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OCU, contra el "empacho" de anuncios de alimentos no saludables

La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) ha puesto en marcha una campaña para regular la publicidad de alimentos dirigida a menores recogiendo el apoyo de los consumidores.

Las cifras de obesidad infantil son alarmantes en España. El estudio Aladino indica que 4 de cada 10 escolares españoles tienen sobrepeso u obesidad.
 
Para luchar contra esta problemática en 2005 se firmó el código PAOS, un código de autorregulación que pretendía regular la publicidad en cualquier medio o soporte dirigida a los menores de 12 años.
 
El código firmado por la Federación Nacional de Industrias de Alimentación y Bebidas (FIAB), la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición (AESAN) y Autocontrol de la publicidad, obtuvo también la adhesión de las cadenas de televisión y el sector de la restauración y la distribución.

Sin embargo, este acuerdo se ha revelado insuficiente e ineficiente, según ha denunciado la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), quien ha puesto en marcha una campaña en la que pide la regulación no facultativa, si no vinculante, que ayude a prevenir la obesidad infantil atajando los problemas de la presión publicitaria de alimentos de bajo valor nutricional.

A través de esta campaña OCU reivindica una normativa que: 

• Sea de obligado cumplimiento y que regule la publicidad dirigida a menores de 15 años.

• Comprenda diferentes soportes: televisión, radio, internet, cines, apps, soportes publicitarios, patrocinios de eventos, etc. Y no se limite a horarios de especial protección ya que los menores pueden verse expuestos a la publicidad en cualquier momento del día.

• Impida el uso de personajes famosos (reales o de ficción) para la promoción de alimentos, el emplazamiento de producto en series o programas infantiles, las telepromociones y que extienda dicha prohibición a los influencers, debido a la relevancia e influencia que estos tienen sobre los menores.

• Prohíba el uso de cualquier logo de sociedades sanitarias (medicina, enfermería, etc.), en el etiquetado, presentación o publicidad de cualquier alimento dirigido a menores.

• Prohíba la venta de cualquier alimento dirigido a menores que tenga asociados, de manera directa o indirecta regalos, promociones, o cualquier iniciativa ajena a las características intrínsecas del propio alimento que inciten a la compra de este.

• Se base en los perfiles nutricionales como el Nutriscore (prohibiendo la publicidad de alimentos con calificación D y E) lo que supondría que los fabricantes se verían obligados a mejorar el perfil nutricional de sus productos si quieren seguir publicitándolos. Para conocer el perfil nutricional de los alimentos, OCU recuerda que pone a disposición de todos los consumidores la herramienta gratuita  App OCU Market, accesible para todos los consumidores.

Adicionalmente, OCU ha estimado que esta normativa debería ir acompañada de acciones de fomento y promoción de hábitos saludables dirigida a menores, en medios de comunicación y en centros educativos.

 

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