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Junta de Castilla y León

La Junta ayuda a 10.135 contribuyentes en declaración de Renta

La Consejería de Economía y Hacienda ha ayudado a 10.135 contribuyentes en la confección de su declaración de IRPF en toda la Comunidad Autónoma, frente a la asistencia prestada a 9.051 contribuyentes en la campaña del año inmediato anterior, lo que supone un incremento del 11,98 por ciento.

 

Para ello, la Junta ha contado con 43 técnicos que han prestado este servicio de forma itinerante en 81 municipios del ámbito rural de la Comunidad.

La Junta de Castilla y León, para facilitar a los contribuyentes de la Comunidad la confección de las declaraciones del IRPF, en especial a las personas mayores y beneficiarios de deducciones autonómicas, ha colaborado un año más con la Agencia Tributaria en la prestación de servicios de ayuda y asistencia en el mundo rural. Se trata de una colaboración que se viene desarrollando de forma ininterrumpida en los últimos 25 años, en concreto desde 1998.

Dentro de la Campaña de Renta 2022, que se inició el pasado 11 de abril con la presentación de las declaraciones por internet, la Comunidad de Castilla y León ha prestado atención a los contribuyentes para la confección y presentación de su declaración de Renta a lo largo de todo el mes de junio, en el marco de la campaña presencial iniciada del 1 de junio.

El servicio prestado por la Junta ha consistido en la confección de declaraciones a través del sistema Renta Web; en la atención de todo tipo de consultas formuladas por los contribuyentes relativas a los distintos tipos de declaraciones de renta; y en informar de las deducciones autonómicas propias de Castilla y León.

Por provincias, las declaraciones realizadas son las siguientes: Ávila 715; Burgos 1.843; León 2.519; Palencia 755; Salamanca 722; Segovia 678; Soria 1.038; Valladolid 1.242; y por último, Zamora 623 declaraciones.

DEDUCCIONES AUTONÓMICAS EN EL IRPF

I.- Fiscalidad favorable para la natalidad y la familia

Las familias que residen en Castilla y León se pueden beneficiar de las siguientes deducciones autonómicas:

A.- Para la natalidad y/o la adopción

1.- Deducción por nacimiento o adopción en el IRPF: las familias que tengan un hijo podrán deducirse 1.010 euros por el primero, 1.475 euros por el segundo y 2.351 euros por el tercero y siguientes.

2.- Deducción por nacimientos o adopciones múltiples o simultáneos en el IRPF: en este caso, las cuantías anteriores se incrementarán un 50 % si son de dos hijos y en un 100 % si son de tres o más. Adicionalmente podrán aplicar 901 euros en los dos ejercicios siguientes al nacimiento o la adopción.

3.- Deducción por gastos de adopción en el IRPF: Resultarán aplicables 784 euros para sufragar los gastos de adopción nacional y 3.625 euros si fuera una adopción internacional.

B.- Para las familias con algún miembro con discapacidad

4.- Deducción por discapacidad del contribuyente en el IRPF: 300 euros o 656 euros, en función del grado de discapacidad y de la edad que tenga.

5.- Deducción por nacimiento o adopción en el IRPF para familias con un hijo con discapacidad: se duplicarán las cuantías por nacimiento o adopción que correspondan.

6. Deducción por adaptación de la vivienda habitual a personas con discapacidad: podrán deducirse el 15 % de lo invertido con un máximo de 20.000 euros

C.- Para la familia numerosa

7.- Deducción por familia numerosa en el IRPF: 500 euros con carácter general o 1.000 euros si alguno de los miembros tiene alguna discapacidad. Además 820 euros adicionales a partir del cuarto hijo.

Para la declaración de la renta del próximo ejercicio 2023, las cantidades anteriores se incrementan en el orden de un 20 %.

