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Protocolo para reducir emisión de vapor de agua en Losán

La Consejería de Fomento y Medio Ambiente ha modificado la orden que concedió la autorización ambiental a la central de cogeneración de ciclo combinado, a la central de producción de energía eléctrica a partir de biomasa y a la planta de fabricación de tableros y aserradero ubicadas en el término municipal de Soria, titularidad de "Tableros Losan, S.A.,

http://bocyl.jcyl.es/html/2020/10/27/html/BOCYL-D-27102020-16.do

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La modificación pubicada este martes en el Boletín Oficial de Castilla y León es consecuencia de la revisión de oficio propuesta por el Servicio de Prevención Ambiental y Cambio Climático, sobre la revisión de las condiciones de emisión a la atmósfera y en concreto en el caso de condiciones meteorológicas desfavorables.

En este sentido, la Consejería de Fomento y Medio Ambiente establece que la instalación industrial establecerá un protocolo de operación y comunicación cuando se deban arrancar los sistemas de hornos auxiliares de secado, al objeto de evitar o minimizar la posible emisión o concentración de vapor de agua con partículas a baja altura en condiciones meteorológicas adversas.

Dicho protocolo, será parte del sistema de Gestión Ambiental de la instalación y contemplará al menos los siguientes puntos:

  • Comunicación inmediata de la parada de la cogeneración y de la puesta en marcha de los sistemas de secado auxiliares y su sistema de funcionamiento al Servicio Territorial de Medio Ambiente de Soria.
  • Como quiera que el sistema de funcionamiento de los sistemas de secado en condiciones meteorológicas adversas (inversión térmica), pueden provocar emisiones de partículas, el protocolo contará con una graduación de acciones en cuanto a la operativa de los secaderos y la carga de trabajo.
  • La graduación de acciones será igualmente comunicada y valorada conjuntamente, con personal técnico del servicio Territorial de Medio Ambiente de Soria, sobre la base de las previsiones meteorológicas de la agencia estatal de meteorología y tras la recepción de las comunicaciones indicadas anteriormente. Estas circunstancias se actualizarán diariamente en función de las previsiones meteorológicas y si las condiciones son favorables para la dispersión de contaminantes, se podrá funcionar al 100% de la capacidad máxima de la instalación. Si se aprecian condiciones meteorológicas adversas durante un período de tres días y no hay previsión de cambio meteorológico significativo, implicará la reducción del funcionamiento de las instalaciones de combustión al 50% y si el episodio dura más de 6 días consecutivos se paralizará la actividad.

A estos efectos se entenderá como "Condiciones meteorológicas desfavorables", en lo que a contaminación atmosférica se refiere,aA la situación de estabilidad que no permite una suficiente ventilación de la atmósfera de la ciudad, y ello conlleva una elevada acumulación de contaminación local.

La estabilidad atmosférica, en general, viene caracterizada por cielos despejados y ausencia de vientos, lo que tiene como consecuencia una elevada amplitud térmica y la aparición de inversiones térmicas nocturnas por radiación.

Además, suele acaecer bajo la influencia de un anticiclón posicionado en las proximidades de la Península (o sobre ella), cuya presencia puede provocar otra inversión térmica, ésta a mayor altura, por subsidencia. En este escenario la ventilación de la atmósfera, tanto horizontal como vertical, se ve muy limitada y la calidad del aire puede empeorar conforme la situación de estabilidad persista en el tiempo.

 

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