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La Diputación dictamina la nueva convocatoria para mejorar caminos rurales

La comisión de Planes Provinciales, Obras Públicas y Ordenación del Territorio de la Diputación provincial ha dictaminado hoy la nueva convocatoria de Bases para la mejora de caminos rurales que sacará la Diputación de Soria para este 2018.

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La vicepresidenta Esther Pérez ha adelantado que contará con una cantidad asignada de 1,6 millones de euros de los cuales 800.000 los aportará la institución provincial y los 800.000 euros restantes los ayuntamientos beneficiarios. 

Una de las novedades que aporta con respecto a la convocatoria que se realizó hace dos años es que las obras las licitarán los ayuntamientos y no la diputación Provincial según ha precisado Pérez.

Lo que se pretende es fomentar la actuaciones para la conservación y mejora de caminos rurales propiedad de las entidades locales de la provincia.

En concreto, se subvencionarán las reparaciones puntuales en caminos incluyendo saneo de blandones, roderas y zonas de acumulación de agua con extracción de material base y aporte de nuevo material granular, las actuaciones que consistan en el rasanteo y reperfilado de las superficie del camino con motoniveladora, riegom, compactación del firme y repaso de cunetas. También las obras de drenaje trasversal (caños o pasos de agua) así como las actuaciones de reparación de firmes de hormigón o material bitumisoso para los caminos que ya estén hechos con este material.  En las bases que publicará la Diputación Provincial se contempla que no se subvencionarán  os proyectos de un importen superior a 20.000 euros en caminos sin firme de hormigón o material bituminoso y de 48.000 euros el caso de caminos de los caminos construidos con esos materiales.

La vicepresidenta ha adelantado que las cuantías de subvención máximas son de 20.000 euros para los caminos sin pavimentar y de 40.000 euros para los pavimentados y ha recalcado que la intención es que las obras estén contratadas “antes del 15 de diciembre de 2018” por lo que las bases se aprobarán en la próxima Junta de Gobierno para publicarse en el Boletín Provincial “lo antes posible”. 

Entre los criterios de baremación que la comisión de planes ha dictaminado para la concesión de estas ayudas está los caminos que afectan a más de un núcleo de población, la necesidad de urgencia de reparación de ese camino o si el ayuntamiento ha sido beneficiario en otras convocatorias de estas ayudas.

Pérez también ha señalado que se tendrá en cuenta la tipología de caminos rurales sin son de firme de hormigón o material bitumisoso y los usos que tengan, agrícola, forestal, ganadero, industrial o turístico.

Cambio de obra

En la comisión de planes provinciales también se ha dictaminado el cambio de una obra en Talveila.

El consistorio había solicitado la construcción de un almacén municipal ante la imposibilidad de desarrollarla por unas obras en la calle aledaña, ha solicitado cambiarla por la pavimentación de la Calle Poza Real con un presupuesto de 15.000 euros, que serán aportados al 50% por la Diputación y el  ayuntamiento.


