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Castilla y León

El Gobierno destina 78 millones para el Plan de Vivienda en la región

Castilla y León contará con una ayuda estatal máxima de 77.922.000 euros para subvenciones en el marco del Plan Estatal de Vivienda 2018-2021, aprobado por el Consejo de Ministros el pasado 9 de marzo.

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Este importe representa un incremento de más de 34 millones de euros con respecto a la cuantía máxima establecida en el anterior Plan de Vivienda 2013-2016, que ascendió a 43.478.640 euros en el caso de Castilla y León.
El reparto de los fondos estatales ha sido acordado en el marco de la Conferencia Sectorial de Vivienda, Urbanismo y Suelo que se ha celebrado hoy bajo la presidencia del ministro de Fomento, Íñigo de la Serna, y a la que han acudido los consejeros competentes en la materia de las comunidades autónomas y de las ciudades de Ceuta y Melilla.
Para poder lograr esta cuantía máxima, Castilla y León, como el resto de las comunidades y ciudades autónomas, tendrá que aportar un 30 por ciento adicional a la financiación que le corresponde en este plan.
El nuevo plan cuenta con una dotación estatal de 1.443 millones de euros. Este importe arroja un incremento del 62,46% con respecto a la
dotación presupuestaria de los ejercicios correspondientes al plan 2013- 2016 (888 millones de euros).
La gestión de las ayudas del plan corresponderá, como en los anteriores, a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla.

La colaboración entre ellas y el Ministerio de Fomento se instrumentará mediante los convenios correspondientes, en los que se establecerá la previsión de financiación a aportar en cada anualidad por la Administración General del Estado, así como los compromisos de cofinanciación de las actuaciones que, en su caso, asuma la comunidad autónoma o ciudades de Ceuta y de Melilla.

Este nuevo Plan Estatal de Vivienda tiene dos grandes objetivos: contribuir al incremento del parque de viviendas en alquiler y fomentar la rehabilitación y regeneración urbana y rural.
En este sentido, contempla ayudas para el alquiler de viviendas a personas cuyos ingresos, sumados los de todos los miembros de la unidad de convivencia, no superen 3 veces el IPREM. Estas ayudas serán de hasta el 50% de la renta y para alquileres de hasta 600 euros/mes o, en algunos supuestos, hasta 900 euros/mes.
El límite de la ayuda es, con carácter general, del 40% de la renta. Este porcentaje se eleva hasta el 50% para los menores de 35 años y los
mayores de 65.

Jóvenes

Para los jóvenes, se otorgan además ayudas para la adquisición de vivienda en municipios de menos 5.000 habitantes, lo que ayudará a reducir la despoblación en el ámbito rural.
También se conceden ayudas de hasta el 100% de la renta a las personas en situación de desahucio de su vivienda habitual para el alquiler de viviendas disponibles de las entidades financieras u otros propietarios.
Además, recoge ayudas para la promoción de viviendas, ya sean públicas o privadas, destinadas al alquiler durante un plazo no inferior a 25 años. Estas viviendas no pueden alquilarse por encima de un nivel de renta y se destinarán a familias con ingresos limitados.
Asimismo, se conceden ayudas a la rehabilitación edificatoria: mejora de la eficiencia energética, conservación y mejora de la accesibilidad de viviendas y edificios; ayudas a la regeneración y renovación urbana y rural con un énfasis en los supuestos de infravivienda y chabolismo o ayudas a la rehabilitación y a la regeneración y renovación urbana y
rural.
Por otro lado, se conceden ayudas a la promoción de viviendas para personas mayores y personas con discapacidad con objeto de destinarlas al alquiler durante un plazo mínimo de 40 años. Se trata de viviendas con instalaciones y servicios comunes adaptados y con alquiler limitado. Están destinadas a arrendatarios con pocos ingresos.
El Plan Estatal de Vivienda 2018-2021 refuerza la cooperación y coordinación interadministrativa y fomenta la corresponsabilidad en la financiación y en la gestión en esta materia, cuya competencia exclusiva es de las administraciones autonómicas y locales.

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