TRIBUNA / ¿Desidia municipal o trato de favor?
La concejala de Ciudadanos, Mª Ángeles Morales, critica en este artículo de opinión la actuación del equipo socialista de Gobierno en el edificio Los Pajaritos II, donde parece dispuesto a dar legalidad a la quinta planta que se construyó sin licencia.
El PP rechaza modificación para edificio "Los Pajaritos II"
Nuevos formatos en Jornadas de Novela Histórica
TRIBUNA / ¿Desidia municipal o trato de favor? Posiblemente ambas cosas
Parece ser que el Ayuntamiento de la capital otra vez quiere volver a las andadas con la Modificación Puntual n.º 32 del Plan General de Ordenación Urbana, la que se refiere al Sector conocido como “Pajaritos II”, ese en el que se ha construído un edificio al que le concedieron licencia para hacer 4 plantas de viviendas y resulta que han hecho 5.
Si lo que pretende aprobar ahora el gobierno municipal del P.S.O.E. es la misma modificación del Plan General (M.P.32) para convalidar lo que ya se ha construido de más, la 5ª planta, habrá que recordar que la primera vez que lo intentaron ni siquiera llegó a votarse en el Pleno su aprobación inicial, que fue retirada del orden del día ante el escándalo que supondría seguir adelante con su propósito. En primer lugar porque, como pudo constatarse en aquella sesión plenaria y en días sucesivos, y así lo recogió gráficamente toda la prensa local, la edificabilidad que había utilizado el constructor ya se había incrementado por vía de hecho a plena luz del día y estaba en esa 5ª planta adicional que nadie podía ocultar. Y en segundo lugar porque aprobarla suponía aceptar sin más que la promotora privada de la modificación habría utilizado, sin título jurídico ni legitimidad alguna demostrable, los aprovechamientos urbanísticos del Ayuntamiento en el Sector de “Pajaritos II” en provecho propio para incrementar sus derechos edificatorios. “Por el morro” que diría un castizo.
¿Qué novedades se han producido desde entonces en este asunto, en el ámbito urbanístico que es en el que surgió la polémica?
Pues en realidad ninguna efectiva. Porque, pese al escándalo que supone que un promotor se permita el lujo de construir una planta más de viviendas (la 5ª) por encima de las cuatro que unicamente le autorizó la licencia municipal y que las pusiera a la venta con toda tranquilidad, el Ayuntamiento “arrastrando los pies” se limitó a hacer el simulacro de abrir un expediente administrativo al que dejó caducar por inactividad.
Como la presunta infracción cometida por la promotora aún no ha prescrito, el Ayuntamiento ha vuelto a abrir otro expediente como el anteriormente caducado, aunque probablemente solo para disimular, porque ni siquiera se han tomado la molestia de nombrar un Instructor del mismo.
Exactamente igual que hicieron con el anterior. Mientras, eso sí, ha habido ya un concejal del P.S.O.E. que se ha apresurado a tranquilizar a los compradores de las viviendas de esa 5ª planta.
Lo cual presagia con toda claridad de qué lado están los socialistas y no es precisamente del de la legalidad urbanística infringida.
Hay que reseñar que, pese al eco que tuvo en la prensa este escándalo, las obras del edificio continuaron como si tal cosa. De manera que efectividad, agilidad y compromiso del Ayuntamiento para restaurar la legalidad urbanística, depurar responsabilidades y tramitar un expediente sancionador en lo referente a este edificio, nada de nada.
El promotor continúa por lo tanto haciendo uso ilegítimo (mientras no se demuestre lo contrario) de los aprovechamientos urbanísticos municipales mientras el Ayuntamiento de Soria o hace el “paripé”o mira para otro lado. ¿Trato de favor? ¿Complicidad? ¿Incuria?
Ahora bien, si cualquier otro vecino de Soria acomete una obra doméstica sin importancia, urbanísticamente irrelevante, como reformar un baño o una cocina, retejar, eliminar las escaleras del portal, cerrar un tendedero, pintar una fachada o sustituir unos canalones deteriorados y lo hace sin haberse provisto de licencia municipal o haber efectuado una declaración responsable, pagado antes las tasas y el I.C.I.O. y haber previsto la solución de los escombros y residuos, este mismo Ayuntamiento, a través de sus servicios de inspección y de urbanismo, será implacable. Compruébenlo, dejen un saco de escombros a la puerta de sus casas y recibirán la visita de la policía administrativa municipal.
Pero aquí, en el edificio con una planta de más en el Sector de “Pajaritos II”, parece que no existió la misma diligencia. Aquí, si la Policía Local hizo fotos o informes, alguien parece que decidió que la evidencia gráfica de una planta de más era “papel mojado” y ganas de enredar. Hasta que se celebró el Pleno donde todo iba a empezar a canalizarse satisfactoriamente para los intereses privados y tal vez también para los del gobierno municipal del P.S.O.E.
Surgido el escándalo, alguien quiso justificar la impunidad con la que se continuaba operando y la desidia municipal diciendo que en el Ayuntamiento se tenía el propósito de adquirir cierta finca junto al río Duero, al parecer para escenificar actos relacionados con el Día de las Ánimas.
Ciudadanos quiso averiguar que habría de cierto en semejante excusa y que relación podría tener con el abuso perpetrado en “Pajaritos II” y no pudo hallar nada efectivo.
No había nada que documentalmente sirviera de soporte a aquella pintoresca excusa. La adquisición por el Ayuntamiento de la finca junto al Duero sería, de existir, un procedimiento patrimonial, o de compraventa como el atípico del palacio de Alcántara, o de permuta tal vez por aprovechamientos urbanísticos municipales, pero de ser así tendría que haberse completado y formalizado antes de que un constructor audaz tuviera la desfachatez de explotar en su beneficio aprovechamientos urbanísticos ajenos.
De manera que, salvo sorpresas o expedientes ocultos, hoy por hoy la situación es la misma que cuando se abortó en el Pleno del Ayuntamiento por primera vez la aprobación inicial de la M.P.32 como vía ideada, con la complicidad y la complacencia municipal, para subsanar una presunta ilegalidad urbanística constitutiva de ser considerada, presuntamente, una infracción grave o muy grave.
Llegados a este punto conviene recordar que el Tribunal Supremo abomina de la convalidación de las infracciones urbanísticas mediante el recurso, fácil y cómodo, aunque jurídicamente aberrante, de aprobar modificaciones puntuales del planeamiento para acomodar (el mundo al revés) los contenidos de las normas urbanísticas a las infracciones cometidas.
Claro que si nos miramos en el espejo del Gobierno de la Nación nos llevamos una gran desilusión porque esto es precisamente lo que se ha perpetrado nada menos que con el Código Penal al liquidar el delito de sedición precisamente para beneficiar a ciertos delincuentes condenados por el Tribunal Supremo por ese preciso delito.
Aquí los que proponían aprobar inicialmente la M.P.32 estarían encantados con la supresión del delito de la prevaricación urbanística del artículo 320 del Código Penal o los delitos patrimoniales en los que pudieran estar incurriendo los que, habiéndose apropiado de aprovechamientos urbanísticos municipales con ánimo de lucro, aún no los han devuelto a su legítimo titular que es el Ayuntamiento de Soria.
Habrá que estar atentos a lo que pretenda hacer el P.S.O.E. municipal con este asunto.
Fdo.: Mª Ángeles Morales Garijo.Grupo Municipal Ciudadanos