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La Diputación publica la convocatoria del Plan Provincial bianual de cooperación

Los ayuntamientos tienen hasta el 30 de octubre para presentar sus solicitudes

La Diputación Provincial de Soria ha publicado hoy en el Boletín Oficial de la provincia la convocatoria pública entre todas las entidades locales de la provincia, para la formación de un Plan Provincial bianual de cooperación, que servirá de base a la formación y aprobación anual de los distintos Planes Provinciales de cooperación y otros instrumentos de colaboración con el Estado, la comunidad autónoma o cualquier otro organismo.

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El objeto de esta convocatoria es regular y promover la concurrencia de las entidades locales a la cooperación económica de las administraciones públicas, con la finalidad de conseguir paulatinamente la prestación integral y efectiva de los servicios de competencia municipal en todo el territorio provincial, a través de los programas de inversión que se elaboren en los años 2017 y 2018 y con fondos propios de la Diputación y ayuntamientos y con los que aporten, por vía de cooperación económica, el Estado y la Junta de Castilla y León.

El plazo que se establece para la remisión de la solicitud y documentación complementaria de acuerdo con las presentes bases finaliza el 30 de octubre del presente año.

Para todos los ayuntamientos un mínimo de subvención de 5.000 euros.

Para todos los núcleos de población una subvención mínima de 3.000,00 euros.

La cantidad asignada a los barrios sólo podrá emplearse en los mismos, en uno o en varios.

Estas cantidades podrán ser suplementadas con mayores aportaciones de los ayuntamientos. No se tendrán en cuenta aquellos núcleos de población que no tengan habitantes censados, según el último censo del INE.

Se priorizarán las obras hidráulicas que no tendrán que ajustarse a los límites establecidos.

Las obras deberán estar adjudicadas e iniciadas antes del 1 de julio del año en que se realiza el Plan y totalmente ejecutadas antes del día 1 de diciembre del mismo año, penalizándose para posteriores anualidades el no cumplimiento de estos plazos.

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