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Bonificaciones y penalizaciones en la modificación del IBI

El Ayuntamiento de Soria ha publicado este viernes en el Boletín Oficial de la provincia la aprobación definitiva que modifica la ordenanza fiscal del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI), que contempla bonificaciones para diferentes situaciones y penaliza las viviendas vacías.

http://bop.dipsoria.es/index.php/mod.documentos/mem.descargar/fichero.documentos_450_1337f003%232E%23pdf

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Así, según ha publicado el Bop, tendrán derecho a una bonificación del 50 por ciento en la cuota íntegra del impuesto, siempre que así se solicite por los interesados antes del inicio de las obras, los inmuebles que constituyan el objeto de la actividad de las empresas de urbanización, construcción y promoción inmobiliaria tanto de obra nueva como de rehabilitación equiparable a ésta, y no figuren entre los bienes de su inmovilizado.

También tendrán derecho a una bonificación del 50 por ciento en la cuota íntegra del impuesto, durante los tres períodos impositivos siguientes al del otorgamiento de la calificación definitiva, las viviendas de protección oficial y las que resulten equiparables a éstas conforme a la normativa autonómica de la Junta de Castilla y León así como las familias numerosas, las viviendas que instalen sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía proveniente del sol y los locales comerciales cerrados al público, siempre que permitan la instalación de elementos decorativos cobertores como vinilos, lonas o cerramientos similares, de carácter artístico, decorativo o de promoción cultural o comercial de la Ciudad de Soria. 

Además la ordenanza fiscal contempla aplicar un recargo del 50 por ciento de la cuota líquida del impuesto del iBi para aquellos bienes inmuebles de uso residencial que se encuentren desocupados permanentemente.

"Se exigirá a los sujetos pasivos de este tributo y se devengará el 31 de diciembre, liquidándose anualmente, una vez constatada la desocupación del inmueble", apunta la ordenanza.

 

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