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TRIBUNA/ Un test municipal con el Cerro de los Moros

Ricardo Mínguez Izaguirre, doctor Ingeniero de Caminos y urbanista, también se posiciona en contra de la posible urbanización del Cerro de los Moros, un paisaje cultural cantado por Machado. Éstas son sus razones.

TRIBUNA/ El Cerro de los Moros: un test al Ayuntamiento

Todos los amantes de la poesía de Antonio Machado conocemos y nos emocionamos al contemplar o recorrer los espacios que el poeta inmortalizó en sus versos. La Administración ha reconocido como Bien de Interés Cultural la “Margen Izquierda del Duero”  en el tramo que mejor inspiró a Machado, y lo mismo hizo con el bello “Castillo”, parque tan querido por los sorianos. No es preciso insistir en la idea de que ambos espacios y su entorno natural constituyen una unidad que debiera ser- y haber sido- inviolable por los impulsos depredadores de la especulación inmobiliaria (y nada tan barato como una acertada calificación en el oportuno PGOU-Plan General de Ordenación Urbana-). Por suerte, ambos espacios y su entorno paisajístico natural, dos de cuyos hitos son sin duda el Cerro de los Moros y las laderas del Castillo, se han mantenido prácticamente en su estado natural, sin que las máquinas de ese mal llamado progreso los hayan mejorado mediante su urbanización y el florecimiento de feos y asociales edificios.

 Pero parece que es llegado el momento de atacar este reducto de cultura y belleza que aún permanece en Soria. Los propietarios de los terrenos del Cerro de los Moros han presentado un proyecto de Modificación Puntual del PGOU consistente, en esencia, en definir una nueva ordenación del sector previa a la redacción del Plan Parcial que consolidaría por otros 8 ó 10 años su ordenación urbanística, con la inclusión de 1361 viviendas- en bloques- (unos 4.000 nuevos vecinos), además de los preceptivos equipamientos (éstos en la ladera del Castillo), y una estrafalaria red de vías de elevada capacidad contrarias a cualquier manual de planificación urbana y alumbradas por alguien que no conoce Soria ni siquiera en planos (y que una de las cuales, amén de no ir a ninguna parte, supone un atentado contra esas márgenes del Duero y las laderas del Castillo).

 Es cierto que el PGOU de Soria de 2006 ya calificó estos terrenos como urbanizables con unas asignaciones estimadas y acotadas de edificabilidad (en todo caso con un 30% de viviendas unifamiliares, que el proyecto ahora presentado pretende transformar en colectivas, y un 30% de vivienda de Protección Pública que el proyecto actual plantea reducir al 20% ¡por falta de demanda en Soria de este tipo de viviendas!) Pero estamos en 2020 y en los 14 años transcurridos desde 2006 ni se ha aprobado ningún instrumento de planeamiento o  desarrollo del sector (aunque sí hubo un intento fallido en 2010- con el PSOE gobernando con mayoría absoluta- que ya le partió el corazón al concejal de Urbanismo y que, aún así, no tuvo mayor problema en apoyar el proyecto entonces presentado por la propiedad del suelo, proyecto muy similar al que ahora se tramita),  ni el Ayuntamiento del PSOE ha promovido la modificación del PGOU que evitara la tropelía que significaría la urbanización de estos terrenos ni, que se sepa, tampoco ha intentado la negociación con los propietarios del suelo para ese fin. (Sí que hubo un intento fallido en 2010- con el PSOE gobernando con mayoría absoluta- que ya le partió el corazón al concejal de Urbanismo y que, aún así, no tuvo mayor problema en apoyar el proyecto entonces presentado por la propiedad del suelo, proyecto muy similar al que ahora se tramita).

 Ante el clamor popular y del mundo de la Cultura en prensa y radio al conocerse la tramitación del proyecto de modificación del PGOU sin que el Ayuntamiento haya dado publicidad al mismo, Alcalde y concejal de Urbanismo han reaccionado con unas intempestivas y destempladas declaraciones en defensa de los intereses de la propiedad del suelo; declaraciones absolutamente carentes de razón, ya que sus únicos argumentos han sido: a) las multimillonarias indemnizaciones que supondría no aprobar el proyecto (más adelante se demuestra que es justamente lo contrario; aprobarlo es lo que abriría esa posibilidad), b) las importantes mejoras del PGOU que el proyecto supone desde el punto de vista paisajístico (con unos criterios como mínimo infantiles, como luego se verá), c) que el Ayuntamiento no puede aprobar nada en contra de las leyes (sólo faltaría; pero lo que parece olvidar es que su trabajo debiera consistir en aplicar esas leyes en bien de la colectividad y del municipio, y no para mejor vestir los intereses privados cuando tan dañinos son para ese bien general) y d) que en 2006 la ciudadanía les dejó solos en su oposición al PGOU (olvidando la mayoría absoluta del PP en aquella ocasión y los intereses que este partido siempre ha defendido, y sobre todo que desde marzo de 2007 el PSOE tiene la mayoría absoluta, con unos principios que hacen suyas la transparencia y la participación ciudadana, pero que, en este caso, brillan por su ausencia. Particularmente no recuerdo ninguna campaña del PSOE en 2006 para recabar la oposición ciudadana al proyecto).

