TRIBUNA / Cerro de los Moros, SOS
Ricardo Mínguez Izaguirre, Doctor Ingeniero de Caminos y urbanista, incide en este artículo de opinión en la celebración esta tarde del pleno del Consejo de Medio Ambiente y Urbanismo, para informar sobre el expediente urbanístico del Cerro de los Moros. Mínguez expone lo que el Ayuntamiento debería hacer y plantea varias alternativas.
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TRIBUNA / Cerro de los Moros, SOS
El pasado 17 de junio el Alcalde convocó Pleno del Consejo Sectorial de Medio Ambiente y Urbanismo para la tarde del 30 de junio de 2021, esta misma tarde. Orden del día: Informar sobre la propuesta de Modificación Puntual del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) en el Sector Cerro de los Moros. Cumple así el acuerdo del Pleno del Ayuntamiento en cuanto a la convocatoria, aunque ignora en el texto de la misma la finalidad y funciones atribuidas al Consejo por el Pleno del Ayuntamiento.
El citado Consejo tiene una finalidad CONSULTIVA Y DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA en los asuntos de trascendencia para el urbanismo de la ciudad, y nadie duda a estas alturas de que este asunto lo es. En consonancia con tal finalidad, el Consejo tiene como funciones básicas de sus actuaciones TRASLADAR AL GOBIERNO MUNICIPAL LA OPINIÓN CIUDADANA sobre los problemas y prioridades que se sometan a su consideración, mediante la emisión de dictámenes, informes o propuestas. Y para ello tiene atribuida la facultad de RECIBIR DEL PROPIO AYUNTAMIENTO LA INFORMACIÓN Y DOCUMENTACIÓN PRECISA PARA EL ESTUDIO DE LOS ASUNTOS QUE DEBA ANALIZAR. Esto parece obvio, y así lo recogen las disposiciones legales de orden superior que, también obviamente, deben cumplirse rigurosamente (Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público, y Real Decreto 2568/1986, que regula el funcionamiento de las Entidades Locales.)
Pues bien, el compromiso del Alcalde en el Pleno de mayo pasado fue llevar al Consejo “la propuesta de acuerdo que ha negociado durante meses con la empresa propietaria del Sector”(se supone que para su estudio y posterior emisión de informe), y, sin embargo, ojalá que se deba a un incómodo lapsus en la transcripción, en la convocatoria se dice que la reunión será para INFORMAR, y en declaraciones a los medios se aclara que para informar del acuerdo negociado y ya alcanzado con la propiedad. Para cumplir con la obvia, preceptiva y necesaria entrega de documentación, el Ayuntamiento ha puesto a disposición de los miembros del Consejo nada más y nada menos que 145 DOCUMENTOS, de los cuales NINGUNO se refiere o aclara la susodicha propuesta de acuerdo. Ojalá se deba también a un disculpable lapsus en el envío. ¿O no? (En realidad no aporta ningún documento de interés para el análisis detallado del asunto; 94 son meros acuses de recibo, oficios de remisión o comunicaciones sin contenido informativo, 15 son documentos parciales de la MP-27 sin planos de detalle ni datos numéricos de la misma, y el resto, con la excepción de dos o tres informes, son documentos repetidos o ya publicados). Con tan absoluta falta de documentación poco podrá aportar hoy mismo el Consejo sobre el tema. Serán precisas futuras reuniones del Consejo para poder emitir los requeridos informes, previa entrega a sus miembros de la documentación de que el Ayuntamiento disponga. Eso si se quiere evitar que el Pleno del Consejo se reduzca a un sainete.
O, quizás, el Consejo decida, en uso de sus atribuciones legales, convocar una Comisión de Estudio para tratar el tema de la ordenación del Cerro de los Moros, sin más límites para ello que la legalidad urbanística vigente.
