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Covid 19: Soria notifica 41 nuevos casos y dos fallecidos

Castilla y León notifica hoy 2.015 nuevos casos de la enfermedad COVID-19, con lo que su número actual alcanza los 78.990; de esa cifra, 72.408 tienen diagnóstico mediante pruebas de infección activa. De los 2.015 nuevos casos en la Comunidad, 41 se han notificado en Soria, que ha lamentado dos nuevos fallecimientos en la última jornada.

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Los nuevos positivos se han declarado atendiendo a la definición de caso confirmado de infección por SARS-CoV-2 adoptada por la Autoridad sanitaria nacional en la Estrategia de Vigilancia, Diagnóstico y Control en la Fase de Transición de la Pandemia de la COVID-19; de los 2.015 nuevos casos notificados hoy al C.C.A.E.S. de acuerdo con el criterio epidemiológico del Ministerio de Sanidad, 99 tienen diagnóstico durante el día anterior.

Desde ayer se han producido 163 altas hospitalarias, 12.410 en total y los decesos en hospitales de la Comunidad han sido veintisiete, de manera que el acumulado de defunciones alcanza las 2.697 personas fallecidas.

En Soria, han fallecido dos personas más por Covid en el centro hospitalario, que suma ya 137 decesos desde el inicio de la pandemia.

Los casos confirmados acumulados se elevan a 4.108, desde el inicio de la pandemia, tras sumar los 41 de la última jornada.

La Comunidad ha decretado un toque de queda que comienza a las diez de la noche y se extiende hasta las seis de las mañana del día siguiente, circunstancia que supone la limitación parcial y temporalmente la libertad de circulación de las personas en la Comunidad castellana y leonesa, por motivos muy graves de salud pública ( Acuerdo 73/2020, de 23 de octubre, de la Junta de Castilla y León ).

El Acuerdo aprobado por el Consejo de Gobierno de la Junta, ya en vigor, establece, entre otras cuestiones, medidas y excepciones, que únicamente se podrá circular por vías y espacios públicos para la realización de las siguientes actividades, siempre de forma debidamente justificada: adquisición de productos farmacéuticos y de primera necesidad; asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios; desplazamiento al lugar de trabajo para efectuar su prestación laboral, profesional o empresarial; asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables; por causa de fuerza mayor o situación de necesidad; cualquier otra actividad de análoga naturaleza que habrá de hacerse individualmente, salvo que se acompañe a personas con discapacidad o por otra causa justificada; y retorno al lugar de residencia habitual, tras haber realizado las actividades anteriores.

Durante ese período de toque de queda establecido entre las diez de la noche y las seis de la mañana del día siguiente, en todo el territorio castellano y leonés se permitirá únicamente la circulación de vehículos particulares por las vías de uso público para la realización de las actividades anteriormente referidas o para el repostaje en gasolineras y estaciones de servicio.

La circulación de vehículos por carretera y viales que transcurran o atraviesen el ámbito territorial de Castilla y León estará permitida siempre y cuando tengan origen y destino fuera del mismo.

En todo caso, en cualquier desplazamiento permitido efectuado durante esas horas, deberán respetarse las órdenes y obligaciones dictadas por las autoridades sanitarias.

 

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