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Junta de Castilla y León

La modificación de la Ley de Cooperativas se debatirá en la Cortes en el nuevo periodo de sesiones

El consejero de Empleo, Carlos Fernández Carriedo, ha avanzado hoy que la Junta de Castilla y León presentará el texto de la modificación de la Ley de Cooperativas para su debate en las Cortes de Castilla y León, en el nuevo periodo de sesiones. 

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A través de esta Ley se flexibilizarán y agilizarán procedimientos administrativos para las cooperativas que dan empleo en la región a 8.800 personas.

Fernández Carriedo ha visitado hoy en Cigales, Valladolid, la Bodega Cooperativa Cigales, premiada por la Junta de Castilla y León como la mejor empresa cooperativa del año, en la X Edición de los Premios de la Comunidad de Castilla y León al Cooperativismo y la Economía Social, entregados el pasado 29 de marzo.

El Anteproyecto de Ley, que fue informado por la Junta en el Consejo de Gobierno del pasado 12 de abril, se puso a disposición de los ciudadanos de la Comunidad a través del espacio de ‘Gobierno Abierto’, se sometió a información pública y se remitió a las entidades, instituciones y organizaciones representativas de interés de carácter colectivo o corporativo.

El Anteproyecto de Ley cuenta ya con los informes de las consejerías y delegaciones territoriales de la Junta, se ha informado a los miembros del Consejo Regional de Economía Social, cuenta con el informe del Consejo Económico y Social de Castilla y León y posteriormente se trasladará al Consejo Consultivo. Finalmente, se presentará para el debate de los grupos parlamentarios en las Cortes de Castilla y León.

El Anteproyecto de Ley tiene como objetivo simplificar y agilizar el funcionamiento de las cooperativas, adaptándose a los sistemas de gestión electrónica y a las nuevas fórmulas de cooperativismo. Así, las principales modificaciones corresponden a la ampliación del capital social mínimo general a 3.000 euros -anteriormente eran 2.000 euros- y a la reducción a dos, anteriormente eran tres, del número mínimo de socios trabajadores en las cooperativas de trabajo con el objetivo de adaptarlos a la realidad de estas sociedades cooperativas.

Además, se simplifican los trámites poniendo en marcha la legalización electrónica de los libros obligatorios y su presentación de las cuentas anuales a través de redes de comunicación. De esta forma, se elimina la perforación física de los libros para ser entregados y sobre ellos inscribir cuentas y anotaciones.

Organos de gobierno

En cuanto a los órganos de gobierno y gestión de las sociedades cooperativas, se modifican parcialmente las competencias en aspectos financieros de la Asamblea General y el Consejo Rector adquiere nuevas facultades para incrementar la agilidad y la capacidad ejecutiva en su funcionamiento y en la toma de decisiones. De la misma forma, se modifican aquellos aspectos que regulan los supuestos y los plazos para evitar la descapitalización de la sociedad.

Se establece, también, la posibilidad de las cooperativas integrales, que aglutinarían varios tipos de cooperativas: de trabajo, agrícolas y de explotación comunitaria de la tierra, entre otras. Se incluye una nueva figura de socio de servicios y se adapta el texto de las cooperativas agrarias a las agroalimentarias.

En cuanto a la disolución, liquidación y extinción de las sociedades cooperativas se establece un procedimiento abreviado para que en una sola escritura la Asamblea General pueda acordarlo. Esto supone mayor facilidad y abaratamiento de costes para extinguir cooperativas que llevan varios años sin actividad. Por último, se adapta el texto a la nueva normativa en vigor, sobre procedimiento administrativo, sociedades de capital y procedimiento concursal.

El registro de las sociedades cooperativas corresponde a la Consejería de Empleo a través de la Dirección General de Economía Social y Autónomos. El registro recoge la legalización de los libros sociales y contables de estas entidades, el nombramiento de auditores y otros expertos independientes, el depósito de las cuentas anuales y su publicidad, y el tratamiento estadístico de la información registral.

Cooperativas en Castilla y León

Existen en la Comunidad un total de 2.103 cooperativas registradas, de las cuales 1.120 son agrarias (que integran las 571 agrarias puras y 549 de explotación comunitaria de la tierra), 635 de trabajo, 237 de vivienda, 34 de segundo grado -aquellas constituidas por al menos otras dos cooperativas del mismo objeto-, 30 de Servicios, 20 de transporte, 18 de consumidores y usuarios, ocho de enseñanza y una de crédito. Las cooperativas en Castilla y León cuentan aproximadamente con 8.800 trabajadores.

Por otra parte, la Consejería de Empleo constituyó, en octubre de 2016, el Consejo Regional de Economía Social de Castilla y León, y dentro del mismo, la Comisión Especial en Materia de Cooperativismo. El Consejo es el encargado de velar para que el funcionamiento de las sociedades cooperativas se adecue a los principios propios de este sector, así como a la legislación autonómica.

Las cooperativas son un elemento clave para la estructura productiva de la Comunidad con un territorio de gran extensión y una elevada dispersión de su población, puesto que impulsan iniciativas empresariales tractoras en entornos rurales. Esta vinculación directa con el territorio les ha permitido resistir mejor en situaciones de dificultades económicas, puesto que la deslocalización prácticamente no existe.

Las cooperativas resistieron mucho mejor que el resto de empresas la destrucción de empleo, que durante la crisis fue ocho puntos inferior. Además, hay que destacar que casi el 80 % de los contratos en las cooperativas tienen carácter indefinido.

 

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