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La media veda se abre en Soria el próximo martes

La temporada de caza conocida como media veda se iniciará en Soria el próximo martes, 15 de agosto, y concluirá el 17 de septiembre.

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Durante este periodo los días hábiles para la práctica cinegética serán los martes, jueves, sábados y domingos, 20 días en total en los que las especies cazables son seis: codorniz, tórtola común y paloma torcaz (estas dos especies a partir del 22 de agosto), urraca, corneja y zorro.

El calendario aprobado para la media veda en Soria, según la Resolución de 4 de julio de 2017 de la Dirección General del Medio Natural de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente por la que se fijan los días hábiles de caza para la media veda en el territorio de la Comunidad de Castilla y León, oídos los consejos territoriales de caza y el Consejo de Caza de Castilla y León, es el siguiente: los días 15, 17, 19, 20, 22, 24, 26, 27, 29 y 31 de agosto y 2, 3, 5, 7, 9, 10, 12, 14, 16 y 17 de septiembre.

Este período es válido para todas las especies cazables en la media veda, si bien, para la tórtola común y la paloma torcaz se retrasa el comienzo de la época hábil al día 22 de agosto.

El número máximo de piezas a cobrar por cazador y día se fija para la codorniz en 30 y para la tórtola común en seis (esta es una de las novedades de esta temporada, ya que en la pasada estaba fijado en ocho).

Los días señalados como hábiles para la práctica de la caza de las especies incluidas en la media veda deben entenderse como máximos, por lo que el titular o los titulares de los cotos podrán reducir el número de días y establecer cupos u horarios más restrictivos respecto a lo establecido.

En los cotos de caza con terrenos en provincias diferentes, los días hábiles de caza para la media veda serán los correspondientes a la provincia donde estén matriculados.

Orden Anual de Caza

Mediante la Orden de 27 de junio de 2017, la Consejería de Fomento y Medio Ambiente aprobó la Orden Anual de Caza para Castilla y León, que tiene como objetivo definir las normas que regirán la práctica de la caza en la Comunidad, en desarrollo y cumplimiento de la legislación cinegética vigente. Los periodos hábiles se fijan con carácter general, con independencia de lo previsto en los plantes cinegéticos debidamente aprobados.

Caza menor

Las aves cazables en Castilla y León son las siguientes: agachadiza chica (Lymnocriptes mínimus), agachadiza común (Gallinago gallinago), ánade friso (Anas strepera),  ánade real (Anas platyrhynchos), ánade silbón (Anas penelope), ansar común (Anser anser), avefría (Vanellus vanellus), becada (Scolopax rusticola), cerceta común (Anas crecca), codorniz (Coturnix coturnix), corneja (Corvus corone), estornino pinto (Sturnus vulgaris), faisán (Phasianus colchicus), focha común (Fulica atra), paloma bravía (Columba livia), paloma torcaz (Columba palumbus), paloma zurita (Columba oenas), pato colorado (Netta rufina), pato cuchara (Anas clypeata), perdiz roja (Alectoris rufa), porrón común (Aythya ferina), porrón moñudo (Aythya fuligula), tórtola común (Streptopelia turtur), urraca (Pica pica), zorzal alirrojo (Turdus iliacus), zorzal charlo (Turdus viscivorus), zorzal común (Turdus philomelos) y zorzal real (Turdus pilaris).

En cuanto a los mamíferos, son especies cazables: conejo (Oryctolagus cuniculus), liebre de piornal (Lepus castroviejoi), liebre europea (Lepus europaeus), liebre ibérica (Lepus granatensis) y zorro (Vulpes vulpes).

El periodo hábil para la temporada general de la caza menor, según la Orden Anual de Caza, será desde el cuarto domingo de octubre (día 22) hasta el último domingo de enero de 2018 (día 28).

El ejercicio de la caza menor, excepto lo establecido para las esperas de palomas migratorias en pasos tradicionales y para la media veda, queda limitado, con carácter general, a los jueves, sábados, domingos y festivos de carácter nacional y autonómico de Castilla y León comprendidos en el periodo hábil establecido.

