Medinaceli y el PSOE de Soria, que interpusieron la denuncia en los tribunales, han exigido este miércoles Utrilla, que dimitió de su acta de diputado provincial y se dio de baja en el Partido Popular cuando se conoció la sentencia de la Audiencia provincial, el cumplimiento de la sentencia que le inhabilita para el cargo de alcalde por un delito de prevaricación.
Una vez que hoy se ha conocido públicamente que su recurso de apelación ha sido desestimado y que el fallo del 21 de marzo de 2022 ha sido ratificado, los socialistas han reiterado su petición por respeto a todos los vecinos de Medinaceli.
Los concejales del PSOE han considerado que la Audiencia Provincial ya dio la razón a los socialistas que fueron los que alertaron y denunciaron las prácticas de esta supuesta prevaricación, ahora recogida en la sentencia, que realizaba el alcalde Felipe Utrilla y por ello, reclaman ahora que cumpla la sentencia sin más dilación.
El nuevo fallo, además, condena al recurrente, el actual alcalde, a asumir las costas procesales dada la desestimación total de su recurso.
La Audiencia Provincial de Soria dictó sentencia condenando a Felipe Utrilla Dupre y a Javier Fernandez Segura como autores de un delito continuado de prevaricación del artículo 404 del Código Penal, a la pena de inhabilitación especial para cargo público de carácter electivo y para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo y para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo por tiempo de nueve años para cada uno de ellos.
Según la Sala, en este caso han concurrido todos y cada uno de los requisitos exigidos para la apreciación del delito de prevaricación y por ello, concluía que “estimamos que las acciones realizadas por los acusados suponen una vulneración flagrante y grosera de la legalidad vigente en materia de contratación de las administraciones públicas.”