TRIBUNA/ El Ayuntamiento abandona el Cerro de los Moros
Ricardo Mínguez Izaguirre, Doctor Ingeniero de Caminos, denuncia en este artículo de opinión la falta de acción del Ayuntamiento de Soria para proteger los terrenos del Cerro de los Moros, tras las últimas declaraciones del concejal de Urbanismo, Luis Rey, sobre la modificación en marcha para concentrar la edificabilidad en una zona, que da más poder a la propiedad.
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TRIBUNA/ El Ayuntamiento abandona el Cerro de los Moros
Por la prensa nos enteramos de unas declaraciones del concejal de Urbanismo, Sr. Rey, en las que, de hecho, reconoce que el Ayuntamiento de Soria no ha hecho absolutamente nada para reorientar la deriva de la urbanización del Cerro de los Moros y las Laderas del Castillo. Es evidente que la táctica empleada es dejar que el tiempo corra y resuelva por sí solo el problema creado por unos cuantos soñadores, enemigos del progreso económico de la ciudad, que reclaman la protección de un bien cultural olvidando la defensa de los intereses económicos de los propietarios de los terrenos que Machado cantó e hizo universales, haciendo de esta pequeña ciudad, olvidada de nuestros políticos, una referencia poética mundial.
“ ¡Colinas plateadas,
grises alcores, cárdenas roquedas
por donde traza el Duero
su curva de ballesta
en torno a Soria, oscuros encinares,
ariscos pedregales, calvas sierras,
caminos blancos y álamos del río…”
Ahí están el Duero, la sierra de Santa Ana, el cerro del Castillo, el Cerro de los Moros, el alma de Soria, una parte fundamental de su ser, de su esencia como ciudad en la que valga la pena vivir. Y eso es lo que ahora peligra. ¿Cuál es el coste- también difícilmente calculable, Sr. Rey- de estos versos, de lo que contienen, del paisaje que elevaron a bien cultural universal, de la dignidad que derramaron sobre Soria?
El Ayuntamiento de Soria ha pactado con la Junta y la propiedad que esta última inicie el proceso de información pública de la modificación puntual MP-27 del Plan General de Ordenación Urbana de Soria (PGOU), con las gravísimas dificultades que esto añade a la tarea de evitar el atropello cultural, urbanístico, arqueológico y paisajístico que se proyecta en el Cerro de los Moros y las laderas del Castillo.
El Ayuntamiento dice aplazar su intervención a los prolegómenos de la aprobación provisional del proyecto. ¿Acaso ha acordado ingenuamente aplazar la necesaria negociación con la propiedad a ese momento del proceso? ¿Es incompetencia, falta de conocimiento de sus capacidades como Ayuntamiento, o consciente abandono de sus obligaciones y públicos compromisos? ¿Cómo puede aceptar, sin actuar de inmediato para impedir ese paso, otorgar a la propiedad una posición tan ventajosa para una posible futura negociación, cuya realización o no queda en sus manos? Realmente es un mal principio para la anunciada negociación con la propiedad del suelo. Con la aprobación inicial que implica la información pública, la propiedad de los terrenos podrá decidir si negocia o no, y, en el mejor de los casos, los términos de la negociación. Quizás un pequeño teatrillo de cara al público. ¿Cómo ha podido dejar, con su inacción, que las cosas lleguen a este punto tan perjudicial para los intereses que dice y debe proteger?
¿Dónde están los informes de los técnicos municipales sobre el proyecto de modificación del PGOU presentado por la propiedad? ¿Dónde está el informe del Jefe del Servicio de Cultura y Turismo de la Delegación de la Junta en Soria sobre las afecciones al yacimiento arqueológico de la ladera sur del Castillo? ¿Dónde está el informe de la Comisión de Patrimonio Cultural de Castilla y León exigido por la propia Dirección General de patrimonio Cultural? ¿Y la preceptiva consulta- y respuesta- del promotor a la Consejería de Cultura y Turismo a tenor de los últimos hallazgos arqueológicos en la ladera meridional del Castillo? Porque, además de la falta de acciones, hay una indecente falta de transparencia sobre la misma tramitación administrativa del proyecto, tanto hacia la ciudadanía como hacia los concejales de los partidos políticos que no forman parte del gobierno municipal.