La caza de liebre con galgo podrá practicarse desde el jueves 12 de octubre hasta el domingo 28 de enero. En esta modalidad de caza todos los perros participantes deberán permanecer sujetos hasta el inicio de una carrera, momento en que podrán soltarse hasta un máximo de dos galgos, no pudiendo iniciarse una carrera hasta que todos los perros vuelvan a estar sujetos.

Novedades en la caza del zorro, urracas y cornejas

La caza de zorro con perro de madriguera podrá realizarse los jueves, sábados, domingos y festivos del período comprendido desde el 22 de octubre de 2017 al 28 de febrero de 2018, en aquellos cotos cuyo plan cinegético contemple esta modalidad. En un mismo acotado sólo podrá cazar al día una única cuadrilla compuesta por un máximo de cuatro cazadores con arma de fuego y cuatro perros. Cuando se practique esta modalidad durante el mes de febrero de 2018, en el trayecto hasta el acceso a las madrigueras o refugios y a los lugares de suelta de los perros las armas deberán portarse enfundadas y los perros atados por sus portadores.

También, como novedad, se autoriza la caza de las especies urraca y corneja los jueves, sábados, domingos y festivos del período comprendido entre el 29 de enero y el 25 de febrero de 2018.

En todos los casos antes descritos, durante el ejercicio de la caza y en el transporte en su caso de los ejemplares abatidos, en la tarjeta de afiliación al coto o en la autorización del titular o arrendatario cinegético, o su representante, deberá figurar expresamente a habilitación para la caza de zorro con perro de madriguera, urraca o corneja durante estos periodos concretos.

Becada y esperas de palomas migratorias

Para la caza de la becada se establece un cupo máximo de tres ejemplares por cazador y día, y se podrá practicar únicamente en las modalidades de ‘en mano’ y ‘al salto o a rabo’.

En cuanto a la modalidad de esperas de palomas migratorias en pasos tradicionales, está permitida desde el 1 de octubre hasta el 30 de noviembre, sin limitación de días hábiles. Durante el desarrollo de esta modalidad de caza sólo se podrá disparar a palomas y zorzales, no permitiéndose la tenencia ni el uso de balas durante el ejercicio de la misma.

Los puestos de tiro, tanto aislados como en línea, serán fijos y habrán de estar necesariamente emplazados en las cumbres de las cordilleras o en zonas altas de sus laderas, no permitiéndose las escopetas volantes ni transitar fuera de los puestos con armas desenfundadas.

Los titulares de los cotos de caza en donde existan pasos de palomas no tradicionales y que deseen realizar su aprovechamiento deberán hacerlo constar en sus planes cinegéticos y solicitarán del Servicio Territorial de Medio Ambiente de la provincia correspondiente las autorizaciones pertinentes para su caza desde puestos fijos, acompañando un plano de la línea de tiro donde quede reflejada la ubicación de los puestos, con idéntico período hábil que para los pasos tradicionales. Mientras se esté practicando la caza de palomas migratorias en pasos tradicionales y no tradicionales, queda prohibido el ejercicio de la caza en una franja de seguridad de 150 metros en torno a la línea de tiro.

Caza mayor: especies, periodos y novedades

Son especies de caza mayor en Castilla y León: cabra montés (Capra pyrenaica), ciervo (Cervus elaphus), corzo (Capreolus capreolus), gamo (Dama dama), jabalí (Sus scrofa), lobo (Canis lupus) –únicamente las poblaciones al norte del río Duero–, muflón (Ovis mussimon) y rebeco (Rupicapra pyrenaica). Además, se autoriza la caza del zorro durante el ejercicio de la caza mayor.

El periodo hábil para la caza del jabalí queda establecido del 24 de septiembre al 25 de febrero de 2018.

Para el ciervo, del 1 al 23 de septiembre únicamente a rececho y espera, y desde el 24 de septiembre hasta el 25 de febrero de 2018 en todas sus modalidades.

