El juzgado inadmite la demanda para cambiar el nombre de San Leonardo de Yagüe
La sentencia condena a costas al abogado Eduardo Ranz
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El Juzgado Contencioso Administrativo de Soria ha dictado sentencia por la que inadmite la demanda interpuesta por el letrado Eduardo Ranz Alonso contra el Ayuntamiento de San Leonardo de Yagüe para que retirase el apellido del general franquista del nombre del pueblo.
El citado juzgado, según ha informado hoy el gabinete de comunicación del TSJCyL, ha considerado considerar que el letrado no tiene ninguna vinculación con el municipio soriano y carece de legitimación activa, es decir, no acredita un interés legítimo que fundamente sus peticiones.
El Juzgado ha analizado también qué habría ocurrido de no haberse estimado esta falta de legitimación y concluye que se habría desestimado la demanda.
En relación con el nombre del municipio, está amparado por el art. 15.2 de la Ley de Memoria Histórica ya que el acuerdo del pleno del Ayuntamiento sanleonardino de 2016 no contenía ninguna exaltación de la sublevación militar, guerra civil o represión de la dictadura, sino que obedecía a la acción llevada a cabo por Juan Yagüe en su pueblo.
Respecto a la elaboración de un catálogo de vestigios y retirada de escudos u otros objetos o menciones, la sentencia declara que no se ha aportado prueba de su existencia por la actora por lo que estas peticiones han sido igualmente desestimadas.
La sentencia, que es recurrible ante el Tribunal Superior de Justicia, condena en costas al abogado Eduardo Ranz.