El TSJCyL obliga a publicar sentencia que declara nula ordenanza del IBI de 2022
El Tribunal de Justicia de Castilla y León ha obligado al Ayuntamiento de Soria a publicar este mes de marzo en el Boletín Oficial de la provincia la sentencia que declara nula la ordenanza del IBI de 2022, pero la corporación no devolverá lo cobrado de más a vecinos y empresarios, según ha advertido FOES.
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FOES ha señalado en una comunicación a sus empresas asociadas que están muy preocupados por la presión fiscal que sufren las empresas, y por eso, el IBI ha sido uno de sus caballos de batalla desde hace más de 10 años.
Anualmente presenta alegaciones a las reiteradas subidas del tipo que aprueba el Ayuntamiento de Soria, sin que las mismas hayan sido tenidas nunca en cuenta.
Soria es la capital que mayor presión fiscal absoluta soporta, según el Ranking Tributario que realiza anualmente el Ayuntamiento de Madrid, ha recordado FOES.
En 2008, en el momento más alto de la burbuja inmobiliaria, una revisión de los valores catastrales elevó considerablemente el precio del suelo, sobre el que los ayuntamientos aplican el tipo de interés.
Esto, unido a las reiteradas subidas del tipo por parte del Ayuntamiento de Soria, ha disparado el recibo de nuestros negocios y empresas, así como el de las viviendas.
Este 2024 se pagará un 3,5% más que el año pasado, y esta situación se repite pese a que Soria ha perdido el 5,5 por ciento de sus empresas en los últimos 10 años.
En este mes de marzo, el Ayuntamiento de Soria se ha visto obligado por el TSJ de Castilla y León, a publicar la sentencia que declara nula la Ordenanza del IBI de 2022, sentencia derivada del recurso que interpuso FOES en ese mismo año. (enlace “sentencia” a la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Soria)
Fue precisamente en ese ejercicio, en el que la FOES intuyó que el Ayuntamiento no había cumplido con la tramitación legal preceptiva a la hora de aprobar la ordenanza fiscal número 24 del tipo del Impuesto de Bienes Inmuebles, razón por la que interpuso recurso contencioso administrativo.
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León dio la razón a FOES en la sentencia nº 124/2023 de fecha 05/05/2023 y declaró nula la citada ordenanza, condenando en costas al Ayuntamiento capitalino.
Pese al posterior recurso del Ayuntamiento, el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León volvía dar la razón a la Federación en una nueva sentencia y volvía a condenar en costas al Ayuntamiento de Soria.
En octubre de 2023, la sentencia devenía firme, y ha sido ahora, cuando el TSJ ha obligado al Ayuntamiento a publicar el fallo en el Boletín Oficial de la Provincia.
Devoluciones
"Los Tribunales nos han dado la razón, pero el Ayuntamiento no va a devolver las cantidades cobradas indebidamente porque la ley 29/1998 reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, consagra una posición privilegiada de la administración en la ejecución de sentencias, en lo que muchos autores jurídicos ven una clara desigualdad de las partes en el proceso contencioso-administrativo", ha puntualizado la patronal soriana.
En este sentido, FOES ha avanzado que seguirá reclamando al Ayuntamiento medidas que contribuyan a la consolidación y asentamiento de empresas, siendo una de ellas el establecimiento de bonificaciones de la cuota íntegra del IBI por realización de actividad empresarial.
De forma paralela, la patronal viene solicitando a la Dirección General de Catastro la actualización de los valores catastrales (a la baja) por aplicación de coeficientes, dadas las diferencias sustanciales existentes entre los actuales valores de mercado, y los que sirvieron de base para la determinación de los valores catastrales vigentes.