Respecto al corzo, para ambos sexos, el periodo hábil será del 1 de septiembre al 15 de octubre, y desde el 1 de abril de 2018 hasta la entrada en vigor de la siguiente orden. Desde el 1 de enero hasta el domingo 26 de febrero sólo hembras.

Son varias las novedades en la caza mayor que, en función de las especies cazables en nuestra provincia, afectan a Soria.

Respecto al jabalí, se posibilita su caza durante el rececho y aguardo de otras especies de caza mayor en sus correspondientes épocas hábiles, siempre que en la tarjeta de afiliación al coto o en la autorización escrita del titular cinegético arrendatario, o persona que ostente su representación, figure expresamente la habilitación para la caza de jabalí durante los períodos hábiles de otras especies.

Además, aquellos cotos que tengan autorizada expresamente la modalidad de aguardos o esperas nocturnas al jabalí en el plan cinegético vigente deberán comunicar las fechas y zonas o parajes donde desarrollarán las acciones de caza ante el Servicio Territorial de Medio Ambiente correspondiente, con una antelación mínima de diez días. Por motivos de seguridad, dicha comunicación deberá ser realizada igualmente ante la entidad local y puesto de la demarcación de la Guardia Civil.

En cuanto a ciervos y corzos, quedan excluidas de cupo y precintado las hembras de ambas especies abatidas en las cacerías colectivas celebradas entre el 1 de enero y el 25 de febrero de 2018.

Además, las solicitudes de cacerías colectivas deberán presentarse en el modelo normalizado disponible en la sede electrónica de la Junta de Castilla y León. Es obligatorio presentar las solicitudes o comunicaciones de forma electrónica.

Municiones

Durante el ejercicio de modalidades de caza mayor no se permite la tenencia ni empleo de cartuchos de perdigones.

No obstante, durante el ejercicio de la caza menor, en aquellos terrenos cinegéticos cuyo plan cinegético aprobado contemple la modalidad de caza de jabalí al salto o en mano, podrán portarse tanto cartuchos de perdigones como de balas.

Regulación complementaria

Toda la regulación complementaria para la caza mayor (régimen de autorización de monterías y ganchos, modalidades de caza, precintos, etc.), planes cinegéticos y otras cuestiones relacionadas con la práctica de la caza están recogidas en la citada Orden de 27 de junio de 2017, de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente, por la que se aprueba la Orden Anual de Caza para Castilla y León.

Gestión cinegética en Soria

La gestión cinegética mayoritaria de Soria es de régimen privado.

Existen a fecha de hoy 477 cotos de este tipo, que suman 854.893 hectáreas, lo que supone más del 83 % del territorio provincial. Los terrenos cinegéticos cuya gestión recae directamente sobre la Consejería de Fomento y Medio Ambiente (unas 118.147 hectáreas, es decir, cerca del 12 % de la provincia) son los siguientes: Reserva Regional de Caza de Urbión, con 115.895 hectáreas, y las Zonas de Caza Controlada: Valduérteles (690 hectáreas), Velasco (727 hectáreas) y Ágreda (835 hectáreas).

La gestión cinegética mayoritaria de Soria es de régimen privado. Existen a fecha de hoy 477 cotos de este tipo, que suman 854.893 hectáreas, lo que supone más del 83 % del territorio provincial. Los terrenos cinegéticos cuya gestión recae directamente sobre la Consejería de Fomento y Medio Ambiente (unas 118.147 hectáreas, es decir, cerca del 12 % de la provincia) son los siguientes: Reserva Regional de Caza de Urbión, con 115.895 hectáreas, y las Zonas de Caza Controlada: Valduérteles (690 hectáreas), Velasco (727 hectáreas) y Ágreda (835 hectáreas).

En 2016 se expidieron en Castilla y León 90.819 licencias de caza (este dato no debe confundirse con licencias en vigor, dada la vigencia de algunas de ellas).

Se estima que en Soria practican la actividad cinegética unos diez mil cazadores.

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