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Condenado a siete años por una agresión sexual en Navaleno

La Audiencia provincial de Soria ha condenado hoy a siete años de prisión a un hombre de 35 años, que responde a las iniciales C.I.M., por un delito de agresión sexual a una mujer de 24 años.

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Además, la Audiencia provincial de Soria, según la sentencia facilitada hoy por el Gabinete de Comunicación del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) con sede en Burgos, condena también al acusado a inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo por igual periodo y siete años de libertad vigilada.
Asímismo prohíbe al hombre acercarse a la víctima a menos de 500 metros, tanto de su persona como de su domicilio, lugar de trabajo o cualquier lugar de uso frecuentado por la misma, así como comunicarse con ella por cualquier medio o procedimiento, por tiempo de doce años, pena que será cumplida de forma simultánea con la de prisión impuesta.
Igualmente, el procesado abonará las costas del procedimiento, incluidas las de la acusación particular, y tendrá que indemnizar a la víctima con 30.120 euros.
A la hora de determinar la pena, la Audiencia provincial de Soria ha considerado que es un único delito, éste consistió en tres acciones distintas contra la libertad sexual: el acceso vaginal, anal y bucal.
"Lo que a nuestro juicio supone un mayor desvalor de la acción; y por otra parte, valoramos que el procesado había ingerido con anterioridad a los hechos cierta cantidad de alcohol y había consumido droga, por lo que en atención a dichas circunstancias, no consideramos procedente imponer la pena en su límite inferior (6 años), sino que prudentemente estimamos que debe ser algo más elevada, por lo que la pena a imponer debe ser la de 7 años de prisión", argumenta la sentencia.
La sentencia ha declarado probado que el 30 de octubre de 2015 el agresor y la víctima, junto con varios amigos, se quedaron en Navaleno bebiendo una cantidad indeterminada de alcohol, entre cervezas y calimochos, y en un momento determinado, el procesado le ofreció a la víctima una raya de una sustancia que pudo ser speed o cocaína y que ambos esnifaron en el baño de un bar.
El procesado y la víctima se dirigieron a las cuatro de la madrugada a su casa y el primero le enseñó las distintas estancias y le invitó a ver su habitación, momento en que el condenado comenzó a besar en el cuello a la víctima, a lo que ella se negó a mantener ningún tipo de relación, pero él le empujó sobre la cama y la impidió irse, desnudándola y forzándola sexualmente.
La víctima está diagnosticada de estrés postraumático y, según han informado las psicólogas en la vista oral, sigue manteniendo problemas psíquicos, ya que sigue sin poder salir sola de casa, sigue durmiendo mal y tomando medicación.
"Ello nos indica que las relaciones sexuales que tuvo con el procesado fueron inconsentidas, pues de otra manera no existirían los problemas psíquicos que presenta la víctima", señala la sentencia.

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