BASES PARA LA REALIZACIÓN DE OBRAS DE CONSERVACIÓN Y MEJORA DE CAMINOS DE LAS ENTIDADES LOCALES
1. Objeto y finalidad.
La presente convocatoria tiene por objeto fomentar e incentivar las actuaciones de ejecución de obras para la conservación y mejora de caminos rurales de propiedad de las Entidades Locales de la Provincia de
Soria.
2. Aplicación Presupuestaria.
El Presupuesto asignado a la presente convocatoria es de 800.000 €, con cargo a la aplicación presupuestaria 45910‐76234 del presupuesto de 2018.
3.‐ Beneficiarios.
Podrán beneficiarse de esta subvención los Ayuntamientos o Entidades Locales Menores de la Provincia con población inferior o igual a 20.000 habitantes. Solo será subvencionable un proyecto de actuación por
núcleo de población.
4.‐ Actuaciones y gastos subvencionables.
Las actuaciones a subvencionar deberán referirse a:
 Reparaciones puntuales en caminos, incluyendo en estas, saneo de blandones, roderas y zonas de acumulación de agua, con extracción de material de base y aporte de nuevo material granular.
 Actuaciones extensivas de mantenimiento o conservación, que consistan en el rasanteo y reperfilado de la superficie del camino con motoniveladora o Buldócer, riego, compactación del firme y repaso de
cunetas.
 Obras de drenaje transversal (caños o paso de agua).
 Obras de reparación de firmes de hormigón o material bituminoso. (Caminos que ya estén hechos con este tipo de materiales)
5. Cuantía de las ayudas.
La acciones señaladas serán subvencionadas en un 50 % por la Diputación Provincial, debiendo las Entidades Locales beneficiarias aportar el 50 % restante del montante total de la obra ejecutada y certificada.
No se subvencionaran proyectos de importe superior a 20.000 €, en caminos sin firme de hormigón o material bituminoso y 40.000 €, en caminos con firme de hormigón o material bituminoso.
6.‐ Compatibilidad de las ayudas.
Las subvenciones concedidas al amparo de la presente convocatoria serán:
‐ Incompatibles con otras concedidas por otras Administraciones públicas para la misma finalidad.
‐ Incompatibles con otras subvenciones concedidas por esta Diputación, con carácter nominativo, para la misma finalidad.
7.‐ Criterios de valoración.
Sobre la base de los principios de transparencia y objetividad, las propuestas de obra serán baremadas atendiendo a los siguientes criterios:
7.1.‐Caminos públicos que afecten a más de un núcleo de población:
7.1.1.‐Caminos que comunican dos núcleos de población y han sido solicitados por ambos: (10 puntos).
7.1.2.‐Otros caminos que comunican núcleos de población o términos municipales. (7 puntos).
7.1.3.‐Un único núcleo de población. (3 puntos).
7.2.‐ Necesidad o urgencia de mantenimiento y/o reparación del camino (según criterio técnico): hasta 10 puntos.
7.3.‐ Haber sido beneficiario el Ayuntamiento de ayudas para esa misma finalidad en anteriores convocatorias de esta Diputación: hasta 10 puntos.
7.3.1.‐No haber sido beneficiarios en anterior convocatoria. (10 puntos).
7.3.2.‐Haber sido beneficiario en anterior convocatoria (3 puntos).
7.4.‐Tipología de los caminos
7.4.1.‐ Caminos rurales sin firme de hormigón o material bituminoso (10 puntos)
7.4.2.‐ Caminos rurales con firme de hormigón o material bituminoso (5 puntos)
7.4.3.‐ Usos del Camino (0‐30 puntos)
En este criterio se valorarán los distintos usos que tiene el camino: 1) Agrícola, 2)forestal, 3)ganadero, 4) industrial y5) turístico. Se otorgarán 8 puntos por cada uno de los usos descritos en los números 1,2 y 3, y 3 puntos por cada uno de los usos descritos en los números 4 y 5, acreditados en la memoria justificativa, que no obstante serán objeto de valoración y en su caso comprobación por los Servicios Técnicos de la Diputación. La existencia de uso turístico se acreditará por la inclusión del mismo en GR o rutas similares elaboradas por la Administración Pública.
8.‐ Solicitudes y documentación.
Las solicitudes se dirigirán al Sr. Presidente de la Diputación Provincial, conforme al modelo del Anexo I a estas Bases, y se presentarán directamente en el Registro telemático de la Diputación Provincial.
La mera presentación de la solicitud supone la aceptación de las bases que rigen la convocatoria y el compromiso de la Entidad solicitante de cumplir con las obligaciones y deberes que se desprenden de las mismas.
El Departamento encargado de la tramitación de las solicitudes será el de Cooperación Local.
Los interesados deberán presentar:
1. Solicitud de la subvención (Anexo I)
2. Proyecto técnico descriptivo o memoria valorada de las actuaciones a desarrollar suscrito por técnico competente, que incluirá:
‐ Ubicación de la actuación. (Denominación del camino, Plano de localización a escala 1/5.000, o inferior, junto con las ortofotografías a la misma escala, etc.). en el caso de caminos que comuniquen poblaciones se pueden utilizar planos a escala 1/25.000.
‐ Descripción pormenorizada del estado actual (Longitud del camino a actuar, fotografías, planos, base del firme actual, cunetas, obras de fábrica, etc.).
‐ Densidad del tráfico que soportará la zona de actuación, usos a los que se destinará. Indicar si el camino está incluido en alguna ruta o senda de interés turístico, marcada por la Administración.
‐ Justificación de la solución adoptada y descripción de las obras proyectadas.
