La prestación extraordinaria beneficia a 1.634 autónomos
En la provincia de Soria 1.634 autónomos ha percibido ya la prestación extraordinaria por cese de actividad o por una reducción de hasta el 75 por ciento de sus facturaciones con respecto a los últimos meses.
La Diputación adapta sus dependencias
La Diputación regala libros a pacientes y personal sanitario
Esta prestación, que conlleva la exoneración de las cuotas de la Seguridad Social de forma temporal, fue aprobada en el Real Decreto-ley 8/2020 de 17 de marzo tras la declaración del Estado de Alarma.
A fecha de 14 de abril, según ha informado este martes el PSOE de Soria, se habían presentado 1.751 solicitudes en la provincia de Soria para poder beneficiarse de estas ayudas que ha concedido el Gobierno de España, de las cuales 57 expedientes han resultado desfavorables, 63 están pendientes de resolver y tan solo uno ha resultado desistido.
Son los datos que ha facilitado el informe de gestión de la prestación que han elaborado las distintas Mutuas que están tramitando esas percepciones y que ha recogido el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.
La cifra de los trabajadores por cuenta propia que se beneficiarán de esta prestación será superior ya que todavía quedan por sumar los expedientes que se resuelvan durante el segundo plazo de pagos que ha previsto el gobierno para finales de esta semana
El PSOE de Soria ha recordado que tiene acceso a ella cualquier trabajador por cuenta propia inscrito en el régimen correspondiente que se vea afectado por el cierre de negocios debido a la declaración del Estado de Alarma o cuya facturación caiga en el mes un 75 por ciento respecto a la media mensual del semestre anterior.
En el caso de algunos colectivos como el régimen agrario o de la cultura y el espectáculo, el periodo de cálculo se adapta a las peculiaridades de esos sectores.
La prestación tiene una cuantía del 70 por ciento de la base reguladora, es decir, un mínimo de 661 euros en el caso de los que cotizan por la base mínima.
El porcentaje nacional de solicitudes resueltas favorablemente alcanza el 88,61 por ciento, con un notable incremento diario que también es generalizado en todas las Comunidades y provincias.
Por sectores, la moda y el ámbito comercial tanto en los negocios al por mayor como por al menor, así como la hostelería copan los mayores porcentajes tanto de solicitudes como de prestaciones resueltas.
Para solicitarla no se exige periodo mínimo de cotización, solo es necesario estar en alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) y hallarse al corriente de pago de las cotizaciones sociales. Además, es compatible con cualquier otra prestación de la Seguridad Social que el solicitante viniera percibiendo, como ejemplo orfandad o viudedad y fuera compatible con el desempeño de la actividad que desarrollaba.
A los autónomos que, bien se les haya concedido la ayuda después de realizar el trámite administrativo del pago de esta primera mensualidad o la hayan solicitado después del día 17 y paguen la cuota de abril, se les devolverá de oficio por parte de la Tesorería General de la Seguridad Social en el caso de que sea concedida.
La ayuda, que tendrá duración de un mes, ampliándose, en su caso, hasta el último día del mes que finalice el estado de alarma, busca proteger la falta de ingresos de los autónomos en esta situación excepcional y contribuir a la supervivencia de su negocio.