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Subvenciones para entidades de mujeres rurales

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Podrán optar a estas ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, las entidades legalmente constituidas como entidades asociativas de mujeres del medio rural, que carezcan de ánimo de lucro y que tengan entre sus actividades habituales la realización de proyectos para la promoción de las mujeres rurales.

Según establecen las bases reguladoras de estas subvenciones, los proyectos deben impulsar el emprendimiento, incorporación y mantenimiento de las mujeres en la actividad económica del medio rural; divulgar las oportunidades que ofrece la Política Agraria Común (PAC) para la incorporación de las mujeres jóvenes a la actividad agraria, y fomentar la titularidad compartida y el acceso de las mujeres a los órganos de gobernanza de las entidades relacionadas con la actividad agraria y el desarrollo rural, entre otros aspectos.

Las solicitudes se podrán presentar en el plazo de 20 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el BOE.

El texto completo de la orden se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.

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