D.- Para familias con menores de cuatro años

8.- Podrán optar por deducirse una de las siguientes cantidades:              

El 100 % de determinados gastos en escuelas, centros y guarderías infantiles de la Comunidad (preinscripción, matrícula, asistencia y alimentación), con el límite de 1.320 €            

El 30 % de lo satisfecho a la persona empleada del hogar, con el límite de 322 €.

9.- Adicionalmente, en ambos casos, el 15% de las cantidades satisfechas a la seguridad social por la persona empleada del hogar, con un límite de 300 euros.

II.- Fiscalidad para el medio rural

A.- Para familias residentes en el mundo rural

10.- Deducción incrementada de hasta el 40 % por nacimiento o adopción en el medio rural. De esta manera, este año las familias residentes en el medio rural que tengan un hijo podrán deducirse 1.420 euros por el primero, 2.070 euros por el segundo y 3.300 euros por el tercero y siguientes.

A estas cantidades también se les aplican los incrementos por nacimientos o adopciones múltiples o simultáneos o con discapacidad previstos para el caso general.

 B.- Para el futuro de los jóvenes residentes en el medio rural

11.- Deducción en el IRPF por adquisición de la vivienda habitual en el medio rural: los jóvenes menores de 36 años que adquieran su primera vivienda habitual en el medio rural podrán deducirse un 15 % de las cantidades satisfechas para su adquisición, con un máximo de 1.356 euros.

Para la declaración de la renta del próximo ejercicio 2023, la cantidad anterior se ha incrementado hasta los 1.500 €.

12.- Deducción en el IRPF por arrendamiento de la vivienda habitual en el medio rural por jóvenes menores de 36 años: podrán deducirse un 25 % del alquiler con un límite de 612 euros.

C.- Para la vivienda en el mundo rural

13.- Deducción en el IRPF por cantidades invertidas en la rehabilitación de viviendas rurales destinadas a su alquiler: podrá deducirse el 15 % de las cantidades invertidas, con un máximo de 20.000 euros.

III.- Fiscalidad para los jóvenes

14.- Deducción en el IRPF por cantidades destinadas al alquiler de la vivienda habitual en el medio urbano por jóvenes menores de 36 años: deducción del 20 % de las cantidades satisfechas, con un límite de 459 euros.

IV.- Fiscalidad para impulsar la sostenibilidad energética

15.- Deducción en el IRPF por inversión en obras de rehabilitación realizadas en la vivienda habitual con la finalidad de incrementar la eficiencia energética, el ahorro de agua, la utilización de energías renovables, etc.: podrán deducirse el 15 % de las cantidades invertidas, con un máximo de 20.000 euros

16.- Deducción en el IRPF por cantidades invertidas en la inversión en vehículos eléctricos, híbridos enchufables y de autonomía extendida: podrá deducirse el 15 % de las cantidades satisfechas en la adquisición de este tipo de vehículos de movilidad sostenible, hasta un máximo de 4.000 euros.

V.- Para el patrimonio cultural y natural

17- Deducción en el IRPF por cantidades donadas a fundaciones de Castilla y León para la recuperación del patrimonio: deducción del 15 % de las donaciones.

18.- Deducción en el IRPF por cantidades invertidas para la recuperación del patrimonio cultural y natural: se podrá deducir el 15 % de las cantidades invertidas.

VI.- Fiscalidad para la I+D+i

19.- Deducción en el IRPF por cantidades destinadas a entidades que desarrollen I+D+i: deducción del 15 % de las cantidades donadas a universidades públicas, fundaciones o instituciones cuya actividad sea la de Investigación, desarrollo e innovación en proyectos desarrollados en la Comunidad.

VII.- Fiscalidad para el emprendimiento y el empleo mediante la figura del “Angel Investor”

20.- Deducción en el IRPF por cantidades invertidas en sociedades que destinen financiación a proyectos de inversión: deducción del 20 % de las cantidades invertidas en la adquisición de acciones o participaciones, y en la creación o ampliación de sociedades que destinen la financiación a proyectos de inversión en la Comunidad, con un límite máximo de 10.000 euros.

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