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USO advierte de posible ilegalidad si el Ayuntamiento aprueba nueva RPTs

La Unión Sindical Obrera (USO) ha advertido hoy de la posible ilegalidad que podría cometer el Ayuntamiento de Soria si mañana viernes, en el pleno, aprueba la Relación de Puestos de Trabajo (RPTs). Por ello ha solicitado la retirada de este punto del orden del dia.

La Unión Sindical Obrera ha registrado una solicitud recordando al Ayuntamiento de Soria que en fecha 26 de noviembre se convocó mesa de negociación para el  martes 3 de diciembre  con arreglo al siguiente orden del día;

 1 Relación de Puestos de Trabajo.

2 fichas de funciones de Personal. Esta convocatoria incluye, para tratar el mismo día, 35 asuntos diferentes, circunstancia muy alejada de la lógica ordenada de un proceso de negociación serio, riguroso y garantista.

En fecha 28 de noviembre se recibió un correo adicionando una ficha de “educador familiar” solicitando por parte de la Presidencia de la mesa la incorporación de tres actas que, ante la ausencia de concreción sobre su debate e hipotética aprobación, presumiendo desde USO que eran meros borradores para su estudio previo.

Esta propuesta de orden del día adicionó cuatro asuntos más.

En esta convocatoria los sindicatos se negaron a aprobar unas actas de anteriores reuniones, con una evidente redacción de parte, que no hacían honor a la verdad, omitían las aportaciones de varios de los presentes y sólo pretendían dar forma de negociación a unos encuentros en los que la empresa se negó a valorar ni asumir ninguna propuesta sindical, omitiendo deliberadamente la aportación ffundamental de documentación reclamada por los sindicatos, elemental para abordar un complicado proceso de negociación donde jamás se negoció nada, ha señalado el sindicato.

Pese a la insistencia sindical sin embargo, esta convocatoria no incluyó el estudio de la empresa DEMOS, que sirvió en su día para valorar los puestos de trabajo.

"Documento fundamental, que la empresa debía poner a disposición de la parte social para arrancar un proceso de negociación serio que abordara la actualización de la nueva RPT, que debía responder a las necesidades municipales actuales, acompañada de una nueva valoración de todos los puestos de trabajo y tras esta, la oportuna adaptación del manual de funciones. Y no al revés", ha reiterado.

USO advirtió que si se pretendía abordar un proceso distinto al que afecta a la RPT, como puede ser el que afecte a la revisión del “manual de funciones” que renueve o sustituya al vigente desde 2005, debía hacerse de manera posterior a la concreción del futuro nuevo desglose de los complementos específicos, dotando al proceso de un rigor sistemático que bien pudiera haberse distribuido por áreas o servicios, requerimiento sindical al que la empresa hizo caso omiso.

Sin negociación

Se hizo constar que si bien se convocó en cuatro ocasiones mesa de negociación con un único punto denominado RPT, en ningún momento se ha materializado negociación de ningún tipo, pretendiendo la empresa que la parte social “detectara” exclusivamente “deficiencias”, negando en todo momento la documentación solicitada por las organizaciones sindicales, al objeto de actualizar el contenido de las plazas y puestos de trabajo, así como la actualización de retribuciones, al objeto de confeccionar el futuro Presupuesto.

De estos encuentros, hasta el pasado 28 de noviembre, ni siquiera se había evacuado acta, pese al requerimiento sindical, no habiendo participado en ellos vocal o miembro alguno de los partidos de oposición municipal, quedando circunscrita la presencia de la empresa a diversos concejales y asesores del equipo de gobierno.

Desde USO, ante las reticencias supuestamente legales sobre la creación de nuevos puestos de trabajo, se ha insistido en la necesidad de abordar un Plan de Empleo que permitiera dimensionar todos los servicios municipales. USO propuso además, por escrito, el dimensionamiento expreso del Departamento de Personal para poder abordar la solución de la profusa problemática de personal. Propuesta que Éder García desestimó por considerarla “inviable”.

El mismo concejal sorprendió a los presentes a esta “mesa de negociación” con el anuncio de la creación de 20 nuevos puestos de trabajo que consideró “estructurales”. Decisión que se contrapone con la misma legalidad que parecía impedir atender otras propuestas sindicales en el mismo sentido, previa negociación de un Plan de empleo.

La mayor parte de estas nuevas plazas pretenden fijar en la nueva RPT los servicios que ha venido prestando desde hace escasos años una Fundación dentro del Área de Acción Social, declarando estas plazas, sorpresivamente, de carácter estructural.

