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Castilla y León

Podemos registra en las Cortes una PNL sobre su "alternativa habitacional"

El Grupo Parlamentario Podemos Castilla y León de las Cortes de Castilla y Leó ha registrado una Proposición No de Ley para su debate y votación en el Pleno sobre una alternativa habitacional. Lea a continuación su propuesta.

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

“Las Cortes de Castilla y León a instar a la Junta de Castilla y León a:

Establecer protocolos de coordinación entre el Consejo General del Poder Judicial y los Ayuntamientos de Castilla y León con el fin de definir acciones de operación conjunta entre jueces y unidades de servicios sociales competentes para que, en casos de desalojos, las Administraciones Públicas competentes otorguen a las familias y personas en situación de vulnerabilidad una alternativa habitacional adecuada, o que se les ofrezca un alquiler social.

2º Estos protocolos deberán incluir medidas que garanticen que los desalojos que afecten a personas sin recursos para procurarse una vivienda alternativa sólo se ejecuten después de que haya habido una consulta genuina y efectiva con estas personas y de que la Administración autonómica y/o los Ayuntamientos hayan realizado todos los pasos indispensables, hasta el máximo de sus recursos disponibles, para que las personas desalojadas tengan una vivienda alternativa, en especial en aquellos casos que involucran a familias, personas mayores, niños/as y/u otras personas en situación de vulnerabilidad.

Garantizar el derecho a la vivienda adecuada de personas con bajos ingresos, de conformidad con la Observación general n.º 4 del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de las Naciones Unidas, a través de un plan que establezca los recursos, las medidas, los plazos y los criterios de evaluación, que permitirán en forma razonable y verificable garantizar el derecho a la vivienda de esas personas, hasta el máximo de los recursos disponibles.

4º El plan impulsará programas permanentes de ayudas al alquiler, con el objetivo de evitar el lanzamiento, para las personas que se encuentren en situación de exclusión residencial.

5º Asimismo, el plan deberá establecer medidas para incrementar el parque público de viviendas en alquiler con el objetivo de alcanzar los niveles medios de viviendas públicas disponibles en el resto de países de la Unión Europea, que registran porcentajes de vivienda social de entre el 17 y el 32%.

6º Aprobar ayudas directas destinadas al pago de la renta del alquiler que faciliten el acceso a la vivienda o la permanencia en la misma a familias con ingresos no superiores a 3 veces el IPREM que cubran, como mínimo, el 40 % del alquiler.

7º Llevar a cabo las medidas oportunas para posibilitar que los municipios que acrediten fuertes incrementos de precios de alquiler puedan regular estos alquileres abusivos.

8º Exhortar al Gobierno de España a:

  1. Cumplir con sus obligaciones internacionales para garantizar el derecho a una vivienda adecuada, llevando a cabo el desarrollo legislativo y los aumentos de las partidas presupuestarias necesarios para hacer efectivas las recomendaciones vinculantes de la Comunicación Nº 5/2015, que incluye el dictamen aprobado por el Comité DESC en su 61° período de sesiones (29 de mayo a 23 de junio de 2017).
  2. Adoptar las medidas legislativas y/o administrativas pertinentes para garantizar que en los procesos judiciales de desalojos de inquilino los demandados puedan oponerse o presentar un recurso con el fin de que el juez evalúe las situaciones de vulnerabilidad y acceso a la vivienda de las familias demandadas; y, con especial celeridad, aprobar un proyecto de ley para modificar la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil y la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos a fin de garantizar los derechos a la tutela judicial efectiva y la prohibición de desalojo sin alternativa habitacional.
  3. Cumplir con las disposiciones contenidas en la Observación General nº7 del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de las Naciones Unidas y la Convención sobre los Derechos del Niño, con el fin de prohibir y paralizar inmediatamente todos los desahucios a personas y familias en su primera y única vivienda y sin alternativa habitacional.
  4. Adoptar los mecanismos administrativos para luchar en contra del acaparamiento de viviendas en manos de grandes sociedades o entidades tenedoras de vivienda. Así mismo se insta a adoptar medidas legislativas para obligar a los grandes tenedores de vivienda a ceder sus viviendas vacías a las administraciones públicas competentes, para hacer frente a la situación de emergencia social de las personas o familias en riesgo de exclusión.
  5. Promover acuerdos con la Sociedad de Gestión de Activos procedentes de la Reestructuración Bancaria S.A. (SAREB) y las entidades bancarias para la cesión de sus viviendas vacías a las Administraciones autonómicas y locales al objeto de destinarlas al alquiler social.
  6. Establecer mecanismos de control que obliguen a los grandes tenedores de vivienda de España a garantizar el alquiler social en favor de familias en situación de vulnerabilidad que no comprometan los ingresos ponderados de la unidad familiar.
  7. Establecer una línea de crédito destinada a financiar la construcción o rehabilitación de viviendas con destino exclusivo al alquiler en el marco de las funciones atribuidas al Instituto de Crédito Oficial (ICO).”
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