El Juzgado desestima el recurso del PP en la Diputación
El juzgado de lo contencioso administrativo de Soria ha desestimado la demanda presentada por el Grupo del Partido Popular que había denunciado que no se había respetado la proporcionalidad en el reparto de los representantes de los diferentes grupos en las comisiones informativas.
La corporación provincial decidió un nuevo reparto de la representación de los grupos en las comisiones informativas el pasado 3 de agosto, tras la marcha del grupo popular de seis de sus once diputados provinciales.
El presidente de la Diputación provincial, Luis Rey (PSOE), ha dado hoy cuenta en rueda de prensa del contenido de la sentencia y ha deseado que el PP no presente ningún recurso a la misma, con el objetivo de dotar de estabilidad a la institución provincial en lo que resta de legislatura.
Rey ha explicado que en el nuevo reparto de los grupos en las comisiones informativas se optó por una solución que mantenía la proporcionalidad del pleno, ya que de lo contrario los ocho diputados no adscritos podrían ejercer su derecho de acudir a todas las comisiones, con lo que se repetiría la composición del pleno, formado por 25 diputados.
El Grupo Popular argumenta en su recurso que el nuevo reparto -dos diputados en cada comisión informativa- restringía sus posibilidades de acción política.
"Con la composición de las comisiones, de 12 miembros tiene dos, lo que supone un 16,6 por ciento. No es ciertamente una plasmación perfecta del pleno -20 por ciento-, pero esto no es exigencia ni legal ni constitucional", señala la sentencia.
Además el juzgado entiende que en el acuerdo adoptado por el pleno de la Diputación el pasado 3 de agosto hubo un "mandato tácito de representación", que no es lo mismo que formar un grupo político, posibilidad prohibida por el pacto antitransfugismo.
"No hay dato alguno en el expediente ni en el procedimiento que permita deducir que no existió consentimiento a la hora de plantear la composición de las comisiones. Y no por ello, insisto, se está dando la consideración de grupo político a los diputados no adscritos, con las consecuencias que la legislación de régimen local atribuye a esta figura", apunta.