 En lo que sigue se abordan, con el mejor espíritu constructivo y para aportar alguna luz sobre cómo podría el Ayuntamiento de Soria ganarse de nuevo el reconocimiento de la ciudadanía, los aspectos clave del problema, y se apuntan los posibles caminos para solucionarlos en beneficio del patrimonio cultural de la ciudad y, en consecuencia, por la trascendencia del tema, de la cultura universal.

LOS OBJETIVOS

 Cualquier iniciativa municipal debe tener como objetivo principal liberar del riesgo de urbanización (mediante la calificación como suelo rústico en el PGOU) los terrenos que deban considerarse entorno paisajístico natural de las riberas del Duero en el tramo del paseo de San Saturio, esto es, las laderas Este, Sur y Oeste del Castillo y la totalidad del Cerro de los Moros, desde la falda del Castillo hasta, como mínimo, la senda de Valobos que lo bordea por el Oeste.

 Consecuencia de lo anterior sería la revisión de la supresión de la vía de alta capacidad que atraviesa la ladera del Castillo y que termina en ninguna parte (porque eso significa su aterrizaje, previsto en el PGOU, en una calle local como es San Juan de Muriel).

 Por supuesto que debe intentarse un acuerdo con la propiedad de los terrenos, pero siempre con la fuerza que la ley otorga al Ayuntamiento, y, por ende, no plantearse compromisos económicos públicos lesivos para los futuros presupuestos municipales.

LAS RAZONES

 Abundan los argumentos para algo tan obvio desde múltiples puntos de vista. Son razones culturales (en las que no es preciso insistir), paisajísticas (con la visión que una mínima sensibilidad, apoyada en el sentido común, facilitaría; ¿cómo puede argumentarse, sin sonrojarse, que se protege el paisaje porque desde la ermita de San Saturio no se verán los futuros edificios? ¿O que desde el Castillo se seguirá viendo como ahora la ermita? El paisaje es algo más que esas patochadas fruto de la insensibilidad y la ignorancia, y no se haga el juego deshonesto de limitarlo a la vista con orejeras de o desde San Saturio: lo que está en juego es todo el estuche natural que rodea al Duero en el tramo ya declarado Bien de Interés Cultural y que, desde luego, incluye para expertos y sencillos ciudadanos el Cerro de los Moros y el Castillo con sus laderas, de igual forma que la Sierra de Santa Ana, el Monte de las Ánimas o el Sotoplaya). Razones arqueológicas (parece mentira que el Ayuntamiento olvide las recientes excavaciones arqueológicas en la ladera Sur del Castillo, con el hallazgo de unos enterramientos y un probable barrio judíos extramuros de la ciudad; este solo hecho sería suficiente para paralizar cualquier intento de consolidar los terrenos inmediatos como urbanizables).

Razones urbanísticas de todo tipo(¿un nuevo barrio para 4.000 vecinos en lo que seguiría siendo un fondo de saco de un barrio que ya tiene graves carencias de accesibilidad y movilidad? La expansión de Soria está en el Oeste; en esa zona se concentra el esfuerzo urbanizador público y privado, es viable la integración en la trama urbana, el terreno es más favorable por su suave topografía, el coste de los sistemas generales mucho menor en consecuencia…) Y razones legales, que se entiende que la iniciativa privada trate de ignorar, pero no que el Ayuntamiento las olvide cuando debieran ser la base de sus desvelos: el Reglamento de Urbanismo de Castilla y León obliga- artículo 84- a que “el PGOU debe…a) Catalogar todos los elementos del término municipal que merezcan ser protegidos, conservados o recuperados por sus valores naturales o culturales presentes o pasados  …”. 

 ¿Necesita más razones el Ayuntamiento de Soria para abordar la modificación del PGOU en este sector? Más adelante se detalla también el sustento legal para hacerlo sin traumas cardiacos.

