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Junta de Castilla y León

Informe anual sobre delitos contra la Administración

La Consejería de Transparencia, Ordenación del Territorio y Acción Exterior ha emitido, para su remisión a las Cortes de Castilla y León, el informe relativo a las informaciones recibidas durante el año 2020 sobre hechos relacionados con delitos contra la Administración Pública.

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En dicho informe se da cuenta de las dos informaciones recibidas, a las que se ha dado la tramitación correspondiente.

Está previsto que esta ley, que ha supuesto un primer instrumento adoptado por la Administración de la Comunidad de Castilla y León en la actuación ante delitos contra la Administración Pública, dé paso a una nueva norma, según ha informado la Junta en un comunicado.

La Viceconsejería de Transparencia y Calidad de los Servicios y la Dirección General de Atención al Ciudadano y Calidad de los Servicios lideran los trabajos de elaboración y tramitación de dicha nueva ley, iniciados en noviembre de 2019, dentro de los compromisos de legislatura de la consejería a la que pertenecen.

Con la nueva ley se busca ampliar tanto el ámbito de actuación -y hacerlo extensivo a cualquier irregularidad en la toma de decisiones o el manejo de fondos públicos- como el ámbito subjetivo, de forma que alcance no sólo a quienes intervienen en su gestión desde la administración -ya sea la Administración de la Comunidad de Castilla y León y las entidades que integran la administración local junto con todo tipo de entes dependientes o vinculados a ambas administraciones públicas-, sino  también a las instituciones básicas y propias de la Comunidad, universidades públicas, partidos políticos, organizaciones sindicales y organizaciones empresariales y cuantas personas físicas o jurídicas pudieran convertirse, a través de los distintos mecanismos jurídicos, en perceptores de fondos públicos.

La norma, actualmente en tramitación, creará la Oficina de Prevención y Lucha contra el Fraude y la Corrupción de la Comunidad de Castilla y León y establecerá el estatuto de las personas denunciantes, a fin de lograr una adecuada gestión de los fondos y patrimonio públicos y facilitar que cualquier persona pueda dirigirse a la Oficina a través de procedimientos o canales que garanticen la confidencialidad.

 

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