Pacma solicita recusación del magistrado ponente del Supremo en el caso del Toro Jubilo
El Partido Animalista Con el Medio Ambiente (PACMA) ha presentado una solicitud de recusación contra el magistrado ponente designado en el recurso de casación relativo al “Toro Júbilo” de Medinaceli.
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La recusación se fundamenta en las causas previstas en los artículos 219.9ª y 10ª de la Ley Orgánica del Poder Judicial, al entender que concurren “enemistad manifiesta” hacia PACMA e “interés en la causa”.
El partido animalista ha argumentado que el magistrado ha expresado públicamente en distintos medios y redes sociales una firme defensa de la tauromaquia, así como críticas explícitas contra el movimiento animalista y las leyes de protección animal.
El procedimiento judicial abordado tiene como origen la impugnación del acuerdo del Ayuntamiento de Medinaceli que autorizaba la celebración del festejo taurino conocido como “Toro Júbilo”.
Para la formación, aunque lo que se va a discutir ante el Tribunal Supremo es una cuestión puramente formal, la imparcialidad en este proceso sigue siendo crucial, ya que una eventual estimación del recurso podría devolver la firmeza a la sentencia que declaró ilegal el festejo.
El partido ha subrayado en un comunicado que “no sólo es necesario que la justicia sea imparcial, sino también que lo parezca”, y ha etsimado que las manifestaciones reiteradas del magistrado en defensa de la tauromaquia, así como sus posicionamientos contra el animalismo, comprometen la confianza ciudadana en la resolución del caso.
Por ello, han solicitado que se aparte al magistrado del conocimiento del recurso de casación, en defensa del derecho a un proceso justo, con todas las garantías e independencia judicial.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJCyL ha aceptado en septiembre recurso de apelación presentado por el Ayuntamiento de Medinaceli contra la medida cautelarísima adoptada en noviembre de 2024 por un juzgado de Soria que anuló cuatro días antes el festejo previsto para el 16 de noviembre de 2024.
Así, queda sin efecto la medida adoptada a petición del Partido Animalista con el Medio Ambiente (PACMA), según consta en la sentencia facilitada por el TSJCyL. Tras el visto bueno del Ayuntamiento de Medinaceli y la Junta de Castilla y León al festejo, PACMA recurrió y solicitó medidas cautelares en vía jurisdiccional con el fin de evitar su celebración.
La sentencia reconoce la "premura de los plazos" y añade que, igual que PACMA "acudió rápidamente a recurrir y solicitar medidas cautelares" nada le impedía "haber utilizado la vía administrativa y solicitar la suspensión del espectáculo taurino".
Según añade la sentencia, contra esta resolución, sin expresa imposición de costas, cabe presentar un recurso de casación ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo de Castilla y León en el plazo de los 30 días siguientes a la notificación de la sentencia.