EL AYUNTAMIENTO

El gobierno municipal está en manos de un partido político que se presenta y se supone independiente del poder económico, en este caso inmobiliario (aunque parece ser que con largos tentáculos en Administraciones, medios de comunicación y corrupción política). “La honradez, la transparencia y la participación ciudadana” nos dicen, son sus señas de identidad. ¿Qué consideración merece a sus dirigentes el clamor ciudadano que reclama la paralización y corrección de tamaño desvarío urbanístico y cultural? No basta con tener el corazón partido cuando se gobierna; hay que abordar el problema con manos, pies y cabeza puestos al servicio del bien de la ciudad y no en el ciego respeto a unos más que dudosos  derechos de los propietarios del suelo.

 Cuando los máximos responsables municipales se lamentan por la falta de participación y apoyo popular en 2006, olvidan que en el 2010 (ya con mayoría absoluta del PSOE) se aprobó inicialmente por el Ayuntamiento una propuesta similar a la actual- que finalmente no se aprobó por la Junta de Castilla y León- y que el período de información pública se encajó, “casualmente”, en los meses de julio y agosto, coincidiendo con las vacaciones veraniegas de la mayoría de la población. Eso sí, con el corazón partido.

 Y si, como ahora trasciende, en 2005 se firmó por el Ayuntamiento del PP un convenio urbanístico con los propietarios del suelo de contenido descaradamente lesivo para los intereses municipales y que afectaría a la misma legalidad de la calificación del Cerro de los Moros como suelo urbanizable, ¿dónde estaban los ahora máximos responsables del urbanismo para denunciarlo ante la ciudadanía e impugnarlo a partir de su victoria electoral en 2007?

 Ahora se presenta probablemente la última oportunidad para que el Ayuntamiento de Soria inicie las actuaciones precisas para revertir aquel monumental error del PGOU y recupere la confianza de los sorianos en su honesta gestión. Para ello cuenta con las necesarias herramientas jurídicas, técnicas y políticas.

LA LEY

 El único tema que requiere un concienzudo análisis de sus implicaciones legales es la posibilidad que el Ayuntamiento tiene de aprobar una modificación del PGOU y el posible derecho a indemnización de los propietarios del suelo afectados. Los instrumentos que contestan  a la cuestión son tres: el propio PGOU, la Ley del Suelo y Rehabilitación Urbana (LSRU)  y el Reglamento de Urbanismo de Castilla y León (RUCYL):

 La Ficha del PGOU para esta actuación (SUR-D-S4-R) fija un plazo de 8 años para “establecer la ordenación detallada” del sector, lo que debe hacerse mediante la redacción y aprobación de un Plan Parcial (PGOU y artículos 101 y 137 del RUCYL). Este es el primer y principal deber urbanístico de la propiedad del suelo (artículo 48 del RUCYL): la redacción del Plan Parcial y del consiguiente Proyecto de Urbanización, así como la posterior ejecución de las obras de urbanización. Sin el cumplimiento de lo anterior en los plazos establecidos decae por completo el derecho a indemnización por los posibles cambios en la ordenación urbanística (PGOU) que realizara la Administración. En este sentido son contundentes tanto la LSRU en su artículo 48 a) como el RUCYL en su artículo 13: “sólo hay derecho a indemnización cuando se modifique el planeamiento urbanístico antes de que transcurran los plazos establecidos en el PGOU para cumplir los deberes urbanísticos exigibles”.

 En este caso han transcurrido 14 años sin que los propietarios del suelo hayan cumplido ni siquiera con el primer paso de presentar un Plan Parcial para el desarrollo del sector con una ordenación detallada.

 La doctrina jurídica al respecto es tajante: para que haya derecho a indemnización por modificación de la ordenación del PGOU en suelo urbanizable (que es el caso) tiene que haberse concluido la fase de aprobación del planeamiento preciso para que pueda iniciarse la ejecución urbanística (Plan Parcial en el caso del Cerro de los Moros) y, además, haber comenzado ésta de modo efectivo, tanto en el plano jurídico como en el material. Más claro, agua. Es decir, a fecha de hoy el Ayuntamiento puede modificar la ordenación del sector del Cerro de los Moros en el PGOU sin generar por ello ningún derecho a indemnización a la propiedad del suelo.

 De otro modo, esos pretendidos derechos -sin actuación alguna para desarrollar lo que el PGOU autorizó hace 14 años- harían inviables indefinidamente tanto las correcciones de la ordenación de la ciudad como la ejecución  de la misma por otros actores. El sentido común, en este caso al menos, va de la mano con la Ley.

