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Ágreda anima a participar en el homenaje a la bandera

El Ayuntamiento de Ágreda ha invitado hoy a participar a todos los sorianos, zaragozanos, navarros y riojanos de las proximidades en el homenaje a la Bandera que se celebrará el próximo 17 de Junio en la plaza Mayor de la Villa de las Tres Culturas.

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Las inscripciones se pueden formalizar hasta el 25 de mayo en el propio Ayuntamiento agredeño o en la Subdelegación de Defensa de cada provincia

Para inscribirse es obligatorio rellenar la instancia que se adjunta, junto a una fotocopia del DNI, y remitirla a las siguientes direcciones:

-Ayuntamiento de Ágreda. Plaza Mayor, 1. 42100 Ágreda (Soria) o al correo electrónico medioambiente@agreda.es

-O a la Subdelegación de Defensa en Soria. C/ Antolín de Soria s/nº, Cuartel de Santa Clara. 42003 SORIA o por correo electrónico a reclutamientosoria@oc.mde.es 

La Jura de Bandera es uno de los actos más solemnes que existen pero, lejos de lo que algunos puedan creer, este proceso no está reservado exclusivamente al personal militar.

Cualquier ciudadano que lo desee puede participar en una Jura civil. La pregunta es... ¿a qué te compromete este acto?

Respondemos a las principales dudas que asaltan a quienes se plantean participar en este tipo de acontecimientos.

¿Qué sentido tiene el acto?

La Jura de Bandera civil es un acto solemne en el que todos los ciudadanos pueden participar. Los civiles pueden hacerlo en las fechas que las Fuerzas Armadas -Ejército de Tierra, la Armada y el Ejército de Aire- designan cada año en diferentes localidades distribuidas por toda la geografía española. El 17 de Junio, se realizará en Ágreda (Soria).

¿A qué te compromete la Jura de Bandera civil?

En la práctica, la Jura civil es la expresión cívica, pública e individual de lealtad hacia España y hacia los españoles. Se trata de un compromiso por defender los intereses colectivos y comprometerse a ello siendo un buen ciudadano.

El ciudadano decide por voluntad propia, mostrar ante todos que está decidido a contribuir por el bien común. Es una promesa que el ciudadano se hace a sí mismo y que puede desempeñar en cualquiera que sea su labor en la sociedad, ya sea en el trabajo o con la familia, en el entorno público o privado: pagar sus impuestos como exige la Ley, colaborar con los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado cuando la situación lo requiere, comportarse de forma adecuada, etc.

¿Hay una edad mínima o máxima para participar?

Sí, en efecto. Es obligatorio contar, como mínimo, con 18 años de edad, según queda establecido en la orden de Defensa 1445/2004. Otro requisito indispensable es tener la nacionalidad española y no haber sido declarado incapaz por sentencia judicial firme. Por tanto, no se establecen franjas de edades máximas para esta ceremonia.

En su momento fue objetor de conciencia y no hice el Servicio Militar, ¿puedo Jurar la Bandera en un acto civil?  Por supuesto que sí. Como se ha dicho, cualquier ciudadano que lo desee puede participar en este solemne acto de lealtad hacia España. No haber hecho el servicio militar obligatorio -cuando así estaba establecido- no impide ser partícipe de este acto.

¿Hay alguna diferencia entre jurar y prometer?

Históricamente se relacionaba el concepto 'jurar' a un carácter religioso, pues se juraba ante Dios, mientras que el 'prometer' se relacionaba más con algo aconfesional o meramente civil. Sin embargo, desde el año 2007 este debate ya no existe. Anteriormente se respondía "Sí, juro" o "Sí, prometo", pero esto quedó subsanada con la 'nueva fórmula de pregunta que dice así:

"¡Españoles! ¿Juráis o prometéis por vuestra conciencia y honor guardar la Constitución como norma fundamental del Estado, con lealtad al Rey y, si preciso fuera, entregar vuestra vida en defensa de España?". "Sí, lo hacemos", es la respuesta válida.

¿Se puede repetir la Jura de Bandera?

Por Orden DEF/8/2017, de 9 de enero, en su punto 3, dice: La unidad organizadora, una vez celebrado el acto de juramento o promesa, remitirá a las Delegaciones o Subdelegaciones de Defensa correspondientes, para su inclusión en el Registro centralizado de los españoles que hayan prestado juramento o promesa ante la Bandera de España (REJUPROES), la relación nominal de aquellos que hayan ejercido este derecho.» y en el 2 establece que : Para que no desmerezca la importancia y trascendencia del acto, entre la fecha del juramento o promesa inicial y su renovación deberá mediar un lapso de tiempo de, al menos, veinticinco años. Solamente en circunstancias extraordinarias, apreciadas motivadamente por el titular del órgano responsable del REJUPROES, se podrá autorizar la renovación del juramento o promesa sin necesidad de cumplir dicho plazo.

¿Qué tipo de ropa hay que llevar?

Todo depende de la hora y el lugar de la Jura de Bandera, pero debe representar la solemnidad del acto. En cualquier caso, por regla general, se pide que los hombres vayan de traje oscuro y las mujeres de vestido, tal y como se suele informar en las instrucciones que hacen llegar las Delegaciones de Defensa a los inscritos en una Jura civil. Se pide, sobre todo, sentido común. Por regla general no se rechaza a nadie ni se le impide prestar juramento o promesa por su indumentaria, pero conviene seguir cierto protocolo a la hora de vestir. Para culaquier duda extra, llamar a la Delegación o Subdelegación de Defensa de tu provincia.

¿Puedo llevar invitados para que me vean?

Si. Se suelen disponer de una serie de acotados desde donde los acompañantes del jurando pueden ver el acto. Al realizarse la Jura en un espacio Público no hay mas restricciones que las que la Autoridad competente pueda determinar.

¿Cómo puedo apuntarme? Para inscribirse es obligatorio rellenar la instancia que se adjunta, junto a una fotocopia del DNI, y remitirla a las siguientes direcciones:

-Ayuntamiento de Ágreda. Plaza Mayor, 1. 42100 Ágreda (Soria) o al correo electrónico medioambiente@agreda.es

-O a la Subdelegación de Defensa en Soria. C/ Antolín de Soria s/nº, Cuartel de Santa Clara. 42003 SORIA o por correo electrónico a reclutamientosoria@oc.mde.es

¿Con cuánta antelación tengo que llegar?¿Qué tengo que llevar?

La persona que vaya a efectuar el juramento o promesa ante la Bandera de España, deberá acudir a la presentación del acto -entre una y dos horas antes del acto-, para recibir instrucciones. El único documento que debe aportar, y que será requerido a su llegada, es el Documento Nacional de Identidad -DNI-.

Por su parte, los acompañantes conviene que estén con una antelación aproximada de media hora antes del inicio del acto, para que su llegada y acomodo se produzca de manera escalonada.

Orden DEF/8/2017, de 9 de enero, por la que se modifica la Orden DEF/1445/2004, de 16 de mayo, por la que se establece el procedimiento para que los españoles puedan solicitar y realizar el juramento o promesa ante la Bandera de España. http://www.defensa.gob.es//Galerias/defensa_yodocs/jura-ORDEF-2017-8-modifica-ORDEF-2004-1445.pdf

ORDEN DEF/1445/2004, de 16 de mayo, por la que se establece el procedimiento para que los españoles puedan solicitar y realizar el juramento o promesa ante la Bandera de España. http://www.defensa.gob.es//Galerias/defensa_yodocs/jura-ORDEF-2004-1445-procedimiento-jura-bandera.pdf

 

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