En todo caso, no estará de más repasar ordenadamente el actual estado de la cuestión, a falta, claro está, de la información que hoy se aporte al Consejo de Medio Ambiente y Urbanismo. No es preciso insistir en el porqué de la alarma social que ha provocado la propuesta de la propiedad de los terrenos para poder edificar 1.361 viviendas (unos 4.000 nuevos vecinos) en el Sector. La previsible agresión especulativa a los terrenos que inspiraron a nuestros mejores poetas, con la destrucción de un paisaje sagrado, no solo para Soria, sino para el universal mundo de la cultura, desató un aluvión de escritos en los medios (más de 150), de más de 7.000 firmas y de numerosos informes institucionales reclamando la total protección del Cerro de los Moros y las laderas del Castillo de cualquier tipo de urbanización o edificación. Ha habido un general consenso en que esos paisajes son parte constituyente de la misma esencia de la ciudad.
QUÉ PUEDE Y QUÉ DEBE HACER EL AYUNTAMIENTO
Para contestar a la primera pregunta ya se han publicado suficientes escritos de profesionales del Derecho y del Urbanismo. Por razones nunca explicadas, el Ayuntamiento se ha negado a contratar un informe externo sobre la situación jurídica de los terrenos y sobre los posibles derechos de la propiedad del suelo, pero aquellos escritos aportan suficientes evidencias para responder a la cuestión: la propiedad del suelo no ha ejercido ninguno de los derechos que la Ley le otorga para promover y participar en la urbanización de los terrenos ni ha cumplido el deber de cumplir el plazo que la Ley y el PGOU fijan para obtener la aprobación de la ordenación detallada del Sector (8 años, y han transcurrido 15), por lo que a fecha de hoy NO HA CONSOLIDADO NINGÚN DERECHO URBANÍSTICO NI HA GENERADO RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL DEL AYUNTAMIENTO para el caso de que éste decidiera cambiar la ordenación del Sector mediante una Modificación Puntual del PGOU que redujera las expectativas-que eso son- de negocio de los propietarios del suelo. Por descontado que hablar de una indemnización equivalente al –supuesto- precio pagado por los terrenos no pasa de ser una burla jurídica. (Véanse los artículos de D. Saturio Hernández de Marco y míos propios publicados en los medios sorianos.)
El Alcalde insiste en que sus actuaciones deben atenerse a la Ley. Eso es lo que muchos esperamos escuchar en el Consejo de Medio Ambiente y Urbanismo: su convencimiento de lo que arriba se expone, su decisión de iniciar la búsqueda de una solución a lo que hoy es el problema del Cerro de los Moros, su valiente decisión de ponerse del lado de la Ley y la razón e iniciar un proceso de revisión del contenido del PGOU en ese Sector con la seguridad de que el Ayuntamiento no incurrirá en responsabilidad patrimonial alguna por trabajar del lado de sus conciudadanos.
Y, por consiguiente, ¿qué debe hacer el Ayuntamiento una vez queda clara la inexistencia de cualquier derecho a indemnización de la propiedad de los terrenos? ¿Atender a las pretensiones del promotor o a lo que más y mejor convenga a la ciudad? “La obligada atención a la pretensión del promotor en ejercicio de sus derechos”, como insistentemente ha manifestado el Alcalde, cae por su base a la vista de lo anterior. Nos queda solamente la obligada atención a lo que convenga a la ciudad.
QUÉ CONVIENE A LA CIUDAD
Si el Ayuntamiento optara finalmente por esta vía, un mínimo programa de trabajos para los equipos técnicos y el Consejo de Medio Ambiente y Urbanismo incluiría el estudio y análisis de lo siguiente:
Dos limitaciones: las culturales (históricas, paisajísticas, literarias o arqueológicas) que delimiten con rigor y generosidad los terrenos a proteger de cualquier alteración física (ni urbanización ni edificación salvo las que consoliden su carácter actual) y las urbanísticas para el resto de los suelos del Sector (integración en la ciudad sin agravar los problemas del barrio del Calaverón, posibles usos y, en su caso, tipología, densidad y número de viviendas, equipamientos públicos exigibles, conexión con los sistemas generales existentes.)
