Nuevo régimen disciplinario para las universidades
La nueva Ley de Convivencia Universitaria castiga con una expulsión de hasta tres años al alumno que plagie, falsee documentos, destruya patrimonio o haga novatadas, un régimen disciplinario que será de aplicación para las universidades públicas y privadas.
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El anteproyecto de ley aprobado ayer en el Consejo de Ministros para su posterior tramitación parlamentaria deroga el reglamento franquista de 1954 sobre disciplina académica, con lo que esta nueva norma se adecua al "marco constitucional", ha explicado en rueda de prensa la portavoz del Gobierno, Isabel Rodríguez.
Es una norma que "busca sobre todo vías de mediación" en lugar de la sanción para resolver los conflictos, ha subrayado este martes. El texto incluye como novedad sobre el anterior borrador la inclusión de las universidades privadas, de modo que el nuevo marco legal será de aplicación tanto para las universidades públicas y sus centros adscritos como para las privadas y sus centros adscritos.
Así, todas ellas habrán de desarrollar sus normas de convivencia con base en los principios contenidos en la nueva ley, que coloca a la mediación como vía principal de resolución de conflictos.
El régimen disciplinario solo entrará en juego cuando las partes rechacen acudir a la mediación y cuando la conducta sobre la que verse el expediente sancionador sea por acoso, violencia de género, fraude o destrucción de patrimonio, o cuando las partes no lleguen a un acuerdo.
La ley clasifica tanto las faltas como las sanciones en muy graves, graves y leves.
Entre las primeras están las novatadas o conductas vejatorias, física o psicológicamente, que supongan un grave menoscabo para la dignidad de las personas, acosar o ejercer violencia grave contra cualquier miembro de la comunidad universitaria; acoso sexual; falsificar, sustraer o destruir documentos académicos y usar documentos falsos ante la universidad.
Este mismo epígrafe incluye la destrucción y deterioro de manera irreparable o sustraer obras del patrimonio histórico y cultural de la universidad; plagiar total o parcialmente una obra, o cometer fraude en el Trabajo de Fin de Grado, el Trabajo de Fin de Máster o la Tesis Doctoral, o suplantar a un miembro de la comunidad universitaria.
Falsear y hackear será falta grave
La nueva ley considera faltas graves apoderarse indebidamente del contenido de exámenes, deteriorar gravemente el patrimonio de la universidad, impedir la celebración de actividades universitarias de docencia, cometer fraude académico entendido este como cualquier comportamiento tendente a falsear los resultados de un examen o trabajo y acceder sin autorización a los sistemas informáticos de la universidad.
En el caso de una falta grave, la universidad podrá proceder a la expulsión de hasta un mes del alumno y la pérdida de derechos de matrícula parcial, durante un curso o semestre académico.
"La pérdida de derechos de matrícula no podrá afectar a los derechos relativos a las becas en los términos previstos en su normativa de desarrollo", añade el anteproyecto.
La amonestación privada será la sanción aplicable por la comisión de faltas leves.
Las faltas muy graves prescribirán a los tres años, las graves a los dos años y las leves a los seis meses, mientras que las sanciones impuestas prescribirán, respectivamente, a los tres años, dos años y al año.
Normas de convivencia
Estas normas incluirán medidas de prevención y respuesta frente a los casos de violencia, discriminación y/o acoso, que serán de aplicación al estudiantado, al personal docente e investigador y al personal de administración y servicios.
Además, las universidades crearán una Comisión de Convivencia, integrada de manera paritaria por representantes del alumnado, del personal docente e investigador y del personal de administración y servicios, garantizando la composición equilibrada entre mujeres y hombres y del que no podrá formar parte nadie del equipo rectoral.