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Urgen al alcalde para intervenir en Club de Golf

Algunos accionistas han registrado recientemente en el Ayuntamiento de Soria un escrito en el que piden al alcalde Carlos Martínez que intervenga el Club de Golf Soria, S.A., por entender que no se han cumplido las condiciones del convenio firmado el 13 de mayo de 1999 entre el Ayuntamiento de Soria y la Fundación Golf Tierras de Soria.

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Con fecha 19 de febrero ya habían indicado en otro escrito que en ninguna parte del convenio se autorizaba ningún tipo de subarriendo a la fundación y que además se trataba de un campo municipal y público, lo que contradice según los escritos la actividad privada que se ha desarrollado más de 20 años.

La Fundación de Golf Tierras de Soria fue constituida ante el notario de Soria Sebastián Rivera Peral el 6 de julio de 1998, cuyo reconocimiento e inscripción se realizó mediante Orden de la Consejería de Educación y Cultura de la Comunidad de Castilla y León presidida por el Partido Popular de 2 de noviembre de .998, publicado en B.O.CyL. el 11 de noviembre 1998.

El Club de Golf Soria, S.A. se constituyó ante notario Javier Delgado el 23 de noviembre de 1998.

El Ayuntamiento de Soria cedió los terrenos que ocupa el campo de golf en el monte y dehesa de Pedrajas el 13 de mayo de 1999, siendo alcalde el popular José Javier Jiménez Vivar.

El mismo 13 de mayo de 1999 se firma un contrato de colaboración entre la Fundación de Golf Tierras de Soria y el Club de Golf Soria. S.A.

Los accionistas han expresado ahora al actual alcalde su extrañeza ante la falta de documentación y le han pedido que intervenga el campo de golf y que de no hacerlo se dirigirán a la fiscalía para que lo haga.

Todo esto se produce a menos de un mes de la obligada Junta General de Accionistas que se celebrará el próximo 9 de junio.

A continuación reproducimos el texto integro registrado en el Ayuntamiento al que ha tenido acceso El Mirón de Soria.

AL EXCMO. SR, ALCALDE DEL AYUNTAMIENTO DE SORIA D, CARLOS MARTÍNEZ MÍNGUEZ

Sr, Alcalde.

Los abajo firmantes  accionistas del Club de Golf Soria, S. A., solicitamos en su día la documentación correspondiente referente a la cesión para la construcción de un campo de golf en terrenos propiedad del Ayuntamiento a la Fundación Golf Tierras de Soria.

Recogida, la documentación, nos encontramos con la sorpresa qué únicamente nos  entregan el convenio que ya estaba en nuestro poder, sin ninguna explicación más, salvo que es la única documentación que tiene el Ayuntamiento. Lo que no deja de ser sorprendente e incomprensible.

Dado que entre otras cosas, dos de las clausulas  dicen:

     “Sexta: El campo será de titularidad municipal y tendrá carácter público, sin otras limitaciones que las que imponga su grado de ocupación.”

     “Décima: Causas de resolución. El Ayuntamiento de Soria podrá resolver el contrato por las siguientes causas:

      “El grave incumplimiento de las obligaciones contraídas en el presente convenio”.

       Dada la escasa documentación, que muy extraña e incomprensiblemente el Ayuntamiento tiene sobre este asunto le recordamos lo ya dicho en nuestro primer escrito. Y es que el convenio no permite el subarriendo. 

 Por lo expuesto:

SOLICITAMOS;

Que dadas las circunstancias y con la documentación que se tiene y en aras del interés municipal y  público el  Ayuntamiento intervenga el campo de golf de Soria ya que entendemos se trata de  un campo municipal y público, donde se está practicando una actividad  privada y por donde han pasado en estos años según nuestros cálculos 12 millones de euros, o sea dos mil millones de las antiguas pesetas lo que podría contradecir su carácter público y municipal. Y no solo no se han cumplido las  obligaciones contraídas en el convenio si no que en nuestra opinión se han vulnerado flagrantemente.

Se nos informe si desde el inicio del convenio el Ayuntamiento y a lo largo de todos estos años,  ha transferido algún importe a la Fundación de Golf Tierras de Soria y su importe.

Finalmente señalar que en caso de que el Ayuntamiento que Vd. preside no intervenga el Club de Golf Soria, S.A. como entendemos procede, después de la lectura atenta de convenio y contrato (contrato entre la Fundación y la S.A. que extrañamente no tiene), en el plazo de 20 días, no  nos deja otra alternativa que dirigirnos  a la fiscalía para que lo haga y al Juzgado si procede.

Queremos informarle, pues como ve vamos de cara, que dado que estamos inmersos en procesos judiciales es muy posible la solicitud de su comparecencia como testigo en estos procesos judiciales dada su implicación consciente por su cargo de alcalde.

Es Justicia que instamos en Soria, a 10 de mayo de 2022

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