Un poco de historia, procedimiento.... y deberes
La propiedad de los terrenos presentó la propuesta de modificación del PGOU (MP-27) el 3 de diciembre de 2019 con objeto de poder iniciar el proceso de urbanización del Cerro de los Moros y la ladera meridional del Castillo, incluída la construcción de 1.363 nuevas viviendas en bloques de vivienda colectiva. El Ayuntamiento disponía a partir de aquella fecha de un plazo de 3 meses para aprobar inicialmente la modificación propuesta o denegarla motivadamente.
Por si el Ayuntamiento ignorara las abundantes motivaciones que avalarían la denegación, a lo largo del año 2020 se recogieron más de 5.300 firmas, y se publicaron, y se enviaron al alcalde, un sinfín de cartas y artículos bien conocidos de particulares, grupos de intelectuales de reconocido prestigio e incluso de instituciones oficiales (Colegios profesionales e incluso la Academia de Bellas Artes de San Fernando) exigiendo, con contundentes argumentos culturales, técnicos y jurídicos, la preservación del Cerro de los Moros y las laderas del Castillo de cualquier tipo de urbanización. En alguno de ellos se apuntaban posibles soluciones para resolver el problema con mínimos costes para el Ayuntamiento.
¿Qué ha hecho el Ayuntamiento desde diciembre de 2019 hasta hoy día, enero de 2021, para lograr la protección de esos terrenos frente a la especulación inmobiliaria? NADA, no ha hecho NADA, salvo alarmar a la población con los elevadísimos costes que supondría para el Ayuntamiento la paralización del proceso urbanizador, y siempre bajo el mantra del respeto a los derechos de la propiedad, claro está que sin aportar nunca justificación alguna ni de los tremendos costes anunciados ni de los supuestos derechos de la propiedad. Mejor defensor de ésta no sería fácil encontrar. (Bien es verdad que ante el clamor desatado por esas declaraciones marcó un cambio de rumbo en sus manifestaciones no oficiales, asegurando que defendería los intereses generales etc. etc.)
La realidad es que ni ha aprobado inicialmente la MP-27, ni ha denegado su aprobación, ni ha promovido un proceso de revisión del PGOU, ni ha establecido una negociación con la propiedad de los terrenos. Según informó el alcalde en el Pleno del Ayuntamiento del 20 de noviembre de 2020 la propiedad le comunicó por carta su intención de convocar la información pública de la MP-27 al no haberse pronunciado el Consistorio sobre la aprobación inicial de la misma y en uso del derecho que para ello le otorgan la Ley y el Reglamento de Urbanismo de la Comunidad. Y ¿qué ha hecho el Ayuntamiento en los dos meses transcurridos desde entonces? NADA, no ha hecho NADA. Y, como antes, cuando la propiedad va a llevar a la práctica la convocatoria de la información pública acude a los medios de comunicación para justificar su inacción con el cuento (si, cuento, así lo califican los hechos) de los buenos propósitos, insistiendo, eso siempre, en el respeto a los derechos de la propiedad (como si esa fuera su primordial obligación) y en los enormes costes que para el Ayuntamiento…etc. etc. Por cierto, que sorprende el acuerdo con Junta y propiedad de los terrenos justamente cuando anuncia la llegada a Soria de un jurista que, a modo de Mr. Marshall, traerá su esperado dictamen sobre el tema…
De lo no hecho y sus consecuencias
Con esta manifiesta dejación de funciones, deberes y compromisos, si finalmente la propiedad de los terrenos convoca la información pública de la MP-27, el Ayuntamiento habrá propiciado lo siguiente:
- La aprobación inicial tácita de la MP-27 presentada por el promotor
- La iniciación de un procedimiento muy favorable para la propiedad, ya que una vez se realice la información pública (3 meses máximo) y se presenten alegaciones al proyecto, el Ayuntamiento deberá (en un plazo de otros 6 meses) o bien aprobar provisionalmente la MP-27 (paso previo necesario a la aprobación definitiva por la Junta) con los cambios no sustanciales que se acuerden con base en las alegaciones presentadas, o bien convocar una nueva información pública (plazo de un mes) cuando los cambios que considere justificados produzcan una alteración sustancial de lo aprobado inicialmente (en términos legales, que transformen el modelo urbanístico inicialmente elegido), con la última finalidad de denegar la aprobación provisional.
