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El Procurador del Común da la razón a trabajadores temporales de Ayuntamiento de Soria

El Procurador del Común de Castilla y León ha dado la razón al colectivo de trabajadores temporales del Ayuntamiento de Soria ante “la reiterada falta de cumplimiento por parte del Ayuntamiento de Soria en los procesos de estabilización derivados de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre de 2021, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público”.

Según el comunicado remitido por el colectivo de trabajadores temporales, ha quedado de manifiesto que por parte del Consistorio hasta la fecha “no se han cumplido los plazos exigidos en la ley”, ni en la publicación de las ofertas de empleo público, ni en la publicación de las convocatorias (éstas últimas debían publicarse antes del 31 de diciembre de 2022 y se publicaron el 17 de octubre de 2024 en el BOE).

El colectivo de trabajadores temporales del Ayuntamiento se ha mostrado también expectante ante la respuesta del Consistorio, pues en el informe emitido en la petición previa a la resolución del Procurador manifestó estar “comprometido con culminar el proceso de estabilización en tiempo y forma de acuerdo con la Ley 20/2021”, esto es, al 31 de diciembre de 2024.

Dado que el plazo de finalización de presentación de solicitudes finalizó el pasado 15 de noviembre, muy próximo ya a la fecha de 31 de diciembre de 2024, cabe recordar que la propia Disposición adicional cuarta de la ley a la que se remite expresamente el Procurador del Común indica que “las Administraciones Públicas deberán asegurar el cumplimiento del plazo establecido para la ejecución de los procesos selectivos mediante la adopción de medidas apropiadas para el desarrollo ágil de los procesos selectivos como la reducción de plazos, la digitalización de los procesos o la acumulación de pruebas en un mismo ejercicio, entre otras”.

Contestación motivada

Puesto que la resolución del Procurador del Común está pendiente de respuesta por parte del Ayuntamiento, que debe contestar de manera motivada la aceptación o no de la misma, el colectivo de trabajadores temporales se ha preguntado, ya que hasta la fecha ni se han reducido plazos ni los procesos han sido ágiles, cuál será la postura municipal: cómo el equipo de gobierno va a hacer posible el cumplimiento de plazos y va a resolver las más de 1.300 solicitudes registradas o cuáles serán las medidas a implementar o articular para resolver la ingente cantidad de expedientes y solicitudes en poco más de un mes hasta la finalización del plazo legal.

El abultado número de solicitudes sin duda tiene que ver con la convocatoria ligada a la creación de bolsas de empleo en todos los grupos de plazas ofertadas, a las que se accede sin ni siquiera una puntuación mínima, ha señalado.

Si bien la Ley 20/2021 prevé la creación de bolsas ligadas a estos procesos para garantizar que aquellas personas que han sufrido en la administración el abuso de la temporalidad que esta ley pretende mitigar y reducir, si no llegaran a estabilizar (como está sucediendo en muchos casos), tengan al menos la opción de permanecer en estas bolsas de empleo, como compensación a los años de servicios prestados en ellas.

Sin embargo, no es el objeto de la ley de estabilización, y es además contrario a su sentido último, el de crear bolsas de empleo: el objetivo de la ley 20/2021  es reducir el porcentaje de trabajadores temporales, hasta el 8 por ciento (en el momento de la publicación de esta ley, era cercano al 30 por ciento en España) en la administración, siendo las bolsas de empleo por su propia naturaleza creadoras, precisamente de coberturas de puestos de trabajo de manera temporal.

La situación de inseguridad laboral cada vez se acentúa más en este colectivo de temporales, según han subrayado, así como el sentimiento de abandono y desazón al comprobar cómo otras administraciones públicas locales próximas han avanzado y culminado todos los procesos de estabilización, ya que sí han impulsado de manera ágil dichos procesos y sus convocatorias no han dado lugar a miles de solicitudes sino a una razonable cantidad de las mismas, pudiendo resolver los procesos dentro del plazo establecido en la ley.

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