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Soria

Aprobada la modificación del reglamento para la instalación de contadores de agua en Soria

Lo podrán hacer la entidad suministradora del agua o instaladores profesionales

El Ayuntamiento de Soria ha publicado hoy el en Boletín Oficial de la provincia la modificación del reglamento que regulará la instalación de los contadores de agua, a cuenta de los propietarios.

No habiéndose formulado durante el periodo de información pública ninguna alegación al acuerdo del pleno de este Ayuntamiento del pasado 14 de julio, de modificación de los artículos 34 y 37 del reglamento municipal del suministro de agua de soria, el texto de ambos artículos ha quedado definitivamente aprobado.

Así, el artículo 34, establece que los aparatos de medida a instalar cumplirán con la normativa metrológica en vigor en cada momento, llevarán el marcador cE y el marcado adicional de metrología, dispondrán de certificado de evaluación de conformidad emitido por el fabricante y de la documentación que lo justifique.

Además los contadores deberán estar adecuadamente dimensionados en cuanto a su capacidad nominal. si se comprueba que los controles metrológicos no son adecuados deberán ser sustituidos a instancias de la entidad suministradora o del Ayuntamiento de soria, de modo que el contador resulte apropiado para medir con exactitud el consumo previsto o previsible.

 

El error máximo permitido positivo o negativo, sobre los volúmenes suministrados bajo caudales comprendidos entre el caudal mínimo (Q1) y el caudal de transición (Q2) (excluido) es del 5 por ciento independientemente de la temperatura del agua.

Los contadores o aparatos de medición que se instalen para medir o controlar los consumos de agua de cada abonado serán propiedad de éste. su instalación, mantenimiento y reposición se puede efectuar, con cargo al abonado, tanto por la entidad suministradora como por los instaladores profesionales debidamente autorizados.

Sección: soria

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