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La Diputación convoca las ayudas para fomentar la natalidad

La Diputación provincial de Soria publica hoy en el Boletín Oficial de la provincia la convocatoria de ayudas para fomentar la natalidad. 

 http://bop.dipsoria.es/index.php/mod.documentos/mem.descargar/fichero.documentos_2387_c054cd7f%232E%23pdf

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Será subvencionable, según recoge la convocatoria, el nacimiento, adopción o acogimiento permanente de niños menores de seis años, desde el 1 de enero de 2018 hasta el 31 de diciembre de 2018.
Además serán subvencionables aquellos progenitores que hayan recibido subvención en la convocatoria de 2017 y cumplan en 2018 el requisito de empadronamiento continuado en la provincia de Soria.
Se considera como tal la compuesta por el solicitante de la ayuda, su cónyuge, si lo hubiera y no media nulidad, separación o divorcio, y la pareja de hecho inscrita en el registro correspondiente y sus hijos.
Solamente se podrá solicitar una subvención por cada niño nacido o adoptado en el período subvencionable establecido en esta convocatoria y solamente podrá hacerlo un miembro de la unidad familiar.
En caso de nulidad, separación o divorcio, la solicitud podrá hacerla el cónyuge que ostente la guardia y custodia del hijo cuyo nacimiento da derecho a solicitar la subvención.
En el caso de guardia y custodia compartida, ambos progenitores podrán solicitar la subvención, pero únicamente por la mitad de la ayuda cada uno.
En ningún caso podrán ser beneficiarios los progenitores privados de la patria potestad de sus hijos o cuya tutela haya sido asumida por una institución pública.
Los requisitos que deben cumplir todos los miembros de la unidad familiar a la que pertenezca el solicitante (excepto los casos recogidos en la cláusula sexta de esta convocatoria) son los siguientes:
1.- Tener residencia legal en la provincia de Soria. En el caso de no nacionales de Estados Miembros de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo la residencia en España deberá tener carácter permanente.
2.- Estar empadronado durante los seis meses anteriores a la solicitud de manera ininterrumpida en cualquier municipio de la provincia de Soria.
En el caso de los beneficiarios de la convocatoria de 2017, deberán haber permanecido ininterrumpidamente empadronados en la provincia de Soria desde los seis meses anteriores a la presentación de la solicitud de 2017.
3.- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social.
4.- No concurrir ninguna de las causas que impiden la obtención de la condición de beneficiario, conforme al art. 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Las subvenciones concedidas con cargo a la presente convocatoria se financian con cargo al presupuesto en vigor de la Diputación para 2018, dotada con
1.200.000 eurs. La actividad está cofinanciada al 50% por la Junta de Castilla y León, dentro del Plan Soria.
El plazo de presentación de solicitudes se establece desde el día siguiente de su publicación hoy en el Boletín Oficial de la Provincia y finalizará el día 31 de enero de 2019.
Los anexos y demás documentación correspondiente a la presente convocatoria estarán a disposición de los interesados en la página web de la Diputación Provincial de Soria.
http://www.dipsoria.es/ciudadanos/ayudas-y-subvenciones

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