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Berlanga de Duero regula el vertido de purines para preservar medio ambiente

El Ayuntamiento de Berlanga de Duero ha aprobado inicialmente una ordenanza para regular el vertido de purines, con el objetivo de preservar el medio ambiente.

20190131_ordenanza_reguladora_de_purines_no_21.pdf (586.35 KB)

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El expediente estará sometido a información pública durante el próximo mes, según ha publicado el Boletín Oficial de la provincia ayer viernes.

Este Ayuntamiento considera que es necesario adoptar las medidas oportunas para tratar de mantener y preservar el medio ambiente sobre el que se asienta la actividad ganadera, actividad que interviene en las relaciones y define el concepto de la ordenación del territorio: ocupación de la población y del territorio, determinación una forma y modo de vida, generación de rentas, utilización de
recursos naturales e incide en el medio natural

La nueva Ordenanza nace con la vocación de cumplir un objetivo primordial: establecer las medidas necesarias para, en primera instancia, prevenir y en último caso corregir la contaminación medioambiental eliminando, en la medida de lo posible, la negativa repercusión que en la calidad de vida de los vecinos producen las molestias, incomodidades e insalubridades generadas por el vertido de purines, estiércoles y otros residuos ganaderos y agrícolas, así como compatibilizar dichas labores con otras actividades económicas y sociales.

El vertido de purines, estiércoles y residuos procedentes de fuentes de origen agrícola y ganadero deberá efectuarse con sujeción a las siguientes reglas:
a) Única y exclusivamente podrá efectuarse su vertido en fincas rústicas de labor
b) Los purines aplicados al terreno serán enterrados como máximo a las 24 horas de su vertido con la finalidad de evitar molestias, emisiones
contaminantes y aprovechar mejor sus propiedades fertilizantes.
c) No se podrá aplicar durante sábados y domingos y sus vísperas, tampoco festivos por fiestas patronales de los núcleos de población de Berlanga de
Duero, y periodo estival entre el 22 de junio y 6 de septiembre
d) La cantidad máxima de purines, estiércoles y residuos procedentes de fuentes de origen agrícola y ganadero aplicada al terreno por hectáre será la que determinen el código de buena prácticas agrícolas en
cumplimiento de las normas aplicables a Zona Vulnerable a los nitratos
e) La utilización de purín como fertilizante se realizará mediante medios que garanticen un reparto uniforme y homogéneo sobre la superficie apta de la
parcela y adaptados a la normativa en vigor..

Queda prohibido el vertido de purines, estiércoles y residuos procedentes de fuentes de origen agrícola y ganadero los sábados, domingos, festivos así como fiestas patronales de las localidades. Queda asimismo
prohibido el vertido entre semana del 22 de junio al 6 de septiembre, salvo casos excepcionales debidamente justificados

Se crea una zona de exclusión en una franja de mil metros de anchura alrededor de los límites externos del casco urbano de Berlanga de Duero delimitados y de 300 metros de anchura alrededor de sus barrios conforme a las normas del Plan General de Ordenación Urbana de Berlanga de Duero que se encuentre vigente en cada momento

Las infracciones a que se refiere este título serán sancionadas de la forma siguiente:
a) Las infracciones leves con multa de hasta 750 euros
b) Las infracciones graves con multa de 751 euros a 1.500 euros
c) Las infracciones muy graves con multa de 1.501 euros a 3.000 euros

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