‐ Anejo de precios descompuestos
‐ Planos:
o Situación.
o Sección tipo de las obras.
o Todos los necesarios para correcta definición de las obras.
‐Presupuesto: Mediciones, cuadros de precios, Presupuesto de ejecución material y Presupuesto de contrata.
Este constituirá una documentación suficiente para definir y valorar la actuación.
3. Acuerdo Municipal en el que se ponga de manifiesto la:
‐ Voluntad de pedir la ayuda.
‐ Titularidad de la Entidad Local del Camino.
‐ Compromiso de aportación del 50 %.
‐ Declaración sobre no disposición de otra subvención ni ingreso afectado para esta actuación, otorgada por ningún otro Organismo, entidad o particular.
‐ Cada Ayuntamiento podrá presentar tantas solicitudes como estime necesarias; siempre que las actuaciones sean para un único proyecto por cada una de sus Entidades Locales y/o barrios, es decir una solicitud por proyecto y Entidad Local y/o barrio, con los Anexos descritos anteriormente por cada actuación.
‐ Con independencia de la documentación señalada, se podrá requerir en todo momento la documentación o información complementaria que en función de las características del proyecto o datos facilitados se estime necesaria.
9.‐ Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días naturales contados desde el siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.
De acuerdo con lo previsto en el art. 71 de la LPAC, modificado por la Ley 4/1999, la Diputación Provincial comprobará las solicitudes, los datos y documentación presentada, requiriendo a los interesados, en su caso, para que en el plazo de diez días se subsanen los defectos o se acompañen los documentos preceptivos, con la indicación de que si así no lo hicieran, se tendrá por desistido de su petición.
10.‐ Procedimiento de concesión.
Finalizado el periodo de presentación de solicitudes y de subsanación de deficiencias, por el Servicio de Cooperación Local se emitirá informe con las puntuaciones obtenidas por cada Entidad solicitante, ordenando
de mayor a menor puntuación las obras presentadas. Igualmente hará una propuesta de adjudicación. Las propuestas de inadmisión de solicitudes deberán ser motivadas.
La Resolución de concesión se realizará por la Junta de Gobierno Local, a propuesta de la Comisión de Planes Provinciales, Obras Públicas y Ordenación del Territorio.
La Resolución hará un pronunciamiento expreso sobre las obras solicitadas que reciben la ayuda, que pasarán a integrar el Programa de Actuación de Reparación de caminos para el presente año. Resolución que
recaerá en las Entidades Locales que mayor puntuación hayan obtenido, hasta agotar la partida presupuestaria.
Si alguno de los beneficiarios renunciase a la subvención concedida y existiese crédito suficiente, se acordará incluir en el Programa de Actuación al de mayor puntuación siguiente.
Una vez adoptados los acuerdos de concesión de las ayudas se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia, la relación de entidades beneficiarias, cuantía y finalidad de la ayuda concedida.
11.‐ Aportación municipal y pago.
Los Ayuntamientos beneficiarios de la subvención se comprometen a efectuar una aportación del 50% del coste de la obra ejecutada.
Deberá remitir a la Diputación:
1.‐ Proyecto Técnico(en soporte digital). Nombramiento del Técnico Director de las obras.
2.‐ Certificado de la aprobación del Proyecto por la Corporación indicando B.O.P. en que se publicó la
exposición al público y resultado de la misma, en su caso.
3.‐ Certificado de disponibilidad de terrenos, así como las autorizaciones o concesiones administrativas
que fueran precisas para permitir la iniciación de la obra en el plazo establecido.
4.‐ Certificado de adjudicación en el modelo correspondiente.
5.‐ Mínimo tres originales de cada certificación de obra emitida, facturas y certificados de aprobación de
las distintas certificaciones.
6.‐ Certificado de los abonos realizados al contratista.
7.‐ Certificado/Informe del Sr./Sra. Secretario/a del Ayuntamiento de que la contratación de la obra se ha
realizado respetando la legislación vigente.
8.‐ Plan de seguridad aprobado por el Ente contratante, en su caso.
Si no se remitiese la totalidad de la documentación antedicha no se tramitará ninguna certificación.
12.‐ Ejecución de las obras.
La redacción de proyectos o en su caso memorias valoradas será encargada y costeada por las Entidades Locales beneficiarias.
Las obras que sean seleccionadas serán ejecutadas por los Ayuntamientos o Entidades Locales Menores de conformidad con la normativa de contratación vigente.
Las obras deberán estar contratadas antes del 15 de diciembre de 2018.
13.‐ Pérdida de la condición de beneficiario.
La entidad local perderá su condición de beneficiaria por el incumplimiento de alguna de la obligaciones
de las previstas en las presentes Bases y en la normativa de subvenciones de aplicación.
14.‐ Normativa aplicable.
Sin perjuicio del contenido de las Bases de la Convocatoria, será de aplicación lo dispuesto por:
‐ La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
‐ Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
‐ Ordenanza Reguladora de Subvenciones de la Diputación Provincial de Soria.
 

 

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