Y a partir de las anteriores limitaciones elaborar y debatir las propuestas de alternativas de ordenación para el Cerro de los Moros y la ladera Sur del Castillo, que, en principio y como aproximación a la solución del problema podrían ser, en mi opinión, las siguientes (o algo parecido):
Alternativa 0.- No se permite la urbanización de ningún recinto del Sector. Todos los terrenos pasarían a ser definitivamente rústicos. Serían previsibles largos procesos judiciales, y habría que debatir sobre la idoneidad de la misma para el remate de la ciudad en la zona.
Alternativa 1.- Se permite la urbanización únicamente de los terrenos adyacentes a la actual calle Marcelino Camacho, con una tipología de ciudad compacta con un máximo de entre 400 y 600 viviendas, sin renunciar a los equipamientos públicos locales que marca la Ley. Con esta alternativa no sería necesario el eje viario de conexión con la zona de Los Pajaritos tal como lo contempla el PGOU.
Alternativa 2.- Se concentra la urbanización en el paraje de Valobos, al oeste del actual camino del mismo nombre, con un número máximo de entre 350 y 600 viviendas (en función de las alturas de los edificios), además de los correspondientes equipamientos. Esta alternativa es la más próxima a la presentada por el Alcalde en el Pleno de febrero, pero reduce drásticamente el número máximo de viviendas para dar cabida a los equipamientos públicos y limitar las alturas de los edificios; acomodar las 1361 viviendas supondría bloques de viviendas de seis plantas, lo que destrozaría el paisaje que se quiere proteger. En este caso si sería necesario el vial de conexión con Los Pajaritos, pero no en la forma prevista en el PGOU. En esta alternativa serían problemáticas las afecciones al paisaje que se contempla desde la ermita de San Saturio; este último factor y su mayor coste económico inclinarían la balanza a favor de la Alternativa 1.
Por supuesto que ninguna de las alternativas contempla el vial previsto en el PGOU que atraviesa y destroza la ladera del Castillo y que termina en ninguna parte, con perdón de los vecinos de la calle San Juan de Muriel, en la que desemboca el proyecto del PGOU.
Y, naturalmente, es de esperar que el Ayuntamiento dé la batalla por la declaración como Bien de Interés Cultural (BIC) de toda la margen derecha del Duero entre el Soto de la Fábrica de Harinas y el río Golmayo, con la inclusión de las laderas del Mirón, las laderas del Castillo, el Cerro de los Moros y los terrenos anejos hasta el Golmayo. No se olvide que ya en el año 2006 se declaró BIC la margen izquierda del Duero con una muy generosa delimitación de su ámbito territorial que incluye las laderas completas del Cerro de Santa Ana y el Monte de la Ánimas orientadas hacia el río.
En todo caso el camino a recorrer tiene pasos obligados: intentar el acuerdo con la propiedad de los terrenos (que en otro caso correría el riesgo de perder todas las expectativas de negocio en el Sector), denegar la aprobación inicial de la propuesta de Modificación Puntual MP-27 del PGOU (o retirada de la misma por el promotor) y resolución municipal de iniciación por el Ayuntamiento del expediente de Modificación Puntual del PGOU con la alternativa de ordenación que el equipo de gobierno decida, una vez escuchado el Consejo de Medio Ambiente y Urbanismo, como la mejor para la ciudad.
EL CONSEJO
¿Se plantearán al Consejo alternativas de ordenación del Sector como prometió el Alcalde a finales de marzo pasado o se limitará a informar de la solución acordada con la propiedad como manifestó en el Pleno de mayo? El futuro del Cerro de los Moros y con él el de toda la margen derecha del Duero entre el Puente de Piedra y el río Golmayo puede depender del desarrollo del Consejo que hoy se celebra. La ciudadanía soriana, representada por sus organizaciones sociales, estará en el Consejo. Sería triste que SU Ayuntamiento defraudara sus esperanzas.
Fdo: Ricardo Mínguez Izaguirre, Doctor Ingeniero de Caminos, Urbanista.