El Gobierno regula el trabajo a distancia
El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto-ley que regulará el trabajo a distancia, que queda definido como aquel que se preste, en un periodo de referencia de tres meses, durante un mínimo del 30 por ciento de la jornada o el porcentaje proporcional equivalente en función de la duración del contrato de trabajo.
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La ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, ha afirmado que esta normativa supondrá un cambio de paradigma en las relaciones laborales en nuestro país y en la metodología productiva: "Es un auténtico proceso de modernización y nos coloca en la vanguardia de las legislaciones europeas".
Díaz ha reconocido que había un vacío legal al respecto, ya que la única referencia al trabajo a distancia estaba en el artículo 13 del Estatuto de los Trabajadores.
La ministra ha señalado que, a pesar de ello, y de no gozar de las condiciones necesarias, más de tres millones de trabajadores han estado teletrabajando durante la pandemia, demostrando que esta modalidad aumenta la productividad "y sin duda, aumentará también la competitividad de la economía española".
La ministra ha agradecido la implicación de los agentes sociales en la negociación para acordar esta nueva regulación y sus aportaciones a una cuestión "técnicamente compleja".
Díaz ha explicado que el trabajo a distancia tendrá carácter voluntario.
Esta modalidad no podrá ser impuesta ni por el empresario ni por el trabajador, y el acuerdo al que se llegue al respecto será reversible.
La ministra ha destacado que este ejercicio de la reversibilidad, así como la negativa a trabajar a distancia o las dificultades para el desarrollo adecuado de la actividad laboral a distancia -exclusivamente relacionadas con el cambio de una prestación presencial a otra que incluya trabajo a distancia- no serán causas justificativas de la extinción de la relación laboral ni de la modificación sustancial de las condiciones de trabajo.
Los gastos vinculados al desempeño del trabajo a distancia -equipos, herramientas, medios y consumibles- serán a cargo de la empresa.
El lugar que se elija para trabajar a distancia no tendrá por qué ser necesariamente el domicilio del trabajador, y quedará garantizado el derecho a la desconexión. "El acuerdo que rija la relación laboral fijará el tiempo de disponibilidad y se respetarán los derechos de registro horario y conciliación", ha explicado Díaz.
La ministra ha afirmado que los derechos laborales serán los mismos en las modalidades presencial y a distancia -formación, promoción, prevención de riesgos laborales y del acoso laboral o sexual, entre otros- y que el mecanismo de representación colectiva se adaptará a la nueva realidad digital.
La norma contempla un plazo de 20 días tras su entrada en vigor para que las empresas puedan adaptar las nuevas condiciones a sus usos de organización.
En el Real Decreto-ley se contempla también la prórroga para el Plan MeCuida hasta el 31 de enero de 2021.
Por su parte, la ministra de Hacienda y portavoz del Gobierno, ha adelantado que próximamente el Consejo de Ministros aprobará la regulación del teletrabajo para los más de tres millones de empleados de públicos de las distintas administraciones, tras haberse acordado los términos en la Conferencia Sectorial de Administración Pública y la Mesa General de Negociación de las Administraciones Públicas.