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El Tribunal Supremo obligará a los bancos a pagar el impuesto de las hipotecas

El Tribunal Supremo ha dado una nueva alegría a los usuarios en su lucha para reclamar los gastos abusivos en la firma de un préstamo hipotecario.

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La Sala de lo Contencioso-Administrativo ha determinado que tienen que ser los bancos los que asuman el pago del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (IAJD) cuando se firma una hipoteca.

Los miembros del Alto Tribunal consideran que el sujeto pasivo de este impuesto no es el prestatario, es decir el usuario que pide la hipoteca, sino la entidad que la otorga.

Consideran probado que los únicos interesados en elevar a escritura pública los contratos hipotecarios son los bancos, ya que así tienen una prueba notarial que les permita ejecutar la hipoteca si se produce el impago de la misma.

Con esta decisión, los tres magistrados de la sección segunda de este tribunal Jesús Escudero, Dimitry Berberoff y Nicolás Maurandi modifican, aunque con el voto particular discordante de este último, la jurisprudencia anterior al respecto. 

Anulan así un artículo del texto refundido de la ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP) y Actos Jurídicos Documentados (AJD).

Concretamente, han considerado dejar sin vigencia el artículo 68.2 de este reglamento, aprobado por Real Decreto 828/1995, de 25 de mayo. En este, se establecía que eran los prestatarios quienes se tenían que hacer cago del pago del impuesto. Los jueces concluyen en su acto que esta parte del articulado era contraria a la ley. 

Un impuesto que podía llegar a un 1,5% según la comunidad

El Impuesto de Actos Jurídicos Documentados grava todo tipo de documentos notariales o mercantiles, entre los que se encuentran las hipotecas. El importe a pagar se estable sobre un porcentaje del importe prestado por el banco a los solicitantes.

Es un impuesto que recaudan directamente las comunidades autónomas, cuyo tipo porcentual llega a ser de un máximo de un 1,5%.

Hasta este era el gasto hipotecario más elevado que se tenía que pagar cuando se firmaba una hipoteca.

Los compradores de, por ejemplo, una vivienda de unos 200.000 euros se pueden ahorrar así un gasto extra que puede llegar a los 3.000 euros, según donde resida.  

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