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TRIBUNA/ Ayuntamiento, golf y justicia

Fernando Abejón, socio del club de golf de Soria, incide en este artículo de opinión en las posibles irregularidades en la venta de acciones a los socios y el tipo de gestión efectuada en el campo de golf.

TRIBUNA/ Ayuntamiento, golf y justicia

Como uno de los firmantes, que el pasado 17 de febrero registraron en el Ayuntamiento una petición de aclaración al Sr. Alcalde, del convenio celebrado el 13 de mayo de 1999 entre el Ayuntamiento de Soria y la Fundación Golf Tierras de Soria para la construcción y explotación de un campo de golf me dirijo a los accionistas de la S.A. y a la opinión pública ya que al parecer nos encontramos ante un campo público.

El 13 de mayo de 1999, el entonces alcalde de Soria José Javier Jiménez Vivar, firmó un convenio, para la construcción de un campo de golf, con la fallecida presidenta de la Fundación Golf Tierras de Soria, constituida mediante escritura pública de fecha 6 de julio de 1998. 

Entre otras cosas el Ayuntamiento cede los terrenos que ocupa el campo de golf a la Fundación por un periodo prorrogable de 50 años.

La fundación Golf Tierras de Soria se encargará de construir el referido campo de golf, y constara de las siguientes inversiones.

Campo proyecto TARGET INGENIEROS por 190.940.640 pesetas.

Casa club anteproyecto José Enrique Jiménez Catalán con inversión de 148.300.200 pesetas.

Participa el Ayuntamiento con una inversión máxima de 25.000.000 de pesetas.

“La Fundación Golf de Tierras de Soria gestionará el campo de Golf y los servicios que en el mismo se incluyan”.

“El campo será de titularidad municipal y tendrá carácter público, sin otras limitaciones que las que imponga su grado de ocupación”.

“La utilización de las instalaciones se regirá por un reglamento… y autorizado por el Ayuntamiento.”

En ningún apartado figura que la Fundación pueda ceder o subarrendar el campo, por lo que hemos pedido al Sr. Alcalde D. Carlos Martínez que nos informe si hay algún documento posterior que modificara este convenio.

Este convenio le fue pedido al Consejo de Administración del Club de Golf Soria, S.A. que no nos facilitó y que me llegó anónimamente por un alma caritativa a raíz del artículo publicado, “Acaso hay engaño en el club de golf”.

Pero, atención, el mismo día que se firma este convenio, el citado 13 de mayo de 1999, se firma otro contrato de colaboración entre la Fundación de Golf Tierras de Soria y el Club de Golf Soria, S.A..

El Club de Golf Soria, S.A. dicen “es una Sociedad Anónima constituida en Soria el 23 de noviembre de 1998 con un capital social repartido en 865 acciones de 1.803,036 euros, siendo su objeto social el fomento del golf en cualquiera de sus facetas”. A lgo que resulta imposible ya que el euro no entró en funcionamiento hasta 2002 y los accionistas pagamos en pesetas.

Y este contrato de colaboración sí que me lo entrega el Consejo de Administración actual después de mucha insistencia. Razón por la que pienso según ya expresé que la actual dirección pretende la carga o culpa sobre los anteriores.

Ignoro cómo se puede engarzar todo esto jurídica y legalmente, con la creación de una S.A., la venta y cobro de acciones y el cobro de cuotas que pretenden indefinidas y sin saber ahora de qué bien somos accionistas. Y todo ese dinero podría sumar, ellos lo saben, los 12 millones de euros. Dos mil millones de las antigua pesetas para que nos entendamos.

Por eso pido explicaciones públicas que los responsables pueden y deben aportar pues la presunción de inocencia es condición necesaria, pero no suficiente. Y hay informaciones que abundan en su legalidad, otras no, así que deben explicarse, desde el Ayuntamiento,  la Fundación y la S.A. Cada uno, que firmó, su responsabilidad.

Pero, extrañamente por la forma que se hizo, el 26 de febrero de 2016, la Sociedad Anónima solicitó a la Agencia Tributaria la calificación… para la exención del IVA..

Y este es el punto de inflexión.

Se basaba esta petición, al parecer, en un informe, que descubierto por otro accionista y pidiendo explicaciones y documentación al presidente, los adjuntos al Consejo, es decir De Miguel, La Fuente, Soto Asociados, S.L.P. que son los que presumiblemente controlan la S.A. y al consejo, prefirieron no dárselas y le compraron su acción por 3.000 euros cuando se vendían por 10 euros, se intentaban regalar y finalmente se estableció en  1,550 la cuota de salida para poder salir de la sociedad. Ya veremos lo que en breve deberá de decir la Agencia Tributaria sobre la legalidad de este pago a una Sociedad sin ánimo de lucro.

Decía el informe que “la Sociedad Club de Golf Soria, S.A. no tiene un fin lucrativo. Este carácter se desprende del convenio celebrado para la cesión de los derechos de explotación del campo del golf entre la FUNDACIÓN DE GOLF TIERRAS DE SORIA y el CLUB DE GOLF SORIA, S.A”...

Pero si el convenio es de 1999,  ¿ para que esperaron a 2016 en una operación que les permite, según mis cuentas, ingresar 3.000 € más al mes?. ¿Se dejó de ingresar tanto dinero porque los anteriores eran ignorantes?.

Habrá que ver lo que se presentó en la Agencia Tributaria, quien lo presentó y si fue o no acuerdo del Consejo y refrendado por los accionistas. O sea las actas y quien era el Delegado de Hacienda.

Una interpretación podría ser que según la ley y  contenido en la respuesta y aprobación por la Agencia Tributaria, ”quedan amparadas sin IVA las prestaciones”, es decir JUGAR. Y por eso repito que desde 2016, es el último año que se aprueban las cuotas anuales en la primera Junta  como es obligatorio. Y recientemente el Tribunal Supremo ha determinado por sentencia que si no hay prestación no hay débito.

Creo, pero es solo mi opinión,  que los consejeros son y eran conscientes de que no pueden aprobar cuotas, ya que parecería ilegal y por eso dejan de aprobarlas como es obligatorio. Como también parecería ilegal el girar las cuotas a los accionistas que no jugaban, teniendo conocimiento como debían y deben tener de ello. Pero el consejo pretende cobrar las de 2017, 2018, 2019, 2020, 2021 y 2022 y las ha girado, no sé si legalmente, aunque no   juguemos.

Pido explicaciones públicas, dado que una vez más me llevan al Juzgado por algo que no debo.

Ya veremos si el Consejo ha cumplido, esta vez,  con el requisito imprescindible de tomar el acuerdo en Consejo de Administración, en el que nominalmente acuerden esta reclamación y su cantidad, pues en mi opinión, el no hacerlo, sería ilegal como pudo serlo desde 2016 y ahora ya veremos.

Algo sabían y saben los consejeros que todavía ignoramos.

También me llama la atención que se reclame a unos sí y a otros no y que los que viven fuera de Soria y su provincia no reciban monitorio, pues fuera de Soria y provincia los estatutos se interpretan de otra manera. Que yo sepa nunca el club Golf Soria, S.A., ha ganado un  juicio fuera de Soria.

Así que Sr. Alcalde, aunque Vd. no firmara, y los que participaron en la firma de convenios y exenciones, den sus explicaciones o las darán en el Juzgado correspondiente, ya que considero que estoy siendo objeto, junto a otros, de un linchamiento civil para tapar no se aun qué, pero lo averiguaremos. La verdad está más cerca.

Fdo. Fernando Abejón

 

 

 

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