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Dos conductores investigados por negarse a realizar prueba de drogas en Villaciervos y Fuentestrún

La Guardia Civil ha abierto una investigación a dos conductores por negarse a realizar la prueba de drogas, lo cual constituye un delito contra la seguridad vial. Los hechos han tenido lugar en las localidades de Villaciervos y Fuentestrún.

El primero ocurrió a las 10:30 horas del pasado 1 de agosto en el punto kilométrico 170,500 de la N-122, término municipal de Villaciervos, cuando varios agentes del Destacamento de Tráfico junto con personal del Equipo de Investigación de Seguridad Vial pertenecientes al Subsector de tráfico de la Guardia Civil de Soria, estaban realizando un control preventivo de alcohol y drogas y proceden a someter a las pruebas al conductor de un turismo, quién se niega a realizar la prueba de drogas, según ha informado hoy la Subdelegación del Gobierno.

El segundo tuvo lugar a las 21:40 horas del pasado 1 de agosto en el camino de acceso a la localidad de Fuentestrún desde la carretera SO-630, cuando una patrulla de Seguridad Ciudadana perteneciente a la Comandancia de la Guardia Civil de Soria, procedieron a dar el alto a un turismo y al identificar a su conductor y comprobarlo en la base de datos de la Dirección General de Tráfico, le consta una pérdida de vigencia del permiso de conducción por sentencia judicial.

Posteriormente, se le invitó a realizar las pruebas de alcohol y drogas, negándose a realizar ambas.

En ambos casos, el Equipo de Investigación de Seguridad Vial perteneciente al Subsector de Tráfico de la Guardia Civil de Soria, ha procedido a instruir las pertinentes diligencias por un delito al art. 383 del Código Penal por negarse a someterse a las pruebas de alcohol y drogas legalmente establecidas, y, además, en el segundo hecho, se le investiga por un delito al art. 384 del Código Penal por conducir un vehículo a motor habiendo sido privado del permiso de conducción por sentencia judicial.

Ambas diligencias han sido remitidas al Juzgado de 1ª instancia e instrucción nº 3 de Soria.

Todo conductor está obligado a someterse a las pruebas de alcohol y drogas cuando un agente de tráfico lo requiera. Esta obligación se extiende a conductores de vehículos a motor, ciclomotores, bicicletas y patinetes eléctricos, así como a cualquier usuario de la vía implicado en un accidente o que muestre síntomas de estar bajo la influencia del alcohol o las drogas.

La obligación de someterse a estas pruebas se encuentra regulada por la ley de Tráfico y Seguridad Vial y el Reglamento General de Circulación.

El artículo 383 del Código Penal español castiga la negativa a someterse a las pruebas de alcoholemia o detección de drogas, cuando un agente de la autoridad lo requiere. Este delito protege la seguridad vial y el principio de autoridad. La pena incluye prisión de seis meses a un año y privación del derecho a conducir por un periodo de uno a cuatro años.

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