 ¿Dónde están  las razones de Alcalde y concejal de Urbanismo para lanzar la bomba de que modificar el planeamiento urbanístico podría costarle al Ayuntamiento más de 40 millones de euros? No, señores, el Ayuntamiento no puede hacer nada ilegal, naturalmente, pero sí está obligado a hacer lo que es legal en defensa de los intereses de la ciudad. Intereses que en principio son culturales, pero que sabido es el efecto económico multiplicador que estas actuaciones generan.

LAS POSIBILIDADES

Es cierto pues, que a día de hoy el Ayuntamiento tiene toda la fuerza legal necesaria para modificar la calificación del suelo en el Cerro de los Moros, transformando en suelo rústico la parte que defina como entorno paisajístico-cultural inalterable de la margen izquierda del Duero, sin generar por ello ningún derecho indemnizatorio a los propietarios de esos terrenos.

 También es cierto que el inmediato interés del Ayuntamiento una vez cambiada la calificación urbanística, sería que esos terrenos pasasen a ser de titularidad pública, para garantizar así su óptima conservación y el libre acceso a los mismos de los sorianos.

 Como también es cierto que el Ayuntamiento no ha iniciado en los últimos 14 años –ó 13 con mayoría absoluta del PSOE en el Consistorio- ninguna actuación en ese sentido, lo que aconsejaría impulsar de inmediato un proceso de negociación con la propiedad del suelo que permitiera alcanzar un acuerdo razonablemente satisfactorio para ambos actores, y que podría plantearse sobre las siguientes bases:

I.- Retirada de la propuesta de Modificación puntual del PGOU presentada por la propiedad del suelo o denegación de su aprobación por el Ayuntamiento.

II.- Definición del “Entorno paisajístico-cultural inalterable de la margen izquierda del Duero en el Cerro de los Moros y las laderas del Castillo” y recalificación como rústicos de los terrenos incluídos mediante una modificación del PGOU de iniciativa municipal.

III.- Reordenación de parte de los aprovechamientos urbanísticos en los terrenos del actual sector SUR-D-S4-R que no se incluyeran en el anterior Entorno paisajístico-cultural, con estrictas limitaciones de densidad de población y altura de edificios.

IV.- Supresión del vial planeado por la ladera del Castillo mediante una modificación del PGOU de iniciativa municipal y redacción de un Estudio de Detalle de la nueva calle de enlace con la zona de Los Pajaritos, facilitando su conexión con la calle Eduardo Saavedra, y a costear por la propia urbanización de la zona., ya que sin esta vía la nueva urbanización carecería de accesos suficientes.

V.- Suscripción de un Convenio urbanístico, con luz y taquígrafos, que recoja los anteriores puntos y la permuta de suelo público por la parte que se acuerde de los derechos urbanizadores vencidos y no cubiertos en el punto III.

 Es claro que con las armas legales de que dispone el Ayuntamiento la anterior propuesta es sumamente generosa con la propiedad de los terrenos, que, en caso de no aceptar esa negociación, sabe que se vería abocada a una simple, pura y dura y gratuíta recalificación como rústicos de los terrenos del sector.

 Y por parte del Ayuntamiento ahí está el puente para ponerse claramente del lado de la ciudadanía y del patrimonio cultural de Soria, abandonando sin ningún rubor el papel de aparentes palafreneros de la propiedad de unos suelos que hoy día valen lo que el Ayuntamiento quiera que valgan.

EL FUTURO

 ¡Qué hermosa oportunidad para ir armando ese obligado gran Parque del Duero Antonio Machado que ya propuse en sendos artículos publicados en el Heraldo de Soria en diciembre pasado (días 21 y 24)! Entonces se proponía el Cerro de los Moros y terrenos próximos como pieza fundamental del mismo, creando allí el Parque –rústico- Gerardo Diego. Desgraciadamente no ha habido ninguna respuesta  del Ayuntamiento a esa propuesta, y el tiempo ya se ve que juega en contra de lo cultural y de lo público.

 Si el Ayuntamiento de Soria no actúa ahora con determinación para preservar el Cerro de los Moros de la insaciable ambición urbanizadora de ciertos emprendedores, se perderá, quizás definitivamente, la posibilidad de hacerlo en el futuro, para asombro de las futuras generaciones, que verían con espanto ese gravísimo atentado al paisaje y a la memoria de Antonio Machado, que, con sus versos, lo hizo universal, mientras, al no encontrar las poderosísimas razones que lo justificaran en su momento, exclamarían en sus corazones: “algo huele a podrido en el Cerro de los Moros”.

Hagamos ahora, con el Ayuntamiento de Soria a la cabeza, imposible esa traición a lo mejor que conserva nuestra ciudad: su patrimonio paisajístico y cultural.

Fdo: Ricardo Mínguez Izaguirre. Doctor Ingeniero de Caminos. Urbanista

 

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