Claro, que también podría denegar la aprobación provisional mediante su acostumbrado silencio y esperar a que los tribunales le dieran la razón basándose en que la modificación propuesta afecta a la regulación de la utilización del suelo, facultad que es monopolio de los poderes públicos y no puede transferirse a particulares (artículo 47 de la Constitución y sentencias afines del Tribunal Supremo). En ambos casos, ¿no habría sido más sencillo, y mucho menos oneroso, denegar la aprobación inicial con los mismos previsibles argumentos? O es una estrategia equivocada o sencillamente no persigue los fines que predica.
La inacción del Ayuntamiento incumpliendo sus deberes legales supone, pues, un inmenso balón de oxígeno para los propietarios del suelo, que contarán con una aprobación inicial que nunca debiera haberse concedido, ni explícita ni implícitamente.
La propiedad, que ha incumplido de forma patente su obligación de desarrollar una ordenación detallada del sector en el plazo de 8 años fijado en el PGOU de 2006 (y ello incluso con la modificación del PGOU presentada en 2010 y caducada sin aprobación definitiva, de hecho y a efectos legales, en junio de 2011), habría perdido sus posibles derechos indemnizatorios si el Ayuntamiento, simultáneamente con la denegación de la aprobación inicial, modificara la ordenación urbanística del sector, calificando el Cerro de los Moros y las laderas del Castillo como suelo rústico, limitando la posible urbanización a la zona próxima al Camino de la Rumba y a la calle Marcelino Camacho.
El que no lo haya hecho y haya visto impasible correr el calendario en contra del interés de la ciudad, dejando en manos de la propiedad la aprobación inicial de su propio proyecto especulativo, sólo podría explicarse desde una intencionalidad de favorecer esos intereses privados por encima del común de preservar esos terrenos de cualquier tipo de urbanización. Dado el consenso universal- salvo la propiedad del suelo, obviamente- en que en eso consiste el interés de la ciudad y la falta de transparencia en el proceso, alguien podría pensar si esa inacción no habrá sido interesada.
El Ayuntamiento tiene todavía en sus manos el poder paralizar el proceso de información pública anunciado por la propiedad, despejando las razonables dudas que su silencio genera en la ciudadanía y demostrando su clara determinación en defensa del interés común adoptando de inmediato el acuerdo de denegar la aprobación inicial de la MP-27 presentada con base en los graves incumplimientos de las disposiciones del PGOU (como, por ejemplo, la eliminación de las viviendas unifamiliares previstas sustituyéndolas por viviendas colectivas en altura), la no consideración de los yacimientos arqueológicos comprobados en la ladera sur del Castillo y la vulneración de la legislación urbanística (afección a espacios libres y a sistemas generales definidos en el PGOU, reducción del porcentaje de viviendas de protección pública sin reposición en otro sector).
Con esta acción y el anuncio público de la tramitación, a iniciativa municipal, de una modificación del PGOU que recoja las demandas del interés general, podría forzar la negociación con la propiedad de los terrenos y demostrar su verdadero posicionamiento en defensa de la ciudad, en este caso con la preservación de unos terrenos que son parte de la misma, de su esencia, y de un bien cultural que es patrimonio de toda la Humanidad.
Fdo: Ricardo Mínguez Izaguirre, Dr. Ingeniero de Caminos