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Fechas clave para llegar a las elecciones generales del 29 de noviembre

El 6 de octubre ha marcado el inicio oficial del proceso electoral con la publicación en el BOE del Real Decreto 806/2026, que establece la disolución del Congreso de los Diputados y del Senado elegidos el 23 de julio de 2023 y convoca elecciones a ambas cámaras para el 29 de noviembre. Hay otras fechas claves en la cuenta atrás para la jornada electoral.

Fechas clave para llegar a las elecciones generales del 29 de noviembre

La fecha de las elecciones no es arbitraria, ya que Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) establece que, cuando el presidente del Gobierno hace uso de su facultad de disolución anticipada, las elecciones deben celebrarse 54 días después de la convocatoria.

Del 21 al 26 de octubre: presentación de candidaturas

Los partidos y coaliciones dispondrán de varios días para presentar oficialmente sus candidaturas. 

La LOREG establece que las listas deben presentarse ante las juntas electorales correspondientes entre el decimoquinto y el vigésimo día posteriores a la convocatoria, por lo que el periodo se extenderá del 21 al 26 de octubre.

Posteriormente, las candidaturas serán publicadas y las juntas electorales podrán comunicar posibles irregularidades para que sean subsanadas. 

También se abre un periodo para presentar recursos contra la proclamación de candidatos, que pueden llegar hasta el Tribunal Constitucional.

13 de noviembre: comienza la campaña electoral

La campaña electoral comenzará a las 00:00 del viernes 13 de noviembre, según lo establece expresamente el real decreto de convocatoria publicado en el BOE, que fija una duración de 15 días.

A partir de ese momento, los partidos y candidatos podrán pedir oficialmente el voto y celebrar los principales actos y mítines de campaña. 

La campaña se prolongará hasta las 23:59 del viernes 27 de noviembre.

19 de noviembre: último día para pedir el voto por correo

Quienes no puedan o no quieran acudir presencialmente a su colegio electoral el 29N pueden solicitar el voto por correo. 

El plazo está abierto desde la convocatoria de las elecciones y finalizará el 19 de noviembre, diez días antes de la jornada electoral.

La solicitud puede realizarse presencialmente en las oficinas de Correos o de forma telemática, siempre que el elector disponga de los sistemas de identificación electrónica exigidos. 

Una vez aceptada la solicitud del voto por correo, el elector ya no podrá votar presencialmente en su mesa electoral el 29 de noviembre.

23 de noviembre: último día para publicar encuestas

El lunes 23 de noviembre será el último día en el que podrán publicarse y difundirse sondeos electorales antes de los comicios.

 La legislación electoral prohíbe la publicación, difusión o reproducción de encuestas electorales durante los cinco días anteriores a la votación. 

A partir de entonces, los españoles afrontarán la recta final de la campaña sin nuevos sondeos publicados en España.

26 de noviembre: fecha límite para enviar el voto por correo

Los electores que hayan solicitado el voto por correo podrán depositarlo hasta el jueves 26 de noviembre, según el calendario previsto para estos comicios.

 El elector deberá introducir su papeleta en el sobre correspondiente y remitir la documentación a su Mesa electoral a través de Correos, siguiendo el procedimiento establecido.

Los votos permanecerán bajo custodia de Correos hasta la jornada electoral, cuando serán entregados en las mesas correspondientes.

27 de noviembre: termina la campaña electoral

El viernes 27 de noviembre será el último día de campaña.

Los partidos tendrán hasta las 23:59 para pedir el voto. 

A partir de la medianoche comenzará la jornada de reflexión y quedarán prohibidos los actos de propaganda electoral.

28 de noviembre: jornada de reflexión

El sábado 28 de noviembre será la jornada de reflexión.

Durante ese día no se podrá realizar campaña electoral ni pedir el voto antes de la apertura de los colegios electorales a la mañana siguiente.

29 de noviembre: elecciones generales

El domingo 29 de noviembre los españoles están llamados a las urnas para elegir a los miembros del Congreso de los Diputados y del Senado. 

Los colegios electorales abrirán a las 9:00 y cerrarán a las 20:00, salvo que a esa hora todavía haya electores esperando para votar.

Tras el cierre comenzará el escrutinio en las mesas electorales. 

Primero se contabilizarán los votos al Congreso y posteriormente los correspondientes al Senado. 

Los primeros resultados permitirán conocer esa misma noche la composición aproximada de las nuevas Cortes, aunque el escrutinio oficial continuará durante los días siguientes.

A partir del 2 de diciembre: escrutinio general

El proceso no termina la noche electoral.

A partir del 2 de diciembre, las juntas electorales realizarán el escrutinio general, en el que se revisan y validan los resultados de las elecciones y se incorporan, entre otros, los votos procedentes del extranjero conforme al procedimiento establecido por la legislación electoral. 

También se resolverán las incidencias y reclamaciones que puedan presentarse.

23 de diciembre: se constituyen el Congreso y el Senado

Una de las fechas que ya ha quedado fijada oficialmente es el 23 de diciembre.

El real decreto publicado en el BOE establece que las Cámaras resultantes de las elecciones se reunirán en sus sesiones constitutivas a las 10:00 de ese día.

Los diputados y senadores tomarán posesión de sus escaños y ambas Cámaras elegirán a sus respectivas mesas y presidencias. A partir de ese momento comenzará formalmente la nueva legislatura.

Investidura del próximo presidente

A diferencia de la constitución de las Cortes, no existe todavía una fecha para la investidura. 

Una vez constituidas las Cámaras, el rey Felipe VI deberá abrir una ronda de consultas con los representantes de los partidos políticos que hayan obtenido representación parlamentaria.

Tras esas reuniones, el monarca propondrá un candidato a la Presidencia del Gobierno, que tendrá que someterse a un debate de investidura en el Congreso. 

Por tanto, el calendario posterior al 23 de diciembre dependerá del resultado del 29N y de la capacidad de los partidos para alcanzar los apoyos necesarios para formar Gobierno.

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