LLama la atención de USO que la empresa, sin embargo, no demuestra la misma sensibilidad a la hora de declarar de carácter estructural, por ejemplo, puestos de trabajo prestados de manera externa y desde hace muchos más años, relacionados con la atención de los Cines Mercado, Palacio de la Audiencia, o de sus propios servicios de Deportes, Parque y Jardines o el laminado almacén municipal, donde el refuerzo de los servicios de electricistas o fontanería ni está ni se le espera, consolidando a un tiempo el desguace de los servicios propios y la futura ampliación del recurso a los contratos mediante ETTs en el Ayuntamiento de Soria.

El Ayuntamiento de Soria hace además caso omiso y demuestra una nula sensibilidad, a la hora de respetar en la propuesta de RPT lo previsto para la reserva en la futura oferta de empleo público de “al menos un 7 por ciento para personas con discapacidad, de acuerdo a la legislación vigente…”

Tras el despropósito generalizado de la inefable gestión del Área de Personal, según manifiesta en prensa el propio concejal delegado, Éder García, parece motivar la amenaza de aprobar “manu militari” una RPT que necesita “un cambio intenso” y que “no necesita contar con consenso alguno con la parte sindical”.

Sobre estas afirmaciones del aludido concejal, desde USO advertimos que diversas sentencias de la Sala de lo contencioso Admo del Tribunal Supremo, de las que se deriva la oportuna Jurisprudencia, determinan la obligación de negociar las condiciones de trabajo implícitas en una Relación de Puestos de Trabajo que, en el caso del Ayto de Soria, pretende mantener para 2025 las imperantes desde el lejano 2003, año en que se realizó un estudio, desglose y valoración de los complementos específicos del personal municipal.

Con independencia de la “potestad de auto organización” del Ayuntamiento de Soria, el Estatuto Básico del Empleado Público impone la obligación de negociar, primero y de hacerlo de “buena fe”, después, las materias que afecten y repercutan en las condiciones de trabajo del personal, así como “las normas que fijen los criterios generales en materia de acceso, carrera, provisión, sistemas de clasificación de puestos de trabajo y planes e instrumentos de planificación de recursos humanos”.

La Jurisprudencia sobre el tema determina que la vulneración del articulo 28 de la CE en relación al 37 y 103.3 de la propia CE y 27.2ª del EBEP determinan la nulidad de pleno derecho de una RPT que no ha sido negociada en momento alguno, vulnerando derechos fundamentales, como lo es el derecho a la negociación colectiva, de la representación del personal a nivel sindical y de órganos de representación del mismo.

La USO sigue a la espera de ser convocada por la empresa aportando previamente la documentación solicitada, habiendo advertido que el afán por aprobar en Ayuntamiento Pleno una RPT que no ha sido negociada determinaría la impugnación y judicialización del acto y en consecuencia ha solicitado del Ayuntamiento de Soria lo siguiente;

La retirada del Orden del Día la aprobación de las RPTs del Ayuntamiento de Soria, devolviéndolas a la mesa de negociación, instruyendo al concejal delegado en su obligación legal y moral de negociar en base al más elemental principio de buena fe.

La abstención del Ayuntamiento de Soria de aprobar modificaciones o implementaciones del vigente “manual de funciones” del personal municipal, al objeto de poder concretarlas tras la negociación de la futura RPT y la correspondiente valoración de puestos.

Que la empresa facilite el informe que avale la decisión unilateral del carácter estructural de las nuevas plazas anunciadas y los criterios de primacía respecto a otros puestos que no han merecido la misma condición, pese a haber prestado servicio de manera regular para el propio Ayuntamiento desde hace mucho más tiempo.

Que se proceda a concretar la Oferta de empleo de 2024, que debe tener un carácter masivo y que debe afectar especialmente a todas las vacantes de las áreas del almacén municipal, parques y Jardines, Deportes y servicios administrativos del Ayuntamiento de Soria, posibilitando además la promoción vertical y horizontal del personal funcionario o laboral fijo. Todo ello contemplando el respeto del mínimo de 7% para personas con discapacidad, de acuerdo a lo estipulado en el vigente Acuerdo/Convenio de Personal.

Finalmente ha insistido en que facilite a la mesa de negociación el aludido estudio de la empresa DEMOS como paso previo al establecimiento efectivo de un proceso de negociación sobre la futura RPT del Ayuntamiento de Soria.

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